La restricción vehicular es una medida implementada para controlar la circulación de vehículos en determinadas áreas y horarios, con el objetivo de reducir la congestión y mejorar la calidad del aire. En Chile, esta medida se aplica especialmente durante episodios críticos de contaminación ambiental.
Preemergencia Ambiental: ¿Cuándo se Declara?
Ante episodios críticos en la calidad del aire, el Gobierno puede decretar si se trata de una emergencia o una preemergencia ambiental.
Vehículos Afectados por la Restricción Vehicular
La restricción vehicular afecta a diferentes tipos de vehículos, dependiendo de su nivel de emisiones y del cumplimiento de las normativas ambientales:
- Autos sin Sello Verde y Motos 2002: Se mantiene la restricción permanente de transitar al interior del Anillo Américo Vespucio a todos los vehículos. Se suma la restricción a 6 dígitos fuera del Anillo (Provincia de Santiago más las comunas de Puente Alto y San Bernardo).
- Restricción Permanente para Motos 2010: Provincia de Santiago, San Bernardo y Puente Alto.
- Restricción al Transporte de Carga Con Sello Verde: Se restringe la circulación al Transporte de Carga Con Sello Verde de 2 dígitos aleatorios.
- Restricción para autos con Sello Verde: en las provincias de Santiago, San Bernardo y Puente Alto.
Vehículos Exentos de la Restricción Vehicular
De los dos millones de vehículos que circulan por la capital cada día, esta medida afecta a unas 200.000 unidades. Sin embargo, algunos vehículos están exentos de la restricción vehicular, incluso con preemergencia ambiental:
- Los de fabricación posterior a septiembre de 2011.
- Los autos híbridos.
- Autos eléctricos.
- Vehículos de Transantiago.
En tanto, los taxis, colectivos, buses rurales, interurbanos y privados de transporte de pasajeros tienen restricción entre las 10 de la mañana y las 16 horas. Esto también rige en toda la provincia de Santiago y en las comunas de San Bernardo y Puente Alto.
Multas por Incumplir la Restricción Vehicular
La multa por no respetar una restricción vehicular con preemergencia ambiental es considerada una falta grave, por lo que implica una multa que va desde 1 a 1,5 UTM, es decir, entre $68.306 y $102.459, según el valor de la UTM de abril de 2025.
La fiscalización de la restricción vehicular estará en manos de Carabineros, inspectores municipales e inspectores del programa del MTT, de manera presencial, y será asistida de forma remota a través de un sistema de cámaras distribuidas en las principales vías de Santiago y sus comunas aledañas.
Períodos Críticos de Preemergencia Ambiental
Estas medidas suelen tomarse en invierno, especialmente entre mayo y agosto.
Regulaciones en la Vía Pública
Definición de Vía Pública
Las vías públicas en Chile se componen de caminos, calles, avenidas, ciclovías, autopistas, carreteras, vías rurales, vías urbanas, aceras, caminos vecinales o particulares destinados al uso público.
Estas vías públicas están destinadas al tránsito de peatones, pasajeros, conductores, y cualquier clase de vehículos.
Permisos y Obligaciones en la Vía Pública
De acuerdo con la Ley de Tránsito, está permitido circular por las vías públicas siempre y cuando se cumpla con las normas establecidad, y con las órdenes o señales de Carabineros relativas al tránsito.
Lo primero que necesitas para transitar por la vía pública en un vehículo automotor de manera legal es tener tu licencia de conducir vigente, y junto con esto, todos los documentos del auto o moto al día:
- Padrón vehicular.
- Permiso de circulación.
- Certificado de SOAP.
- Certificado de Revisión Técnica, o certificado de homologación, en caso de que tu auto sea nuevo.
