Restricción Vehicular en Santiago: Calendario, Exenciones y Todo lo que Necesitas Saber

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La restricción vehicular es una medida que se aplica en la Región Metropolitana todos los años en determinados meses, limitando la cantidad de vehículos en circulación con el objetivo de disminuir la contaminación ambiental.

Si quieres saber más sobre las características de esta normativa, incluyendo su vigencia -clave para saber hasta cuándo dura la restricción vehicular-, en este artículo encontrarás toda la información necesaria.

¿En qué consiste la Restricción Vehicular?

Tal como ocurre todos los años, los vehículos catalíticos inscritos hasta antes del 1 de Septiembre del año 2011 y las motos inscritas hasta el año 2010 se verán afectos a restricción vehicular de acuerdo a calendario semanal, que se iniciará el día 2 de Mayo.

La restricción permanente incluye toda la Provincia de Santiago, además de las comunas de Puente Alto y San Bernardo.

La medida busca disminuir los niveles de contaminación ambiental en la ciudad de Santiago y considera las siguientes medidas:

Además, este año se suma la inclusión de las personas TEA a las exenciones, quienes podrán acceder a autorizaciones por parte de la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones.

Calendario Restricción Vehicular 2024

La Restricción Vehicular 2024 inició el 2 de Mayo hasta el 31 de Agosto, y los dígitos para la restricción son los siguientes:

  • Lunes: dígitos 4 y 5
  • Martes: dígitos 6 y 7
  • Miercoles: dígitos 8 y 9
  • Jueves: dígitos 0 y 1
  • Viernes: dígitos 2 y 3

Esta medida será fiscalizada por Carabineros, inspectores municipales e inspectores del Programa de Fiscalización del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, además habrá esfuerzos de fiscalización presencial al trabajo realizado por el sistema de cámaras distribuidas en las vías principales de la Región Metropolitana.

Importante mencionar que el 2023 se infraccionó a más de 1.093 personas por no respetar la restricción vehicular, y 191.135 fueros capturadas por cámaras.

Características de la Restricción Vehicular 2021

Esta disposición de la Ley de Tránsito comienza a regir el 1° de mayo, aplicándose de lunes a viernes entre las 7:30 y las 21:00 horas, en las comunas del anillo interior de Américo Vespucio, además de Puente Alto y San Bernardo.

Esta medida se aplica a través de un calendario de restricción vehicular fijado por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Aquí, y según los distintos días de la semana, se indican dos o más dígitos -correspondientes al último número de la patente de los vehículos- que determinan a qué autos aplica la normativa cada día.

Además, la medida se amplía en los días de preemergencia y emergencia ambiental, por lo que el Ministerio tiene la facultad de agregar dígitos adicionales al calendario.

En preemergencia ambiental se mantiene la restricción permanente (2 dígitos) y se agregan los vehículos de carga, incluyendo las camionetas, sin importar el año de fabricación.

Mientras que en una Emergencia Ambiental los vehículos catalíticos mantienen su restricción permanente y se suman dos dígitos aleatorios.

Vehículos considerados dentro de la restricción vehicular

Por sus características, la restricción vehicular considera en su calendario:

  • Autos sin convertidor catalítico
  • Vehículos con sello verde inscritos antes del 1 de septiembre del 2011
  • Motocicletas fabricadas antes del año 2002

Vehículos exentos de la restricción vehicular

Por otro lado, la restricción vehicular no considera a vehículos cuya circulación es necesaria para el correcto funcionamiento de la región o bien, resulta menos dañina para el medio ambiente. Algunos ejemplos son:

  • Vehículos eléctricos
  • Furgones de transporte escolar
  • Vehículos a gas
  • Ambulancias y otros vehículos que presten servicios a centros de salud como hospitales o clínicas.
  • Vehículos correspondientes a Carabineros, Bomberos, PDI y Gendarmería.
  • Autos que se utilizan para el traslado de personas con discapacidad, o aquellos que han sido modificados para ser conducidos por personas con algún requerimiento especial.

En la misma línea, a causa del contexto de crisis sanitaria se estableció una exención especial para el personal de salud habilitado, que considera a todo vehículo particular que tenga la función de trasladar a personas que trabajen en centros de salud.

Los siguientes vehículos quedan liberados de la restricción vehicular en la Región Metropolitana:

