Formato de Entrega y Recepción de Vehículos en Taller

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El proceso de entrega y recepción de vehículos en un taller, especialmente en el contexto de licitaciones públicas, implica una serie de consideraciones legales y operativas que deben ser cuidadosamente observadas.

Aspectos Legales y Administrativos

En el marco de una licitación, el oferente, al participar, acepta un pacto de integridad, comprometiéndose a cumplir con todas las estipulaciones contenidas en las bases de la licitación y demás documentos integrantes. Esto incluye el respeto a los derechos fundamentales de sus trabajadores, consagrados en la Constitución Política de la República, específicamente en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo.

Adicionalmente, las personas jurídicas no podrán contratar con organismos del Estado si han sido condenadas por delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8 de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. Esta verificación se realiza a través del registro dispuesto por la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de personas jurídicas en los delitos de cohecho, lavado de activo y financiamiento del terrorismo.

Los oferentes inscritos en ChileProveedores no están obligados a presentar aquellos antecedentes ya disponibles y vigentes en el portal.

Oferta Económica y Proceso de Evaluación

Los proponentes deben completar y adjuntar el anexo respectivo con los antecedentes económicos y comerciales que se utilizarán para evaluar y diferenciar las ofertas. El registro de esta información es obligatorio e incluye el "Valor total neto por línea". El oferente debe considerar en el precio final todos los costos asociados al servicio licitado.

En caso de discrepancia entre los valores indicados en el "Formulario electrónico de ingreso de la oferta" y el "Anexo Nº 2 Económico", se considerará para la evaluación lo reflejado en el "Formulario electrónico de ingreso de la oferta". Las ofertas deben ser puras y simples, y la institución no pagará ni reembolsará dineros por sobre el monto ofertado, ya que se entiende que este cubre todos los ítems de costos hasta la recepción conforme.

La institución no responderá por impuestos, contribuciones, tasas, derechos fiscales, notariales, cargas o expensas de cualquier naturaleza derivadas o vinculadas al contrato o a los actos que de él se deriven. Este aspecto es un requisito excluyente del proceso.

Recepción de la Factura y Cumplimiento del Servicio

Para la recepción de la factura, el servicio debe haber sido recepcionado conforme. La entidad licitante puede rechazar el resultado si no cumple con la especificación técnica de la oferta, lo que implicará que no se realizará el pago hasta que la situación sea corregida por el proveedor. Es obligatorio que el proveedor haya aceptado la orden de compra respectiva; de lo contrario, la factura no será recibida para pago. Por lo tanto, no se hará recepción conforme de los bienes o servicios si la OC no está en estado de “Aceptada”. El detalle de la factura debe coincidir con los anexos económicos, detallando producto y valor correspondiente.

Incumplimientos y Multas

Se consideran incumplimientos graves:

  1. El atraso en la ejecución de los trabajos en un plazo que supere los 10 días corridos.
  2. Renuncia y/o abandono de los trabajos convenidos en el contrato inicial u orden de compra, sin finalizar.
  3. Por el atraso en el plazo de entrega definido en su oferta, entrega parcial o rechazo por no cumplir con especificaciones técnicas y esto no ha sido debidamente justificado por el oferente, se aplicará una multa equivalente al 5% del valor neto de la orden de compra por cada día de atraso hasta que el servicio se haya entregado conforme y sin observaciones, con un máximo del 30% del precio total de la orden de compra.

Derecho a Descargos y Apelaciones

Si el proveedor presenta descargos dentro del plazo establecido, la entidad licitante tiene 30 días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, contados desde la recepción de los descargos. El rechazo total o parcial de los descargos debe formalizarse a través de una resolución fundada de la entidad licitante, detallando el contenido y las características de la medida.

El proveedor adjudicado dispone de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley N° 19.880, que “Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida.

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