El presente artículo aborda los requisitos y condiciones generales del arrendamiento de vehículos, incluyendo aspectos legales y tributarios relevantes en Chile. Se analizarán los elementos esenciales de un contrato de arriendo, las coberturas de seguros disponibles, y las normativas del Servicio de Impuestos Internos (SII) para la deducción de gastos relacionados con vehículos.
Condiciones Generales del Contrato de Arrendamiento
El Contrato de Arrendamiento contendrá la individualización del Cliente, del vehículo, el plazo, los adicionales y toda otra condición particular que no se incluya en estas condiciones generales. El presente instrumento regula las condiciones generales del arrendamiento de vehículos motorizados celebrado entre Rentas y Servicios S.A, R.U.T: 76.095.267-2, domiciliada en Avenida Boulevard Aeropuerto Sur 9632, Galpón 2, comuna de Pudahuel, Santiago, representada legalmente por don Christian Spratz Demaría, cédula identidad N° 9.980.877-2, como Arrendadora y el Cliente como Arrendatario.
Reserva y Pago
La reserva quedará sujeta a la verificación de los antecedentes y disponibilidad del servicio por parte de AVIS BUDGET. Verificado lo anterior y comunicado su conformidad por AVIS BUDGET, se enviará al Cliente la confirmación de la reserva y/o contratación del servicio a la dirección de correo electrónico que haya registrado, entendiéndose formado el consentimiento. El Cliente podrá prepagar o pagar el servicio mediante el sitio web o en locales. En caso contrario no se procederá con la solicitud y se realizará el reintegro del precio pagado, según el punto tercero de la cláusula cuarta del presente instrumento.
Reembolsos y Retracto
Una vez iniciado el arriendo, no se realizarán reembolsos o devoluciones por días de arriendo no utilizados, según los criterios asociados a la reserva prepagada. El consumidor no tiene derecho a retracto en este servicio, en conformidad con lo establecido en el artículo 3 bis de la Ley N°19.496 sobre Protección a los Derechos de los Consumidores.
Devolución del Vehículo
Para efectos de su devolución se otorgará un plazo de 2 horas para la devolución sin recargo adicional. Se deberá solicitar y confirmar por escrito 24 horas previas al término del plazo original o de su prórroga, vía correo electrónico, a la central de reservas o a la sucursal donde se arrendó. Mientras no se acepte por escrito la prórroga, no se podrá usar el vehículo después del plazo vencido.
Combustible y Kilometraje
El Cliente se obliga a devolver el vehículo con el mismo nivel de combustible que lo recibió, de lo contrario, se le recargará el valor del combustible faltante. El uso de los vehículos contará con un kilometraje máximo mensual establecido en el Anexo. Para los servicios renovables a través del tiempo, el Cliente deberá comunicar los respaldos de los kilometrajes reales del vehículo, cada vez que sea necesario para una renovación remota de Contrato sin acudir a las dependencias de la Arrendadora.
Cargos Adicionales y Tarifas
La renta se encuentra determinada en el Contrato de Arrendamiento. La tarifa base del servicio de arrendamiento incluye el valor asociado a la entrega del vehículo en la sucursal, su uso por el tiempo del arriendo y las coberturas básicas. El Cliente autoriza el cobro de cargos adicionales que puedan surgir después de terminado el arrendamiento y que no puedan liquidarse al momento del cierre del Contrato. *Las tarifas promocionales son exclusivas del contrato original y únicamente aplicables a los días inicialmente contratados. *Las tarifas aplican únicamente al contrato original y no se extienden a sus prórrogas o modificaciones.
Cláusula Penal por Retardo en el Pago
El simple retardo y/o mora en el pago de cualquier concepto hará devengar a título de cláusula penal, el interés convencional máximo para operaciones de crédito de dinero en moneda nacional no reajustable, hasta el pago efectivo.
Retiro del Vehículo por Incumplimiento
Para tal efecto, la Arrendataria confiere en este acto mandato al Arrendador para que proceda a retirar los vehículos desde el lugar donde se encuentren, autorizándolo expresamente para ingresar a los recintos y dependencias donde habitualmente se guardan o en cualquier lugar en donde se encuentren ubicados.
Servicios y Cargos Extra
- Entrega a domicilio: Se aplicará un cargo extra a aquellos arriendos que soliciten entrega y/o devolución fuera de la sucursal.
