El trabajo de los bomberos es arduo y fundamental para que una catástrofe no pase a mayores.
Orígenes de los vehículos de bomberos
El origen de los llamados "caballeros del fuego" se inicia con la "Siphona" y consistía en una máquina con un sistema operado manualmente que lanzaba un chorro de agua. El invento fue atribuido a Ctesibius de Alejandría en el siglo II antes de Cristo. En 1719 apareció el primer vehículo de bomberos con bomba manual. Luego en 1730 la firma Newham creó los primeros carros contra incendios en Londres, impulsados por caballos. Así cada nación desarrollaba nuevos modelos y una fuerza especializada en el combate de las llamas.
Primeros carros a vapor y combustión
El primer carro de bomberos impulsado a vapor se construyó en Nueva York en 1841, sin embargo tenía una propulsión que resultaba peligrosa y poco fiable. Este tipo de carros fue utilizado hasta 1920. Posteriormente surgieron los primeros camiones con motores a combustión de la mano de compañías como Ahrens-Foz Manufacturing Company de Cincinnati y en 1911 a través de la marca de camiones Mack, que al poco tiempo se transformó en el fabricante más reconocido de este tipo de vehículos.
Evolución moderna de los camiones de bomberos
En 1960 fue definido el camión que conocemos actualmente con bomba de agua moderna, con escaleras telescópicas, trajes contra incendios, cascos, hachas, extintores, gigantes estanques con agua y equipos de ventilación. Incluso, hoy tenemos distintos tipos de camiones especializados para cada emergencia, como los de tipo forestal, otros para terrenos complicados y algunos bastante especiales para el tratamiento de derrames de sustancias peligrosas.
Vehículos de bomberos en Chile
Actualmente Bomberos de Chile tiene vehículos construidos y equipados bajo normas NFPA para vehículos de emergencia, ensamblados íntegramente en USA. Destacan por la potencia de sus motores, la capacidad de los estanques de agua y espuma, el poder de desalojo de sus cuerpos de bomba, torres de iluminación, entre otras características.
Legislación chilena sobre vehículos de emergencia
Sobre los vehículos de emergencia en Chile, la Ley de Tránsito establece varias normas que te explicamos a continuación.
Uso de focos y luces
El artículo 71 indica que solo los vehículos de emergencia tienen permitido el uso de cualquier foco o luz adicional al conducir, que pueden ser fijas o giratorias. Si no conduces un vehículo de emergencia, entonces tienes prohibido portar este tipo de luces en tu auto.
Uso de aparatos sonoros
En el artículo 74 se establece que está prohibido en zonas urbanas el uso de “cualquier aparato sonoro de que estén provistos los vehículos”, como la bocina, en casos que no impliquen la prevención de un accidente, excepto para los vehículos de emergencia en servicios urgentes.
Obligaciones de los conductores
Según lo dispuesto en el artículo 142, si en la vía pública se aproxima un vehículo de emergencia haciendo uso de sus señales audibles y visuales, como conductor debes cumplir con las siguientes reglas:
- Si circulas en el mismo sentido que el vehículo de emergencia que se aproxima, debes respetar su derecho preferente de paso, conduciendo hacia al lado de la calzada desocupado, lo más cerca de lo posible de la solera o del eje de la calzada. En caso de ser necesario para el paso del vehículo de emergencia, debes detenerte.
- Si te acercas a un cruce por el que pasará un vehículo de emergencia, debes detenerte y respetar su paso.
Ahora, en el caso del conductor de un vehículo de emergencia:
- Cuando se aproxima a un cruce con luz roja del semáforo u otra señal de detención, como un disco PARE, debe reducir la velocidad y detenerse si es necesario, hasta estar seguro de que los demás vehículos le han cedido el paso, sin riesgo de accidente.
- Tiene permitido estacionar o detenerse en sitios prohibidos, haciendo uso de sus señales audibles y visuales, en caso de acudir a un llamado de urgencia.
Señales audibles y visibles
Los vehículos de emergencia deben hacer uso de sus señales audibles (como la sirena, por ejemplo) y visibles solo en los casos de llamada de urgencia, y siempre teniendo cuidado con los peatones y vehículos que estén en la misma vía, tal como se indica en el artículo 143.
Tránsito de peatones
El artículo 162 indica que, al igual que los conductores, los peatones también deben respetar el derecho preferente de paso de los vehículos de emergencia.
¿Qué hacer ante un vehículo de emergencia?
Si conduces cualquier vehículo y se aproxima un vehículo de emergencia haciendo uso de sus señales audibles y visibles, debes ceder el paso, ya que los vehículos de emergencia tienen derecho preferente de paso. Para ello, debes desplazarte hacia el lado desocupado que tengas, o detenerte hasta que el vehículo de emergencia pueda pasar. Esto también aplica para los peatones, quienes deberán esperar para cruzar la calle y no interferir en el paso de un vehículo de emergencia.
Multas por no respetar el paso
Si utilizas dispositivos especiales propios de los vehículos de emergencia en tu auto, incurrirás en una infracción grave, cuya multa va de 1 a 1,5 UTM, es decir, entre $68.648 a $102.972, según el valor de la UTM de mayo de 2025. Y si infringes cualquiera de las disposiciones del artículo 142, es decir, si no respetas el paso preferente de un vehículo de emergencia e interfieres en su paso, cometes una infracción menos grave, cuya multa va de 0,5 a 1 UTM, o sea, de $34.324 a $68.648.
Por ello, debes apegarte siempre a la Ley de Tránsito y respetar todas las normas de tránsito.
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