También, mientras conduces, debes cumplir con varios aspectos de la ley. Y, a su vez, las vías públicas deben contar con la señalización de tránsito necesaria para que los vehículos puedan circular de manera segura y ordenada. En el caso de que las vías públicas se encuentren en mal estado o con falta de señalización, y a causa de esto te veas involucrado en un accidente de tránsito, la Municipalidad respectiva será responsable civilmente del accidente.
Uso de Luces en las Vías Públicas
La luces de un vehículo son muy importantes a la hora de transitar por las vías públicas urbanas. Los vehículos motorizados deben circular con luz baja en los caminos y vías rurales, con luz alta.
Sobre el uso de las luces altas, debes estar muy atento, porque la luz alta causa encandilamiento, y si se acerca un vehículo en dirección contraria, debes apagarlas y usar las bajas. Así también, si se acerca un vehículo por atrás.
Posición de los Vehículos en la Vía Pública
En las vías públicas, existen reglas de circulación de los vehículos en cuanto a la posición en la que deben transitar. Los vehículos deben circular por la mitad derecha de la calzada, salvo en los siguientes casos:
- Cuando se adelante a otro vehículo que va en el mismo sentido.
- Cuando el tránsito por la mitad derecha de una calzada esté impedido por construcciones, reparaciones u otros incidentes que alteren la normal circulación.
- En la circulación urbana, cuando la calzada esté exclusivamente señalizada para el tránsito en un solo sentido.
Estacionamiento en la Vía Pública
En la vía pública, los vehículos deben estacionarse al lado derecho de la calzada, en el sentido del tránsito, a menos que las autoridades indiquen lo contrario.
Así también, las municipalidades deben establecer, por cada tres cuadras, estacionamientos destinados exclusivamente a personas con discapacidad. De igual forma, todo vehículo estacionado en una vía pública, sin alumbrado público, durante la noche o cuando las condiciones de visibilidad lo requieran, debe mantener encendidas sus luces de estacionamiento o de emergencia.
Y si estás estacionado por una emergencia, por averías o desperfectos mecánicos, debes advertir el hecho por medio de los dispositivos de emergencias. Además, si producto de un desperfecto o de un accidente, tu vehículo resulta dañado o destruido, no puede permanecer en la vía pública. Debes retirarlo a la brevedad para no entorpecer el tránsito. Y si no lo retiras dentro de veinticuatro horas, será puesto a disposición del Juzgado de Policía Local correspondiente.
Tránsito de Peatones en la Vía Pública
Los peatones en la vía pública deben respetar las siguientes normas en cuanto a su tránsito:
- Deben transitar por las aceras.
- Cuando no haya acera, deben hacerlo por las bermas o franjas laterales de la calzada por el costado izquierdo de estas, enfrentando los vehículos que circulen en sentido opuesto.
- No pueden permanecer en las calzadas de las calles, caminos o ciclovías, ni saltar vallas peatonales ni dispositivos existentes entre calzadas con tránsito opuesto.
- Deben cruzar las calzadas por pasos peatonales o pasos a desnivel.
- No pueden cruzar la calzada en forma diagonal o por el área de intersección de las calzadas.
- Deben respetar las señales de Carabineros.
En los pasos peatonales no regulados, los peatones tienen derecho preferente de paso respecto de los vehículos.
Prohibiciones en la Vía Pública
Existen una serie de prohibiciones en cuanto al tránsito y uso de las vías públicas. La Ley de Tránsito prohíbe las siguientes detenciones y estacionamientos en la vía pública:
- En cualquier lugar en que las señales oficiales lo prohíban.
- En aceras, pasos de peatones o lugares destinados exclusivamente al tránsito de peatones.
- En doble fila, respecto a otro vehículo detenido o estacionado en la calzada junto a la cuneta.
- A los lados, sobre o entre los refugios para peatones, platabandas o bandejones.
- Al costado o al lado opuesto de cualquier obstrucción de tránsito, excavación o trabajos en una calzada.
- En los puentes, túneles, estructuras elevadas y pasos bajo y sobre nivel de las vías públicas, en las cuestas, en las curvas de los caminos.
