¿Por Qué Se Apaga Tu Kia Frontier y Requisitos de la Prenda?

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¿Estabas conduciendo cuando de repente tu camión se apagó? Este problema puede surgir en cualquier momento y sin previo aviso. Tener conocimientos básicos sobre tu vehículo puede ayudarte a contrarrestar un problema mecánico como el hecho que se apague mientras está en funcionamiento. Lo primero que debes hacer cuando tu vehículo se apaga mientras conduces es no entrar en pánico y estacionarte a un lado de la calle. Después de estacionarte a un lado, intenta encender tu unidad nuevamente. Al encender tus luces, informarás a los otros conductores sobre tu situación. Reinicia tu vehículo. Usa tus luces intermitentes de emergencia.

Posibles causas por las que se apaga tu camión

A continuación, exploraremos algunas de las causas más comunes:

1. Sensor de Posición del Cigüeñal Defectuoso

El problema más común cuando un vehículo se apaga de la nada mientras conduces es un sensor de posición del cigüeñal defectuoso.

2. Problemas con la Bomba de Combustible

Una bomba de combustible tiene la responsabilidad de suministrar al motor la cantidad correcta de combustible. Si esta no proporciona la cantidad correcta, entonces el motor se apagará por completo y quedará varado durante horas. Un experto deberá determinar si este es el verdadero problema o si se trata del filtro de combustible. Un filtro de combustible es un componente pequeño cuyo único trabajo es limpiar el combustible que ingresa al motor. Otro problema podría ser una línea de suministro de combustible con fugas. La gasolina o el diésel se transfieren al motor desde el tanque de combustible a través de las líneas de suministro.

3. Nivel de Combustible Bajo o Indicador Defectuoso

Si conduces sin tener en cuenta el indicador de combustible, existe una probabilidad de que se te acabe el combustible y te quedes varado al costado de la carretera. Si tienes suficiente combustible para conducir, ¡perfecto!, pero si tu indicador de combustible se ha averiado y no muestra el nivel real de combustible, podrías tener un gran problema.

Quizás te preguntes cuánto aguanta la reserva de gasolina. Aun así, no se recomienda circular más de 45 km (el mínimo estimado que puede resistir una reserva) para evitar quedarse a la deriva. Según el modelo, un tanque puede almacenar más o menos entre 40 y 120 litros de combustible. Por ejemplo, si el tanque es de 50 litros y la señal de alerta se enciende cuando el combustible baja de un octavo de tanque, la reserva sería de 6,25 litros. Eso no significa necesariamente que vayan a verse reflejados esos 6,25 litros en carretera; toma en cuenta que, cuando conduces con la reserva, es probable que se filtren burbujas de aire debido al bajo nivel de combustible que hay en el tanque.

Sin importar de cuánto es la reserva de un tanque de gasolina, los niveles de combustible cuando llegas a este punto son mínimos en relación con la capacidad total del tanque, así que la bomba tiene que esforzarse más para hacer que la poca bencina disponible llegue hasta el motor. El esfuerzo excesivo puede echar a perder la bomba de bencina.

4. Fallo del Alternador

El alternador es responsable de administrar el suministro de electricidad a tu vehículo. Si tu unidad deja de funcionar repentinamente, es posible que el alternador ya no sirva. Un alternador defectuoso cortará el suministro de energía a los componentes vitales. Afortunadamente, un alternador falla con el tiempo y te darás cuenta poco a poco si algo anda mal con este elemento.

5. Problemas con la ECU (Unidad de Control Electrónico)

Muchos vehículos están equipados con una ECU, que es una pequeña computadora que dirige los diversos sistemas y funciones del vehículo. Si hay algún problema con la ECU, puedes perder energía. Una vez que se enciende esta luz, es tu trabajo llevar tu vehículo al mecánico más cercano para recibir un diagnóstico adecuado.

6. Fallo en el Sistema de Encendido

El sistema de encendido del automóvil suministra energía al motor para que funcione. Si el sistema falla, tu motor se detendrá abruptamente. Lo primero que debe hacer es intentar girar las llaves nuevamente. Es posible que se trate de un componente pequeño como un relé de encendido estropeado. Intenta llevar tu vehículo a un lado de la carretera.

Consideraciones sobre la Compra de un Camión Usado

¿Piensas en comprar un camión? Es importante entender la definición de "vehículo usado" según el Artículo 64°.

“Artículo 64°.- Para los fines previstos en el artículo 12, letra A, N° 1 se entenderá que los vehículos motorizados tienen la condición de «usados» cuando han sido transferidos al consumidor final y no son de propiedad, por tanto, del fabricante o armador, de los distribuidores o concesionarios o de sus subdistribuidores establecidos, de los importadores habituales de los mismos o de empresas que incorporen el vehículo a su activo fijo. Para entender los efectos de la modificación es necesario conocer la exención que se aplica para los “vehículos usados”, la que se encuentra establecida en el art. 1°.

“El nuevo texto del presente artículo viene a reglamentar el concepto de “vehículo usado” para efectos de la exención del artículo 12, letra A, N° 1 de la ley. Por medio de esta modificación, en lo relevante, se entenderá que los vehículos motorizados tienen la condición de «usados» cuando han sido transferidos al consumidor final, entendiendo por tales a quienes hayan adquirido uno o más vehículos motorizados sin haber soportado Impuesto al Valor Agregado, o que habiendo soportado el impuesto, no hayan tenido derecho a utilizar el crédito fiscal.