- Servicios, productos o coberturas adicionales: En caso de que el Cliente contrate algún servicio, producto o cobertura adicional, se aplicará el cargo asociado a cada ítem contratado.
Garantía
La garantía consistirá en la retención de una cantidad de dinero en la tarjeta de crédito bancaria del Cliente. La liberación de la garantía es inmediata al momento del cierre del Contrato por parte de AVIS BUDGET.
Reparaciones y Uso del Vehículo
En caso de cualquier desperfecto que presente el vehículo, no podrá ser reparado ni hecho reparar por el Cliente, debiendo dar aviso inmediato a la Arrendadora. Todos los costos de reparación que resulten con ocasión del Contrato de Arrendamiento y que no se encuentren amparados por alguna cobertura de responsabilidad contratada, ni que se deban a causas preexistentes que hayan sido consignadas oportunamente, serán solventados por éste. La arrendataria se obliga a hacer el uso del vehículo solo en el lugar de operación definido.
Autorización de Conductores Adicionales
Para autorizar a un conductor se requerirá los documentos definidos en el punto “requisitos”.
Coberturas y Seguros Disponibles
Su responsabilidad puede estar cubierta por daños causados al vehículo alquilado, a personas o bienes de terceros y otras reclamaciones. Los objetos personales no están cubiertos.
Tipos de Coberturas
- D.A.T (Responsabilidad Civil y Daños a Terceros): Incluida en todos tus arriendos, provee de una cobertura contra reclamos hechos por terceras personas, por lesiones corporales/muerte y daños a la propiedad causados por el uso del vehículo arrendado. Esta cobertura de Responsabilidad Civil, se encuentra incluida en la tarifa de arriendo del vehículo, tiene un límite de indemnización de UF 500.
- L.D.W./C.D.W. (Loss Damage Waiver): Eliminación de Responsabilidad por Daño o Pérdida del vehículo: El LDW libera al Arrendatario de cualquier responsabilidad pecuniaria, con el tope máximo del valor comercial del vehículo, por pérdida o daño del vehículo arrendado, producto de una colisión, robo o hurto (para hacer efectiva la cobertura en caso de robo o hurto, el Cliente deberá presentar las llaves del vehículo) volcamiento, vandalismo o cualquier otra causa. Posee un deducible dependiendo de categoría del vehículo y duración del arriendo especificado en el Anexo de contrato. Esta cobertura tiene un valor adicional que se informa al momento del pago. La renuncia a este seguro hará responsable al Cliente de todos los daños que le sean imputables.
- Protegido: Paquete que reduce los deducibles definidos en C.D.W. / L.D.W.
- Total: Paquete de coberturas que reduce los deducibles definidos en C.D.W / L.D.W. a cero, aumenta la responsabilidad civil a terceros.
- PYN. A.L.I. (Additional Liability Insurance): Cobertura Adicional o Complementaria de Responsabilidad Civil ante Terceros. ALI provee de una cobertura adicional de responsabilidad civil, contra reclamos hechos por terceras personas, por lesiones corporales/muerte y daños a la propiedad causados por el uso del vehículo arrendado. La cobertura de Responsabilidad Civil, incluida en la tarifa de arriendo del vehículo, tiene un límite de indemnización de UF 500. Este adicional le ofrece al arrendatario del vehículo aumentar dicho límite hasta UF 2.500.
- P.A.I./P.A.E. (Personal Accident Insurance): Cobertura de Accidente Personal: Es una cobertura adicional ofrecida por la Arrendadora que provee al Cliente de una cobertura por muerte accidental o incapacidad con monto de UF100 por asiento y un tope máximo de UF500 por evento, y gastos médicos por lesiones causadas por accidente con un tope de UF15 por evento. La cobertura también cubre a sus pasajeros mientras estén dentro del vehículo.
- S.A.C.A./E.S.P. (Sobretasa Adicional para Cobertura de Accesorios): Cobertura adicional de robo de accesorios, con tope de 10% del valor comercial del vehículo, el que en ningún caso podrá superar el máximo de 40 UF. Esta cobertura asegura los siguientes accesorios hasta su valor comercial, incluyendo lo siguiente: radio, tapa rueda, antena, encendedor, kit de seguridad, chaleco reflectante y logos del vehículo.
- R.S.N.: Servicio de grúa, con límite de UF 10 por servicio.