  • Vehículos híbridos.
  • Vehículos importados por personas con discapacidad.
  • Vehículos importados por personas jurídicas sin fines de lucro.
  • Vehículos de uso particular destinados al transporte de personas que padezcan enfermedades que deban concurrir frecuentemente a centros de salud a sus controles y tratamientos. Esto debe acreditarse en la certificación del médico tratante o del centro de salud correspondiente.
  • Vehículos de uso particular que sirvan de único medio de transporte para una persona con discapacidad. Esto debe acreditarse con la credencial de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad.
  • Vehículos de empresas o instituciones relacionadas con la protección de la salud, las que deben solicitar los permisos correspondientes. Entre ellos se cuentan vehículos destinados al transporte de personas enfermas o con discapacidad y vehículos destinados a prestar servicios de asistencia, consulta o rescate médico.
  • Vehículos que presten servicio para la Comisión Chilena de Energía Nuclear abasteciendo de material radioactivo a hospitales y clínicas.
  • Coches mortuorios.
  • Vehículos que presten servicios de transporte público remunerado de pasajeros, excepto buses rurales e interurbanos, sin sello verde.
  • Vehículos destinados a la recolección de basura.
  • Vehículos de canales de televisión, los que deben estar equipados con antenas transmisoras para realizar contactos en directo.
  • Vehículos de uso particular de prestador individual de salud y que se desempeñe en establecimientos públicos o privados que cuenten con servicios de hospitalización y/o atención de urgencias. Para ello, estos establecimientos deben hacer una certificación especial para el prestador correspondiente.
  • Vehículos que cuenten con permiso para circular como parte de proyectos experimentales aprobados por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
  • Vehículos de uso particular que deban destinarse al transporte de personas que tengan algún trastorno del espectro autista (TEA), según la Ley 21.545 y que no les resulte adecuado para su salud utilizar medios de transporte público de pasajeros.

¿Cuál es la multa por restricción vehicular?

Actualmente, la ley establece que la multa por restricción vehicular puede tener un monto de entre 1 a 1,5 UTM.

Estas infracciones pueden ser fiscalizadas por Carabineros, inspectores municipales e inspectores facultados por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

La multa por circular teniendo restricción vehicular puede ir de 1 a 1,5 UTM, es decir, entre $68.785 y $103.177, de acuerdo con el valor de la UTM en junio de 2025.

Para el proceso de fiscalización, la Ley de Tránsito faculta a Carabineros, inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones e inspectores municipales.

¿Hasta cuándo dura la restricción vehicular?

En el 2021, la restricción comenzó a regir el primer día de mayo, finalizando el 31 de agosto. Se espera que el nuevo calendario de restricción vehicular y sus condiciones sean anunciados a durante los primeros meses de 2022.

Hay restricción vehicular en septiembre de 2025? No. La medida rige de lunes a viernes entre las 07:30 y las 21:00 hrs.

La restricción vehicular es fundamental para limitar la cantidad de vehículos en circulación durante los meses más complejos para el tránsito, ya que las lluvias suelen colapsar las calles.

¿Qué vehículos tendrán restricción vehicular en 2025?

  • Autos con sello verde, inscritos antes del 1 de septiembre de 2011.
  • Motos inscritas antes del 1 de septiembre del año 2010.
  • Autos sin convertidor catalítico, o sea, sin sello verde.

En caso de que se decrete Preemergencia Ambiental, habrá restricción para los 2 dígitos ya establecidos y se suman los vehículos de carga, incluidas las camionetas, independiente de su año de fabricación.

Rrevisa el calendario del Ministerio de Transportes para casos de preemergencia.

En caso de Emergencia Ambiental, revisa el documento del Ministerio donde detalla el calendario en caso de emergencia.

¿Cuál es el calendario de la Restricción Vehicular 2025?

El calendario de la Restricción Vehicular 2025 fue publicado este martes 29 de abril por el Gobierno de Chile y se sustenta en la Resolución Exenta N°1893/2025 SRM-RM.

A continuación, te iremos detallando el calendario, según tipo de vehículo, con su respectiva zona y horarios de restricción.

Restricción vehicular 2025 para autos con sello verde

Automóviles, station wagons y similares con sello verde, inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados antes del 1 de septiembre de 2011, de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, dentro de la provincia de Santiago y comunas de San Bernardo y Puente Alto, de acuerdo con su último dígito de placa patente.

Día Último dígito de la patente con restricción
Lunes 6 y 7
Martes 8 y 9
Miércoles 0 y 1
Jueves 2 y 3
Viernes 4 y 5

Restricción para autos sin sello verde fuera del anillo de Américo Vespucio

Automóviles, station wagons y similares, sin sello verde, motocicletas y similares de años anteriores al año 2002; fuera del perímetro delimitado por el anillo Américo Vespucio, pero dentro de la provincia de Santiago y comunas de San Bernardo y Puente Alto, la restricción rige de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, de acuerdo con su último dígito de placa patente, en función del siguiente calendario:

Día Último dígito de la patente con restricción
Lunes 2-3-4-5
Martes 6-7-8-9
Miércoles 0-1-2-3
Jueves 4-5-6-7
Viernes 8-9-0-1

Restricción para autos no catalíticos dentro del anillo de Américo Vespucio

Los autos no catalíticos tienen prohibida la circulación dentro del anillo de Américo Vespucio durante los días y horarios que rige la Restricción Vehicular.

"Automóviles, station wagons y similares, sin sello verde, cualquiera sea su último dígito de su placa patente y motocicletas y similares de años anteriores al 2002; de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, en el área interior del perímetro delimitado por el anillo Américo Vespucio".

