Cómo Grabar el Parabrisas de tu Auto en Chile según la Ley 21.601

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El 11 de septiembre de 2023, se publicó en el Diario Oficial la Ley 21.601, que modifica la Ley de Tránsito para prevenir la venta de vehículos motorizados robados y sancionar las conductas que en ella se prohíben. De acuerdo con esta nueva legislación, se suman a las condiciones técnicas de un vehículo indicadas en el artículo 62 de la Ley de Tránsito, el grabado de la patente en vidrios y espejos laterales.

El grabado de patente consiste en registrar el número de matrícula o placa patente de un vehículo en zonas y piezas del auto, como vidrios, espejos, llantas, focos y emblemas. El objetivo principal es prevenir el robo y la venta ilegal de vehículos robados.

Plazos para el Cumplimiento de la Ley sobre el Grabado de Patente

La obligación de grabar la placa patente será exigible según las siguientes condiciones:

  1. Vehículos nuevos: Desde el cuarto mes de publicado el reglamento en el Diario Oficial. No se considerarán vehículos nuevos para la exigencia del reglamento aquellos vendidos entre el 11 de septiembre de 2023 y hasta el tercer mes contado desde la publicación del decreto en el Diario Oficial (comercializados hasta el 14 de agosto de 2024), los que tendrán un plazo de 12 meses para hacer su grabado de patente.
  2. Vehículos comercializados de forma previa al 11 de septiembre de 2023: transcurridos 12 meses desde la publicación del reglamento en el Diario Oficial.

A continuación, se presenta un calendario con los plazos legales:

Tipo de vehículo Plazo legal Cuándo comienza a ser exigible
Autos usados y los que se vendan entre el 11 de septiembre de 2023 y 14 de agosto de 2024 12 meses desde la publicación del reglamento 14 de mayo de 2025
Autos nuevos (que se vendan después del 14 de agosto de 2024) 4 meses desde la publicación del reglamento 14 de septiembre de 2024

¿Cómo Debe Ser el Grabado de Patente en Chile?

El 14 de mayo de 2024 se publicó finalmente el Reglamento que establece las características del grabado de las letras y dígitos de la placa patente en los vidrios y espejos laterales de los vehículos motorizados. Basados en este documento oficial, te detallaremos, paso a paso, cómo debe grabarse cada zona obligatoria de tu auto.

Características de las Letras y Dígitos

Las letras y dígitos en los vidrios deben tener entre 7 y 10 mm de altura, un ancho y un espesor de trazo acorde al tipo y altura de las letras y dígitos, de estilo normal, sin cursiva ni negrita. Las letras deben ser mayúsculas.

En el caso de los espejos laterales, las letras y dígitos deben tener entre 5 y 10 mm de altura, un ancho y un espesor de trazo acorde al tipo y altura de las letras y dígitos, de estilo normal, sin cursiva ni negrita. Las letras deben ser mayúsculas.

Proceso de Grabado

Los caracteres deben grabarse siguiendo la superficie del vidrio o del espejo lateral, de tal forma que, para un observador externo al vehículo, su lectura horizontal sea de izquierda a derecha. El grabado de patente debe ser permanente, desgastando la superficie del vidrio y espejo lateral, de tal manera que no pueda ser borrado.

Ubicación del Grabado

El reglamento indica que “en los vidrios laterales ubicados al costado del conductor, el grabado se efectuará en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo y en aquellos ubicados al costado del acompañante se realizará en el vértice inferior izquierdo desde el punto de vista de un observador externo. En ambos casos, el grabado de la placa patente única se realizará sin obstaculizar la lectura de otra información obligatoria que pueda ubicarse en esa zona”.

Parabrisas

En el parabrisas, el grabado deberá hacerse en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo, sin obstaculizar la lectura u ocultar el VIN o cualquier otro elemento obligatorio que deba exhibirse en el parabrisas.

Luneta Trasera

En la luneta trasera el grabado se debe realizar en el vértice inferior izquierdo desde la perspectiva de un observador externo, sin entorpecer la lectura de otra información obligatoria que pueda ubicarse en esa zona.

