Camioneta Chevrolet Modelo 80: Especificaciones Técnicas y su Impacto en el Mercado Chileno

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Hace aproximadamente 25 años, Chile presenció el inicio de un fenómeno notable en la venta de vehículos, conocido popularmente como el boom de las camionetas "Camino al cielo". Este nombre surgió debido a la alta incidencia de accidentes, muchos de ellos fatales, relacionados con vehículos que combinaban alta potencia con un bajo peso de carrocería, características que las hacían particularmente peligrosas.

Estas camionetas, definidas como Small Pickup, compartían la característica de derivar de modelos hatchback o sedán compacto. En el caso de la Chevy 500, su plataforma se basaba en el exitoso Chevette, ofreciendo tracción trasera y una capacidad de carga de hasta 500 kg. Por otro lado, la Saveiro, derivada del Gol, llegó inicialmente con una transmisión de 4 velocidades, tracción delantera y una capacidad de 550 kg.

Los primeros antecedentes de este tipo de vehículos en Chile se remontan a marzo de 1986, con la introducción de la Fiat Pick-up City, una camioneta compacta basada en el histórico Fiat 147. Este modelo complementaba la oferta de la Fiorino, la versión furgón del mismo vehículo. En 1986, se vendieron 171 unidades de la Fiat Pick-up City. Paralelamente, Hyundai introdujo en 1986 la Pony Pick-up, un modelo que, por su tamaño y prestaciones, anticiparía el auge de la Chevy 500 y la Saveiro.

Es importante destacar que el 1 de septiembre de 1992, se prohibió la comercialización de estas camionetas en las regiones Metropolitana, Quinta y Sexta debido a las preocupaciones de seguridad mencionadas anteriormente.

Comparativa de Modelos Small Pickup

Para entender mejor el contexto de la Chevy 500, es útil compararla con otros modelos de la época:

  • Chevy 500: Derivada del Chevette, tracción trasera, 500 kg de capacidad.
  • Saveiro: Derivada del Gol, tracción delantera, 550 kg de capacidad.
  • Fiat Pick-up City: Derivada del Fiat 147, introducida en 1986.
  • Hyundai Pony Pick-up: Introducida en 1986, anticipó el auge de las camionetas compactas.

Especificaciones Técnicas y Contrato de Adquisición de Servicios para Camionetas Chevrolet D-Max

En relación con la adquisición, instalación y reemplazo de repuestos para camionetas Chevrolet D-Max, como la tracción 4x4 del año 2018, placa patente JYFY-52, existen una serie de especificaciones técnicas y contractuales que deben ser consideradas.

El proveedor adjudicado debe cumplir con altos estándares éticos durante la ejecución del contrato. En caso de incumplimiento, Sernapesca puede aplicar multas, las cuales se deducirán de la parte impaga del precio del contrato. La conversión del valor de la UF se hará según el valor del mes en que ocurrió la infracción.

Causales de Multas

Las multas pueden aplicarse por diversas razones, incluyendo:

  • La no prestación del servicio de adquisición, instalación y reemplazo de los repuestos de la camioneta Chevrolet D-Max.
  • El retraso en la prestación del servicio conforme los plazos establecidos en la licitación y el contrato.
  • La instalación de repuestos que no sean nuevos originales o nuevos alternativos de la misma calidad.
  • No realizar prueba en ruta correspondiente a la puesta en marcha de la reparación de las camionetas, la cual debe tener una durabilidad de ½ hora como mínimo y/o 100Kms de recorrido a distintas velocidades, la que debe efectuarse con un funcionario del Servicio de la Dirección Regional.
  • No entregar el documento en que se indique todos los arreglos efectuados al vehículo fiscal.
  • No entregar los repuestos cambiados al vehículo fiscal, al personal del SERNAPESCA Región de Coquimbo, quien efectuará el retiro de la camioneta, una vez reparada.
  • La pérdida, hurto o robo del bien fiscal en el lugar o dirección de resguardo indicado por el proveedor adjudicado, o de algunos de los componentes del vehículo.
  • Entrega de los trabajos en malas condiciones, tales como productos en mal estado, defectuosos y usados, reparaciones y arreglos sin terminar.
  • No contemplar repuestos originales o alternativos de la misma calidad, dependiendo de su marca, modelo, año etc, para que estos no afecten el correcto funcionamiento y la vida útil de los vehículos.

Proceso de Notificación y Descargos

Las notificaciones se efectúan de forma personal, por correo electrónico o mediante carta certificada al domicilio indicado en el contrato. La no recepción del correo postal por razones no imputables a SERNAPESCA es responsabilidad exclusiva de la empresa.

Una vez notificada la proposición de sanción, la empresa dispone de 5 días hábiles administrativos para presentar sus descargos por escrito en la oficina de partes de la Dirección Regional de Pesca y Acuicultura de la Región de Coquimbo.

Modificación y Terminación del Contrato

El contrato puede modificarse o terminarse anticipadamente por razones presupuestarias y por las causales consignadas en el artículo 13 de la Ley N° 19.886, y en el artículo 129 de su nuevo Reglamento, y especialmente por resciliación o mutuo acuerdo entre las partes. El Servicio también puede poner término al contrato si la empresa no cumple con los requerimientos o instrucciones estipuladas en las Bases y en el propio contrato.

El cumplimiento de todas las obligaciones contractuales, incluyendo el pago de remuneraciones, control de feriados, pagos previsionales y tributarios, es responsabilidad del contratante. El contrato comenzará a regir a partir de la fecha de su suscripción.

Supervisión del Contrato

La Contraparte Técnica supervisará el contrato, verificando que la prestación del servicio sea aprobada y que el vehículo fiscal se encuentre en perfecto estado a su llegada.

Para la comunicación de cualquier circunstancia que incida en la contratación, se pueden utilizar indistintamente carta certificada ocorreo electrónico.

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