El Ciclo: Un Vehículo de Definición en el Tránsito

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En el ámbito del tránsito, es crucial comprender las definiciones y normativas que rigen la circulación de los diferentes tipos de vehículos, incluyendo el ciclo. Este artículo explora en detalle el concepto de ciclo, así como otras definiciones y señales relevantes para una mejor comprensión del entorno vial.

Definición de Ciclo

Un ciclo se define como un vehículo no motorizado de una o más ruedas, propulsado exclusivamente por una o más personas situadas en él, tales como bicicletas y triciclos. También se consideran ciclos aquellos vehículos de una o más ruedas que cuenten con un motor auxiliar eléctrico, de una potencia nominal continua máxima de 0,25 kilowatts, en los que la alimentación es reducida o interrumpida cuando el vehículo alcanza una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora o antes si el ciclista termina de pedalear o propulsarlo, los que se considerarán para los efectos de esta ley como vehículos no motorizados.

Infraestructura y Señalización para Ciclos

La creciente importancia de los ciclos como medio de transporte ha llevado a la creación de infraestructuras específicas y señalización adecuada para garantizar su seguridad y facilitar su circulación.

Ciclocalles

La ciclocalle es un tipo de vía donde la velocidad máxima permitida no debe exceder los 30 km/h. Esta señal está instalada en todas las ciclocalles. Además, la señal debe ir acompañada con la señalética reglamentaria de velocidad máxima, la que indica 30 km/hora.

Zonas de Espera Especial para Ciclos

Estas señales se instalan en cruces semaforizados en los cuales exista una zona de espera para que los conductores de ciclos puedan realizar una partida adelantada.

Dicha señal se encuentra en cruces con semáforos, en los cuales se haya generado una zona de espera para bicicletas y ciclos. Las Zonas de Espera Especial son áreas señalizadas que permiten a los conductores de ciclos o motocicletas detenerse y reiniciar su marcha delante de otros vehículos motorizados, en un cruce regulado con semáforo.

Zonas Compartidas entre Peatones y Ciclos

Dicha señal se ubica en parques que tienen facilidades en infraestructura necesaria para la circulación de ciclos, pudiendo formar una cicloruta. El espacio público es compartido por peatones y ciclos.

Ciclovías

Ciclovía: espacio destinado al uso exclusivo de bicicletas y triciclos.

Señales de Tránsito Adicionales

Además de las señales específicas para ciclos, existen otras señales relevantes que contribuyen a la seguridad vial y la comprensión del entorno de tránsito.

  • Control con cámara: Esta señal se utiliza para avisar al conductor la existencia de cámaras que registran las infracciones por velocidad máxima.
  • Zona espera adelantada de motos: Esta señal se utiliza en intersecciones semaforizadas para informar la existencia de una línea de detención para motociclistas, generando una zona de espera especial para ellos.
  • Zona 30/ Fin Zona 30: Dichas señales se utilizan para informar que se está circulando por una vía o abandonando esta, según sea el caso. Formando parte de una zona de tránsito calmado, en la cual la velocidad límite es de 20, 30 o 40 km/h, según corresponda.

Otras Definiciones Clave

Para una mejor comprensión del entorno vial, es importante conocer otras definiciones básicas:

  • Acera: parte de una vía destinada al uso de peatones.
  • Autopista: vía cuya función principal es permitir desplazamientos de larga distancia entre ciudades o a través de éstas. Tiene calzadas diferentes para cada sentido y está separada del entorno.
  • Avenida o calle: vía urbana destinada a la circulación de los peatones, de los vehículos y de los animales.
  • Berma: faja lateral, adyacente a la calzada de un camino. Puede estar pavimentada o no.
  • Calzada: parte de una vía destinada al uso de vehículos y animales.
  • Camino: vía rural destinada al uso de peatones, vehículos y animales.
  • Conductor: toda persona que conduce, maneja o tiene control físico de un vehículo motorizado en la vía pública; que controla o maneja un vehículo remolcado por otro; o que dirige, maniobra o está a cargo del manejo directo de cualquier otro vehículo, de un animal de silla, de tiro o de arreo de animales.
  • Cruce de ferrocarriles: intersección de una calle o camino con una vía férrea por la cual existe tráfico regular de trenes.
  • Cruce regulado: es el que tiene un semáforo funcionando normalmente, excluyendo la intermitencia; o hay Carabinero dirigiendo el tránsito.
  • Cuneta: en las calles, es el ángulo formado por la calzada y la acera. En los caminos, es el foso lateral de poca profundidad.
  • Demarcación: símbolo, palabra o marca de preferencia, longitudinal o transversal, pintado en la calzada para guía del tránsito de vehículos y peatones.
  • Eje de calzada: la línea longitudinal a la calzada, demarcada o imaginaria. Determina los sentidos opuestos de circulación. Si no existe demarcación, la división es en dos partes iguales.
  • Esquina: el vértice del ángulo que forman las líneas de edificación o deslinde convergentes, según sea el caso.
  • Estacionamiento o aparcamiento: lugar permitido por la autoridad para estacionar.
  • Intersección: área común de calzadas que se cruzan o convergen.
  • Línea de detención de vehículos: la línea transversal a la calzada, demarcada o imaginaria, situada antes de una intersección o un paso peatonal, que no debe ser sobrepasada por los vehículos que deban detenerse. en otros cruces, justo antes de la intersección.
  • Línea de detención adelantada: Línea transversal a la calzada demarcada conforme al reglamento, antes de un cruce regulado con semáforo, que determina el inicio de la zona de espera especial para conductores de ciclos o motocicletas.
  • Paso para peatones: la senda de seguridad en la calzada, señalizada conforme al reglamento. En cruces regulados no demarcados, corresponde a la franja formada por la prolongación imaginaria de las aceras. Recuerde que, si la situación lo permite, también puede haber ciclistas usando estos cruces.
  • Peatón: persona que se desplaza a pie por una vía pública
  • Pista de circulación: faja demarcada o imaginaria destinada al tránsito de una fila de vehículos.
  • Pista de uso exclusivo: espacio de la calzada debidamente señalizado, destinado únicamente al uso de ciertos vehículos, determinados por la autoridad correspondiente.
  • Rotonda: área común de calzadas que convergen y cuyo tránsito interno se desarrolla en forma circular.
  • Vía: calle, camino u otro lugar destinado al tránsito.
  • Vía exclusiva: calzada debidamente señalizada, destinada únicamente al uso de ciertos vehículos, determinados por la autoridad correspondiente.
  • Zona de tránsito calmado: Vía o conjunto de vías emplazadas en zonas urbanas definidas dentro de una determinada área geográfica, en las que a través de condiciones físicas u operacionales de las vías se establecen velocidades máximas de circulación inferiores a las establecidas en la ley, pudiendo estas ser de 40 kilómetros por hora, 30 kilómetros por hora o 20 kilómetros por hora.
  • Zona rural: área geográfica que excluye las zonas urbanas.
  • Zona urbana: área geográfica cuyos límites, para los efectos de la Ley de Tránsito, deben estar determinados y señaliza dos por la autoridad competente.