Restricción para motos y similares inscritos antes del 1 de septiembre de 2010

Día Último dígito de la patente con restricción
Lunes 6 y 7
Martes 8 y 9
Miércoles 0 y 1
Jueves 2 y 3
Viernes 4 y 5

Esto aplica para motocicletas y similares, inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados antes del 1 de septiembre de 2010; de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, dentro de la provincia de Santiago y comunas de San Bernardo y Puente Alto, según su último dígito de placa patente.

Restricción para buses y vehículos de transporte de carga no catalíticos

Día Último dígito de la patente con restricción
Lunes 2-3-4-5
Martes 6-7-8-9
Miércoles 0-1-2-3
Jueves 4-5-6-7
Viernes 8-9-0-1

Zonas y horario de restricción para buses

Buses de transporte privado remunerado de pasajeros, buses interurbanos y rurales sin sello verde, dentro de la provincia de Santiago y comunas de San Bernardo y Puente Alto, de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 10:00 y las 16:00 horas, según su último dígito de la patente.

Zonas y horario de restricción para vehículos de carga

Vehículos de transporte de carga sin sello verde, en el área interior del perímetro delimitado por el anillo Américo Vespucio, de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 10:00 y las 18:00 horas, según su último dígito de la patente.

¿Tengo restricción si ingreso a Santiago desde otra región?

De acuerdo con lo establecido en la resolución mencionada, los vehículos que ingresen a la Provincia de Santiago y comuna de San Bernardo y Puente Alto, utilizando las vías que conforman las rutas o ejes que se indican a continuación, estarán exentos de esta medida, siempre que acrediten que van ingresando a la ciudad.

Norte - Sur (ambos sentidos)

  1. Av. Presidente Eduardo Frei Montalva - Manuel Rodríguez - Viel - JJ. Prieto - Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central).
  2. Av. Presidente Eduardo Frei Montalva - Av. Apóstol Santiago - Joaquín Walker Martínez - Coronel Robles -Av. Padre Hurtado- Av. General Velásquez - Av. Cerrillos - Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central).

Sur - Norte (ambos sentidos)

  1. Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez - JJ Prieto - Viel - Manuel Rodríguez - Av. Presidente Eduardo Frei Montalva (Autopista Central).
  2. Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez - Av. General Velásquez - Coronel Robles - Av. Padre Hurtado - Joaquín Walker Martínez - Av. Apóstol Santiago - Av. Presidente Eduardo Frei (Autopista Central).

Norte - Costa (Ruta 68)

Av. Presidente Eduardo Frei Montalva (Autopista Central) - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte) - Ruta 68.

Norte - Costa (Autopista del Sol)

Av. Presidente Eduardo Frei Montalva (Autopista Central) - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte) - Autopista del Sol.

Sur - Costa (Ruta 68)

  1. Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) - Av. General Velásquez - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Sur) - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte) - Ruta 68.
  2. Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) - JJ Prieto - Viel - Manuel Rodríguez - Costanera Norte - Ruta 68.

Sur - Costa (Autopista del Sol)

Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) - Av. General Velásquez - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Sur) - Autopista del Sol.

Sur - Costa Ruta 78 (Acceso Sur a Santiago)

Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) - Autopista Acceso Sur a Santiago - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Sur) - Autopista del Sol.

Nor-Oriente (Acceso Nor-Oriente a Santiago)

Acceso Nor-Oriente - Enlace Centenario (sector Puente Centenario)- Costanera Norte- Autopista Los Libertadores - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte).

Sur Norte (Acceso Sur a Santiago)

Ruta 5 sur - Acceso Sur - Cardenal Raúl Silva Henríquez (ex Serena) - Av. Circunvalación Américo Vespucio.

¿Mi vehículo tiene restricción vehicular?

  1. Av. Presidente Eduardo Frei Montalva - Manuel Rodríguez - Viel - JJ. Prieto - Av.
  2. Av. Presidente Eduardo Frei Montalva - Av. Apóstol Santiago - Joaquín Walker Martínez - Coronel Robles -Av. Padre Hurtado- Av. General Velásquez - Av. Cerrillos - Av.
  3. Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez - JJ Prieto - Viel - Manuel Rodríguez - Av.
  4. Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez - Av. General Velásquez - Coronel Robles - Av. Padre Hurtado - Joaquín Walker Martínez - Av. Apóstol Santiago - Av. Presidente Eduardo Frei (Autopista Central).

Norte - Costa (Ruta 68): Av. Presidente Eduardo Frei Montalva (Autopista Central) - Av.

Av. Presidente Eduardo Frei Montalva (Autopista Central) - Av.

  1. Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) - Av. General Velásquez - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Sur) - Av.
  2. Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) - Av. General Velásquez - Av.

Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) - Autopista Acceso Sur a Santiago - Av.

Acceso Nor-Oriente - Enlace Centenario (sector Puente Centenario)- Costanera Norte- Autopista Los Libertadores - Av.

Ruta 5 sur - Acceso Sur - Cardenal Raúl Silva Henríquez (ex Serena) - Av.

4.- Carabineros de Chile, inspectores municipales e inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en el D.F.L.

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