- Dentro de un cruce.
- En las calzadas o bermas de los caminos públicos de dos o más pistas de circulación en un mismo sentido.
- En las ciclovías.
Otras prohibiciones en la vía pública
Así también, está prohibido en las vías públicas:
- Destinar las calzadas de calles o caminos a otro uso que no sea el tránsito de vehículos.
- Practicar cualquier juego o deporte.
- Llevar a cabo comercio ambulante en calzadas o bermas sin autorización.
- Instalar quioscos, casetas o similares sin el permiso correspondiente.
- Colocar bultos, canastos u objetos similares, cuyo tamaño moleste a los peatones o entorpezca el tránsito.
- Instalar propaganda u objetos que entorpezcan el tránsito de peatones o vehículos, o la visibilidad de señales de tránsito.
- Ejecutar cualquier trabajo en las aceras o calzada sin permiso.
- Realizar trabajos de mecánica que no sean de emergencia.
- Lavar vehículos.
- Depositar escombros u otros materiales sin autorización.
- Instalar bombas surtidoras de combustibles.
- Dejar animales sueltos o amarrados de manera que obstaculicen el tránsito.
Multas por Actividades Prohibidas en la Vía Pública
El incumplimiento de estas normativas puede acarrear diversas multas de tránsito:
| Infracción | Multa |
|---|---|
| Conducir sin licencia. | 1,5 - 3 UTM ($103.898 a $207.795) |
| Desobedecer las órdenes de tránsito de Carabineros o las de un inspector fiscal. | 1 - 1,5 UTM ($69.265 a $103.898) |
| Manejar con la revisión técnica vencida o rechazada. | 1 - 1,5 UTM ($69.265 a $103.898) |
| Conducir sin permiso de circulación o sin SOAP. | 1 - 1,5 UTM ($69.265 a $103.898) |
| Sobrepasar o adelantar en un paso para peatones o en un cruce no regulado, o sobrepasar por la berma. | 1 - 1,5 UTM ($69.265 a $103.898) |
| No respetar los signos y demás señales que rigen el tránsito público. | 1 - 1,5 UTM ($69.265 a $103.898) |
| Tomarse de otros vehículos que se encuentren en movimiento en las vías públicas. | 1 - 1,5 UTM ($69.265 a $103.898) |
| Conducir por la izquierda del eje de la calzada en una vía que tenga tránsito en ambos sentidos, ocupando el todo o parte del ancho. | 1 - 1,5 UTM ($69.265 a $103.898) |
| Detener o estacionar un vehículo en lugares prohibidos. | 1 - 1,5 UTM ($69.265 a $103.898) |
| Manejar un vehículo sin luces en las horas y circunstancias en que las exige la ley. | 1 - 1,5 UTM ($69.265 a $103.898) |
| No bajar la luz en carretera al enfrentar o acercarse por detrás a otro vehículo. | 1 - 1,5 UTM ($69.265 a $103.898) |
| Estacionarse u ocupar estacionamientos exclusivos para personas con discapacidad. | 1 - 1,5 UTM ($69.265 a $103.898) |
| Detener o estacionar un vehículo en doble fila, respecto a otro vehículo detenido o estacionado junto a la cuneta. | 1 - 1,5 UTM ($69.265 a $103.898) |
| Circular por la mitad izquierda de la calzada. | 1 - 1,5 UTM ($69.265 a $103.898) |
| Mantener animales sueltos en la vía pública o cierros en mal estado que permitan su salida a ella. | 1 - 1,5 UTM ($69.265 a $103.898) |
| Conducir un vehículo usando indebidamente las luces. | 0,5 - 1 UTM ($34.633 a $69.265) |
| Infringir las disposiciones sobre vehículos de emergencia. | 0,5 - 1 UTM ($34.633 a $69.265) |
| Deteriorar o alterar cualquier señal de tránsito. | 0,5 - 1 UTM ($34.633 a $69.265) |
| Transitar un peatón por donde no debe. | 0,5 - 1 UTM ($34.633 a $69.265) |
Es importante aclarar que si no es específica en la infracción, pero sí se encuentra prohibida en la Ley de Tránsito, entonces se trata de una falta leve, cuya multa va de 0,2 a 0,5 UTM, es decir, de $13.853 a $34.633, de acuerdo al valor de la UTM de septiembre de 2025.