Tipos de Vehículos

Además de los ciclos, es útil conocer la clasificación de otros vehículos:

  • Automóvil: vehículo a motor que a causa de su diseño o equipo, está destinado principalmente al transporte de pasajeros y su equipaje. Puede arrastrar un remolque.
  • Bus o autobús: vehículo a motor diseñado y equipado para el transporte de pasajeros y equipaje, que tiene 18 o más asientos incluyendo el del conductor
  • Minibús: bus de un piso de 12 a 17 asientos, incluyendo el del conductor.
  • Bus urbano: bus diseñado y equipado para el servicio urbano. Tiene asientos y espacio para pasajeros de pie.
  • Bus interurbano: bus diseñado y equipado para transporte interurbano. No tiene espacio especial para pasajeros de pie.
  • Bus articulado: bus que se compone de dos secciones rígidas conectadas por una unión articulada. En este vehículo los espacios destinados a acomodación de pasajeros en cada sección rígida están comunicados. La libre circulación de los pasajeros de una parte a otra se realiza a través de la unión articulada.
  • Trolley-bus: bus que es accionado eléctricamente a través de una línea aérea.
  • Carro de bomberos: vehículo de emergencia, diseñado para la extinción de incendios que cuenta con un estanque de agua y una bomba impulsora, además de equipos para el trabajo en incendios y rescate de personas.
  • Chasis: armazón del vehículo, que comprende el bastidor, ruedas, transmisión con o sin motor, excluida la carrocería y todos los accesorios necesarios para acomodar al conductor, pasajeros o carga.
  • Triciclo motorizado de carga: vehículo motorizado de tres ruedas destinado exclusivamente al transporte de carga. La capacidad de carga de estos vehículos no podrá superar los 300 kilógramos de peso.
  • Vehículo de carga: vehículo a motor que por su diseño y equipo está destinado al transporte de carga.

Otros Conceptos Relevantes

  • Locomoción colectiva: el servicio remunerado de transporte de personas en vehículos destinados al uso público.
  • Luz baja: luz proyectada por los focos delanteros del vehículo en que el borde superior del haz luminoso es paralelo a la calzada y cuya potencia permite visualizar obstáculos a una distancia no inferior a 50 metros.
  • Luz alta: luz proyectada por los focos delanteros del vehículo en forma paralela a la calzada, cuya potencia permite visualizar obstáculos a una distancia no inferior a 150 metros.
  • Luz de estacionamiento: luz continua o intermitente que permite identificar un vehículo estacionado.
  • Placa patente: distintivo que permite individualizar al vehículo.
  • Semirremolque: remolque diseñado para acoplarse a un tractocamión de forma que transfiere a éste una parte importante de su peso total.
  • Tacógrafo: dispositivo que permite registrar datos generales de la marcha del vehículo, como velocidad, distancias recorridas y los tiempos de conducción y descanso del conductor.
  • Tara o Masa en orden de marcha: peso del vehículo, sin pasajeros ni carga. Se incluye el peso de agua, combustible, lubricante, repuestos y herramientas obligatorios.
  • Taxi: automóvil destinado públicamente al transporte de personas.
  • Vehículo: medio con el cual, sobre el cual o por el cual toda persona u objeto puede ser transportado por una vía.

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