La Ley de Tránsito 18.290 establece que los vehículos de carga, así como el transporte público y escolar deben ir equipados con elementos de primeros auxilios y 2 cuñas de seguridad.
Vehículos obligados a llevar cuñas de seguridad
La Ley de Tránsito indica en su artículo 75 que, deben portar, entre otros elementos, un “botiquín que contenga elementos de primeros auxilios y dos cuñas de seguridad”, los siguientes vehículos:
- Vehículos de carga.
- Vehículos de locomoción colectiva.
- Vehículos de transporte de escolares.
Entonces, para vehículos particulares no es obligatorio portar un botiquín de primeros auxilios.
Tipos de cuñas de seguridad
Si bien, existen diferentes tipos de cuñas de seguridad, su elección variará según el volumen del vehículo. Las cuñas rectangulares son las más comunes dentro de los trabajos pesados, aunque, por soportar gran tamaño y peso, también son útiles para locomoción colectiva y transporte escolar.
Las planchas diamantadas ofrecen una superficie antideslizante. En cuanto a las planchas lisas, estas también brindan resistencia y durabilidad. Se amoldan bien a las llantas, impidiendo su movimiento cuando los vehículos están en pendientes o se les están haciendo reparaciones.
Dentro de los materiales están las cuñas de poliuretano, resistentes a agentes químicos, y de fierro, capaces de soportar grandes cargas y presión. Su elección dependerá de las actividades a realizar.
Botiquín de primeros auxilios obligatorio
La Resolución 333, de 1970, sobre “Botiquines que deben llevar vehículos de carga de locomoción colectiva”, indica las siguientes especificaciones con las que deben contar estos dispensarios:
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Medidas de los botiquines
Los botiquines deben tener como mínimo las siguientes medidas:
- 35 centímetros de altura.
- 23 centímetros de ancho.
- 13 centímetros de profundidad.
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Material y símbolo de los botiquines
- De preferencia, deben ser de material metálico.
- Deben estar pintados con esmalte blanco y una cruz roja de 15 x 15 centímetros.
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Ubicación de los botiquines
Los botiquines deben ubicarse en un lugar visible y bien señalizado.
Otros elementos de seguridad obligatorios en un auto
Además de las cuñas de seguridad y el botiquín (en los vehículos que aplica), existen otros elementos que son parte del kit de seguridad obligatorio en un auto:
Rueda de repuesto
En el artículo 75 de la Ley de Tránsito, se indica que es obligatorio para todos los conductores de vehículos motorizados el portar una rueda de repuesto en buen estado y los elementos necesarios para su reemplazo, que son:
- Gata hidráulica para levantar el vehículo y poder cambiar la rueda.
- Llave de cruz para soltar los tornillos o pernos de la rueda.
Como se indica, la rueda de repuesto debe estar en buen estado, esto significa que tiene que cumplir con lo siguiente:
- No tener bandas de rodadura desgastada.
- No haber perdido sus condiciones de adherencia al pavimento.
- No tener reparaciones que afecten la seguridad.
Si no llevas el neumático en buen estado y tienes un accidente, además de tratarse de una infracción, la Ley de Tránsito indica que esto es una causal de presunción de responsabilidad del conductor.
Casos en los que la rueda de repuesto no es obligatoria
Por otra parte, en el artículo 14 del Decreto 22, se establece que la rueda de repuesto no es exigible para los vehículos que vengan de fábrica con un sistema alternativo al cambio de ruedas.
Eso sí, el sistema alternativo debe ser acreditado ante el Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV) del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y formará parte del proceso de homologación del vehículo. Junto con lo anterior, se indica en el artículo 15, que los buses que cumplan con el artículo 7 del Decreto Supremo N.º 122 de 1992 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y que se encuentren prestando servicios urbanos de transporte de pasajeros, podrán circular sin rueda de repuesto.
Kit de herramientas
Como te indicamos en el punto anterior, la rueda de repuesto por sí sola no es suficiente, ya que necesitas ciertas herramientas para instalarla, tal como lo establece la Ley de Tránsito.
Para ello, debes contar con:
- Una gata hidráulica o gato mecánico, que sirve para levantar el vehículo para cambiar la rueda.
- Una llave de cruz, que sirve para soltar y apretar los pernos de la misma.
Chaleco reflectante
El uso de chaleco reflectante es obligatorio para toda persona que descienda, por una emergencia, de un vehículo detenido en la calle, carretera o berma, ya que su uso hace más fácil que otros conductores te puedan ver y prevenir accidentes.
En el Decreto 22, se indica que el chaleco reflectante debe cumplir con lo siguiente:
- Debe ser confeccionado con material fluorescente.
- Debe encontrarse siempre en un lugar del vehículo que sea accesible desde el interior.
- Debe ser de color amarillo.
- Debe contar con bandas de material retrorreflectante de un ancho no inferior a 50 mm.
Triángulos
Otro elemento obligatorio del kit de seguridad del auto son los triángulos.
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