Respetar estas normas es muy importante para mantener una buena convivencia vial y, de esta forma, prevenir accidentes de tránsito y contar con vías públicas seguras y ordenadas.
Además, queda prohibida la circulación de camiones en Américo Vespucio en el sector de La Pirámide, entre El Salto y Av. Presidente Eduardo Frei Montalva, en la mañana entre las 08.00 hrs. y 09.30 hrs. y por las tardes de 18.30 a 20.00 hrs.
Los vehículos de carga no pueden transitar por las vías ubicadas al interior del Anillo Américo Vespucio, excluyendo las autopistas Av. Presidente Eduardo Frei Montalva (Ruta 5 Norte) y Av. De más de dos ejes y/o peso bruto vehicular superior a 18.000 kilos, salvo aquellas vías que, de conformidad al Plan Regulador Metropolitano de Santiago, pertenecen a las Zonas Industriales Exclusivas de las comunas de Cerro Navia, Conchalí, Pudahuel, Quilicura y Renca, de lunes a viernes: 07:30 - 10:00 hrs.
De peso bruto vehicular superior a 3.860 kilos, de una antigüedad superior a los 12 años.
Sellos de Color y Restricciones Vehiculares
Los vehículos son responsables de parte importante de la contaminación ambiental en las ciudades chilenas y, por ello necesitan demostrar que los niveles de los gases tóxicos que emiten están dentro de los permitidos por ley. Seguro notaste que los autos llevan un distintivo de color en su parabrisas, el cual representa su nivel de emisión de contaminantes y las restricciones que ello acarrea. Les contamos qué significan los sellos verdes, rojos y amarillos.
A partir de 1991, las autoridades instauraron la restricción vehicular para los autos sin convertidor catalítico que circularan por las calles de Santiago. Aquellos que sí tenían ese elemento, se distinguían por un sello de color verde pegado en su parabrisas.
Hoy existen tres tipos de sellos que se aplican a los automóviles y, cada uno representa no solo su nivel de emisiones, sino que también las restricciones respecto a dónde y cuándo pueden desplazarse. Estos son:
- Sello verde: Este distintivo indica que el vehículo cumple con las regulaciones ambientales para poder circular por todo Chile. Los autos deben revalidar su sello verde todos los años al someterse a las mediciones de emisión de gases durante la revisión técnica. De no pasarla con éxito, podrían pasar a otra categoría a menos que sus dueños hagan las reparaciones pertinentes. Los vehículos nuevos reciben su sello verde en su primera revisión técnica. Lo mismo para aquellos importados desde zonas francas, incluyendo en ambos casos las certificaciones originales.
- Sello amarillo: El sello amarillo corresponde a vehículos cuyas normas de emisión están por sobre lo permitido para la Región Metropolitana, por lo que no podrán circular libremente por las calles de la capital. Si bien no están en condiciones de moverse por Santiago, si pueden hacerlo libremente por el resto del país.
- Sello rojo: El color rojo distingue a los vehículos con alto nivel de emisión de gases contaminantes, con restricciones para su circulaciones en las regiones Metropolitana, V y VI. La única excepción es durante los días festivos.
Los automóviles con sello amarillo o rojo no pueden pasar a tener sello verde, sin importar las reparaciones o cambios que se les hagan, así que es importante ocuparse de que nuestro vehículo pase sin problemas las revisiones de gases. El sello, ya sea verde, amarillo o rojo, debe pegarse en el parabrisas, de forma que no obstaculice la visión.
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