- L.E.V. (Limpieza Exterior del Vehículo Básica): Cobertura opcional que incluye lavado básico del vehículo únicamente para las áreas exteriores del vehículo.
- E.D.C. (Exoneración de Deducible por Colisión): Esta cobertura adicional elimina la obligación del Cliente de pagar el deducible en caso de colisión sin resultado de pérdida total asociado a la cobertura LDW. Debe estar contratado el L.D.W./C.D.W.
- E.D.V. (Exoneración de Deducible por Volcamiento): Esta cobertura adicional elimina la obligación del Cliente de pagar el deducible en caso de volcamiento asociado a la cobertura LDW. Debe estar contratado el L.D.W./C.D.W.
- E.D.R. (Exoneración de Deducible por Robo o Hurto): Esta cobertura adicional elimina la obligación del Cliente de pagar el deducible en caso de robo o hurto asociado a la cobertura LDW. Debe estar contratado el L.D.W./C.D.W.
- E.D.P. (Exoneración de Deducible por Pérdida Total): Esta cobertura adicional elimina la obligación del Cliente de pagar el deducible en caso de pérdida total asociado a la cobertura LDW. Debe estar contratado el L.D.W./C.D.W.
Obligaciones en Caso de Accidente
En caso de cualquier accidente, siniestro, pérdida o daño que afecte al vehículo y/o que ocasione daños o perjuicios a terceros, en su persona, vehículos u otros bienes, es obligación esencial de la Arrendataria dar aviso en forma inmediata a la Arrendadora. El Cliente deberá informar, en el plazo más breve posible a la fecha en que haya sido notificado, sobre cualquier citación, comparendo y/o notificación recibida y deberá presentarse a las audiencias judiciales correspondientes.
Uso de GPS
El Cliente conoce y acepta que el vehículo cuenta con un equipo con sistema de posicionamiento global por satélite “GPS” o cualquier otro de similar naturaleza, el que servirá entre otros asuntos, para conocer la ubicación, horario, velocidad y trayectoria del vehículo.
Modificaciones a las Condiciones
La empresa podrá modificar las Condiciones Generales y los Términos y Condiciones del servicio respectivo.
Formato Tipo de un Contrato de Arriendo de Vehículos
Al momento de la firma, las partes pueden llevar un contrato en el que se establezcan sus propias cláusulas o pueden completar el formato preestablecido que tenga la notaría en la que se firme el acuerdo.
Sin embargo, hay ciertos aspectos que necesariamente deben estar presentes en todos estos documentos para que ambas partes queden resguardadas y no se produzcan malos entendidos, por lo que te los compartimos en el siguiente listado.
- Lugar y fecha donde se celebra el contrato.
- Identificación de las partes: nombre completo, RUT y dirección del arrendador y arrendatario.
- Identificación del vehículo: tipo de auto, marca, modelo, año de fabricación, número de placa patente, número de motor, número de chasis.
- Kilometraje registrado en el vehículo al momento de celebrar el contrato.
- Valor del arriendo del vehículo: indicando si tiene o no el IVA incluido y si el monto del alquiler es diario, semanal o mensual.
- Garantía: determinar si el arrendatario debe dejar un monto en garantía, en caso de no pago o cualquier eventualidad.
- Destino del vehículo: Especificar si será exclusivamente para uso particular o si se utilizará para transporte de pasajeros, labores comerciales, mineras, agrícolas, etc.
- Documentación del vehículo: especificar la documentación con la que este se entrega a manos del arrendatario, como el Permiso de circulación, SOAP, certificado de revisión técnica, certificado de emisiones de contaminantes o certificado de homologación, si es que el auto es nuevo.
- Licencia: señalar el tipo de licencia de conducir con la que cuenta el arrendatario, la vigencia de la misma y la municipalidad en la que fue expedida.
- Conductor del auto: normalmente, se estipula que solo el arrendatario podrá conducir en forma personal el vehículo, no pudiendo otorgar el permiso a una tercera persona.
- Responsabilidades del arrendatario: generalmente, el costo por las fallas mecánicas, daños y deterioros producidos en el vehículo durante el tiempo en que se encuentra arrendado, corren por cuenta del arrendatario. En este punto también se deben determinar los gastos que son de responsabilidad del arrendador.
- Determinar las multas o consecuencias asociadas al no pago por parte del arrendatario.
- Vigencia: finalmente, establecer el periodo durante el cual estará vigente el contrato.