Espejos Laterales

En los espejos laterales cuya forma sea o se aproxime a un cuadrado o a un rectángulo, el grabado se realizará siguiendo el borde de sus lados paralelos al suelo, de la forma más próxima a dicho borde. En los espejos laterales cuya forma sea circular u ovalada, el grabado se realizará de forma paralela al suelo, en una línea que une los puntos donde las letras y dígitos tocan el borde curvo del espejo. En ambos casos el grabado puede realizarse en la parte superior o inferior y no debe interferir con su función.

Vehículos con Más de 6 Vidrios

En los vehículos motorizados que tengan más de seis vidrios, considerando la suma de los vidrios laterales, parabrisas y luneta trasera, se deberán grabar como mínimo seis, debiendo ser uno de ellos el parabrisas y los restantes, los de mayor superficie. En el caso de los vehículos motorizados que tengan seis o menos vidrios, se grabarán todos ellos.

¿Qué Pasará con los Autos que Ya Grabaron su Patente?

Los vehículos vendidos con anterioridad a la publicación del reglamento, cuyos vidrios y espejos laterales estén grabados, estarán eximidos de esta obligación; siempre que el grabado con el que cuenten sea permanente y permita la íntegra y correcta identificación de cada uno de los dígitos y letras de la placa patente grabada.

Multa por No Grabar las Patentes

Una vez que la medida sea exigible, el no tener los vidrios y espejos laterales con la patente grabada, será considerado como una falta grave a la Ley de Tránsito. O sea, implicará una multa que puede ir de 1 a 1,5 UTM.

La misma multa aplicará para las automotoras que vendan un vehículo sin la placa patente grabada de forma permanente en los vidrios y espejos laterales, cuando el grabado sea exigible conforme a la ley y sus reglamentos.

Fiscalización del Cumplimiento

Según lo que indica el artículo 5° del Reglamento, existirán las siguientes instancias de fiscalización:

  1. Revisión Técnica: El grabado de patente será uno de los elementos que se considerarán en la inspección de tu vehículo.
  2. Fiscalizaciones: Efectuadas por Carabineros de Chile, inspectores fiscales y municipales, amparados en el artículo 4° de la Ley de Tránsito.

Excepciones al Grabado de Patente

El reglamento considera algunas excepciones que te presentamos a continuación:

  1. Los vehículos señalados en el artículo 54 de la Ley de Tránsito:
    • Vehículos nuevos en exhibición.
    • Vehículos extranjeros en tránsito temporal con placa patente de su país de origen.
    • Vehículos nuevos con peso bruto vehicular igual o superior a 3.860 kilogramos, que solo puedan desplazarse por sus propios medios y únicamente para fines de traslado a dependencias del comercializador.
    • Vehículos pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a Carabineros de Chile, debidamente identificados y destinados exclusivamente a uso militar o policial, según el caso.
  2. Vehículos comercializados con anterioridad a la entrada en vigor del reglamento, que tengan sus vidrios y espejos laterales grabados; siempre que el grabado permita la íntegra y correcta identificación de cada uno de los dígitos y letras de la placa patente grabada.
  3. Vehículos considerados como antiguos o históricos, de acuerdo con lo dispuesto en el título XIX de la Ley de Tránsito.

Grabado de Patentes en Motocicletas

Todas las motocicletas deben grabar la patente en sus espejos retrovisores. En el caso de los parabrisas, el grabado aplicará solo si este es de vidrio. Si el parabrisas de la moto es acrílico o de cualquier otro material distinto al vidrio, no será obligatorio grabar la patente en esa zona.

¿Cómo Ayuda el Grabado de Patente en la Prevención del Robo o Clonación de un Auto?

El grabado de patente dificulta a los delincuentes el robo del vehículo, ya que, para revenderlo en el mercado negro, tendrían que reemplazar todas las piezas que están grabadas. Además, entorpece el proceso de la clonación de la matrícula del vehículo y permite identificar el vehículo en caso de accidente o robo.

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