Resulta importante señalar que la norma no establece dos requisitos copulativos al señalar que los vehículos pasan a ser usados cuando “han sido transferidos al consumidor final y no son de propiedad, por tanto” de determinados contribuyentes. Con dicha expresión la norma busca enfatizar el elemento central, que es la transferencia a un “consumidor final”, haciendo presente que como consecuencia de ello (“por tanto”), dichos bienes, como es natural, saldrán de la propiedad del fabricante o armador, de los distribuidores o concesionarios o de sus subdistribuidores establecidos, de los importadores habituales de los mismos, empresas que incorporen el vehículo a su activo fijo u otros tales como empresas de leasing, ámbitos en los cuales, por regla general, se estará en presencia de vehículos nuevos.

También cabe tener presente que la calidad de “nuevo” no renace. Lo anterior implica que un vehículo que pasa a tener la condición de “usado” mantendrá sin alteración dicha calidad en lo sucesivo.

Por tanto, por ejemplo, si un vehículo motorizado adquirido “nuevo” y que forma parte del activo inmovilizado de una empresa de transporte de carga es vendido -afecto a IVA, por aplicación del artículo 8 letra m) de la ley- a una empresa concesionaria que se dedica a la compraventa de vehículos, dicho vehículo seguirá teniendo la calidad de “nuevo”, por no tener esta última la calidad de “consumidor final”, y no siéndole, por tanto, aplicable la exención establecida en el artículo 12, letra A, N° 1 de la ley a la posterior venta que haga la concesionaria.

Por el contrario, si un vehículo motorizado adquirido “nuevo” y que forma parte del activo inmovilizado de una empresa acogida al régimen de tributación simplificada de la letra A del artículo 14 ter de la LIR, es vendido cumpliendo con las condiciones establecidas en el segundo inciso de la letra m) del artículo 8 de la ley, a una empresa concesionaria que se dedica a la compraventa de vehículos, pasará a tener la calidad de “usado”, por cuanto dicha empresa no soportó IVA al comprar, por tratarse de una operación no gravada con dicho impuesto, y siendo por ello, conforme al Reglamento, un “consumidor final” para estos efectos.

Las posteriores ventas que efectúe el concesionario o los sucesivos adquirentes se encontrarán exentas por aplicación de la exención establecida en el artículo 12, letra A, N° 1 de la ley. En otro caso, un vehículo “nuevo” pasará a tener la calidad de “usado”, por ejemplo, si es adquirido por una empresa de transporte de pasajeros, ya que en su adquisición aquella no tuvo derecho a crédito fiscal por aplicación del artículo 23 N° 2 de la ley y siendo, conforme al Reglamento, un “consumidor final” para estos efectos.

Lo mismo ocurre respecto de vehículos que fueron adquiridos con anterioridad a la modificación del presente artículo, en operaciones gravadas, pero sin derecho a crédito fiscal por destinarse a operaciones que, al tiempo de su adquisición, se encontraban exentas por aplicación del artículo 12 letra A N° 1 del D.L. N° 825 de 1974.

Sí, ya que si bien por norma la actividad de compra y venta define la calidad de vendedor y, por ende, en esa condición siempre estará gravado con IVA por las ventas que realice, cuando se trate de vehículos usados se debe aplicar la exención establecida en el comentado art. compró en calidad de usuario final, es decir, es un particular. actúa como empresa, por lo cual no pudo utilizar el IVA pagado al comprar el vehículo, destinado al activo fijo. utilizó el IVA en la compra de vehículo que enajenará, independiente del estado de éste (incluso podría estar vendiéndolo como chatarra o haciendo entrega a la compañía de seguros, lo cual también debe considerarse como venta), la futura venta estará gravada con IVA, sin importar si el comprador es empresa o persona.

Nota: Las empresas que desarrollan giro de compra y venta de vehículos, como puede ser un fabricante o armador, un distribuidor, un concesionario, una compañía de seguros generales (es receptora y vendedora habitual), pueden tener compras exentas de IVA de vehículos usados, cuando adquieren el vehículo a un vendedor que vende en condición de «usado el vehículo», por lo que no afectarán con IVA la futura venta, ya que aún cuando son vendedores habituales (el bien es del activo es realizable), aplicarán la exención del art.

Con la modificación de la mencionada letra m) del art. 8 de la ley del IVA, también aparte de lo ya mencionado respecto del uso del crédito fiscal, aplicable a bienes del activo fijo, hay que considerar si la venta se realiza por bienes que tienen en poder del vendedor más de 36 meses, en cuyo caso si el vendedor o el comprador son contribuyentes de los regímenes de la letra D) del art.

Espero haber aclarado algunas de las dudas que se pueden presentar para las operaciones que realicen a partir del 01.03.2020, que es la fecha de vigencia de la última modificación de la mencionada letra m) del art.

En consecuencia, si el adquirente compra los vehículos referidos sin IVA (siempre que dicha venta corresponda a una operación exenta o no gravada), deberá venderlos de la misma manera, en virtud de lo dispuesto en el N° 1 de la letra A) del artículo 12 de la LIVS, en tanto el objeto de dicha enajenación sería un automóvil “usado”.

Finalmente, es pertinente señalar que cuando este tipo de bienes es adquirido de personas jurídicas, en general, dichas operaciones se encontrarán gravadas con IVA.

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