Dentro de la categorización de vehículos, existe una subdivisión de tipos de camiones donde se pueden distinguir por su finalidad, cantidad de ejes y procedencia, los que detallamos a continuación:
Tipos de Camiones según su Destino, Ejes y Procedencia
Camiones Simples o de Uso General
Camiones que sobre sus chasis llevan la cabina y la estructura que contendrá la carga.
Tracto Camión
Este tipo de camión es el que solemos ver en carreteras, que porta la cabina del conductor sobre su chasis y en la parte posterior lleva una pieza especial llamada “quinta rueda”, donde se enganchan los semirremolques con carga.
Ejemplo de tracto camión de 3 ejes:
Clasificación de Camiones por Número de Ejes
La normativa chilena fija restricciones de peso para cada tipo de camión y, para realizar una efectiva diferenciación, segmenta a estos vehículos según sus ejes motrices.
En este sentido, la Resolución N.º 1 de 1995 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones establece que los camiones que circulen en las vías públicas, no podrán exceder las siguientes dimensiones:
- Ancho máximo exterior (con o sin carga): 2,60 m. No se consideran los espejos retrovisores exteriores ni sus soportes.
- Alto máximo (con o sin carga): 4,20 m sobre el nivel del suelo. Para los camiones, remolques y semirremolques especiales para el transporte de automóviles, se acepta un alto máximo de 4,30 m.
Largo Máximo según Tipo de Camión
La extensión de los camiones está determinada en la siguiente tabla:
| Tipo de camión | Largo máximo |
|---|---|
| Camión | 11 metros |
| Semirremolque | 14,40 metros |
| Remolque (no se considera la barra de acoplamiento) | 11 metros |
| Tracto-camión con semirremolque | 18,60 metros |
| Tracto-camión con semirremolque especial para el transporte de automóviles | 22,40 metros |
| Camión con remolque u otra combinación (se considera la barra de acoplamiento) | 20,50 metros |
Clasificación de Camiones por Norma de Origen
En Chile se comercializan camiones estilo americano y europeo.
Camiones Americanos
La normativa americana permite mayores largos de los vehículos y considera cabinas mucho más amplias, las que en muchos casos son como mini departamentos para soportar viajes más largos.
Vehículos Motorizados Livianos y Medianos
Vehículos motorizados livianos: “Vehículos definidos en el artículo 1° del Decreto N°211, de 1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones”. El Decreto N° 211 aludido que establece las Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos, define a los Vehículos motorizados livianos, como todos aquellos vehículos con un peso bruto de menos de 2.700 kg., excluidos los de tres o menos ruedas. Los vehículos livianos, se clasifican en vehículos de pasajeros y comerciales.
Vehículos motorizados medianos: “Vehículos destinados al transporte de personas o carga, definidos en el Decreto N° 54, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones”. El Decreto N°54 aludido, contiene las Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos, entendiendo por vehículo motorizado mediano, el vehículo motorizado destinado al transporte de personas o carga, por calles y caminos, que tiene un peso bruto vehicular igual o superior a 2.700 e inferior a 3.860 kilogramos.
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