Deducción de Gastos de Arriendo de Vehículos ante el SII
Deducir los gastos relacionados con el arriendo de vehículos puede ser un tema complicado para las empresas en Chile. Sin embargo, si se realiza correctamente, puede significar grandes ahorros. Según la normativa del SII, a través de la circular 5 del año 2018, la deducción de gastos asociados a vehículos o automóviles sigue reglas estrictas. Generalmente, los automóviles, station wagons y vehículos similares no pueden deducirse como gasto, salvo que se utilicen exclusivamente en el giro del negocio o actividad comercial. Esto incluye gastos como combustible, mantenciones y seguros.
Requisitos para la Deducción
Para que estos vehículos sean considerados deducibles, el SII exige que el Director lo califique previamente como necesario para la actividad comercial, lo que se solicita a través de una petición administrativa, mediante el formulario 2117, disponible en la página web del SII.
El SII clasifica los vehículos en categorías, y aquellos que son utilizados para actividades comerciales específicas, como camionetas y furgones, pueden calificar para la deducción de sus gastos sin requerir autorización adicional, siempre y cuando sean facturados a la empresa y se vinculen al giro del negocio.
Documentación Necesaria
Para que el SII apruebe la deducción de los gastos de tu vehículo, debes adjuntar los siguientes documentos a tu petición administrativa:
- Uso Exclusivo Comercial: El vehículo debe utilizarse únicamente para fines comerciales o profesionales, y se debe explicar a través de una carta para los fines que se utilizará el vehículo. Así mismo se aconseja adquirir un GPS con el cual se pueda probar su uso exclusivamente comercial. También puedes poner un logo de la empresa.
- Acreditar el Capital con el cual se adquiere el vehículo: Te pueden solicitar acreditar que la empresa cuenta con la solvencia necesaria para adquirir el vehículo, ya sea con sus declaraciones de impuesto, o bien, a través de los aportes de capital realizados a la empresa, o por último, con un préstamo otorgado por una entidad financiera.
- Factura o contrato de Compra: Conserva todas las facturas y comprobantes de gastos como combustible, mantenciones y seguros.
- Registro Contable Adecuado: El vehículo y sus gastos deben estar correctamente registrados en la contabilidad de tu empresa.
Criterios del SII para la Evaluación
El SII pone en juego todos estos criterios y evaluará para entregarte una respuesta respecto a si es aceptado o no dentro de tu contabilidad.
| Criterio | Descripción |
|---|---|
| Criterio Funcional | La utilidad del vehículo en tu negocio es clave. Por ejemplo, si tu empresa está en una ciudad con calles estrechas y mucho tráfico, y decides optar por un city car para entregas rápidas, el SII va a considerar si esta elección se alinea con las necesidades de tu negocio. No se trata solo de tener un vehículo, sino de tener el vehículo adecuado para lo que tu empresa necesita. |
| Criterio Personal | ¿Quiénes van a utilizar estos vehículos? El SII quiere ver que los vehículos están siendo usados por las personas adecuadas dentro de tu empresa. No es lo mismo un vehículo para un ejecutivo que para un equipo de entregas. El SII revisará si el uso del vehículo se alinea con los roles de tus empleados. |
| Criterio Temporal | Tiene que ver con cuándo y con qué frecuencia se utiliza el vehículo. Si tu empresa hace entregas solo en ciertos días de la semana, pero el vehículo se usa todos los días, esto podría llamar la atención del SII. El uso del vehículo debe estar sincronizado con los tiempos de operación de tu negocio. |
| Criterio Territorial | ¿Dónde opera tu empresa? No es lo mismo una empresa que trabaja en la ciudad de Valparaíso que una que lo hace en zonas rurales o de la cordillera. El SII evaluará si el tipo de vehículo que eliges es el adecuado para la zona en la que trabajas. Por ejemplo, un 4x4 podría ser necesario para una empresa que opera en caminos rurales difíciles, pero esto podría ser distinto si esperas moverte solo por providencia. |
| Criterio Económico | El SII analizará si los costos de adquisición y mantenimiento del vehículo son proporcionales a la realidad económica de tu empresa. Aquí se evalúa si los vehículos que eliges son razonables desde el punto de vista financiero. |
En resumen, para deducir correctamente los gastos de arriendo de vehículos ante el SII, es fundamental cumplir con los requisitos establecidos, contar con la documentación adecuada y justificar el uso exclusivo del vehículo en el giro del negocio.
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