Normativa de Luces Rojas en Vehículos de Emergencia en Chile

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La Ley de Tránsito en Chile establece varias normas sobre los vehículos de emergencia, que detallaremos a continuación.

Uso de Focos o Luces Adicionales

El artículo 71 indica que solo los vehículos de emergencia tienen permitido el uso de cualquier foco o luz adicional al conducir, que pueden ser fijas o giratorias. Si no conduces un vehículo de emergencia, entonces tienes prohibido portar este tipo de luces en tu auto.

Uso de Aparatos Sonoros

En el artículo 74 se establece que está prohibido en zonas urbanas el uso de “cualquier aparato sonoro de que estén provistos los vehículos”, como la bocina, en casos que no impliquen la prevención de un accidente, excepto para los vehículos de emergencia en servicios urgentes.

Obligación de los Conductores ante Vehículos de Emergencia

Según lo dispuesto en el artículo 142, si en la vía pública se aproxima un vehículo de emergencia haciendo uso de sus señales audibles y visuales, como conductor debes cumplir con las siguientes reglas:

  • Si circulas en el mismo sentido que el vehículo de emergencia que se aproxima, debes respetar su derecho preferente de paso, conduciendo hacia al lado de la calzada desocupado, lo más cerca de lo posible de la solera o del eje de la calzada. En caso de ser necesario para el paso del vehículo de emergencia, debes detenerte.
  • Si te acercas a un cruce por el que pasará un vehículo de emergencia, debes detenerte y respetar su paso.

Ahora, en el caso del conductor de un vehículo de emergencia:

  • Cuando se aproxima a un cruce con luz roja del semáforo u otra señal de detención, como un disco PARE, debe reducir la velocidad y detenerse si es necesario, hasta estar seguro de que los demás vehículos le han cedido el paso, sin riesgo de accidente.
  • Tiene permitido estacionar o detenerse en sitios prohibidos, haciendo uso de sus señales audibles y visuales, en caso de acudir a un llamado de urgencia.

Señales Audibles y Visibles

Los vehículos de emergencia deben hacer uso de sus señales audibles (como la sirena, por ejemplo) y visibles solo en los casos de llamada de urgencia, y siempre teniendo cuidado con los peatones y vehículos que estén en la misma vía, tal como se indica en el artículo 143.

El Tránsito de los Peatones

El artículo 162 indica que, al igual que los conductores, los peatones también deben respetar el derecho preferente de paso de los vehículos de emergencia.

¿Qué hacer ante un Vehículo de Emergencia?

Si conduces cualquier vehículo y se aproxima un vehículo de emergencia haciendo uso de sus señales audibles y visibles, debes ceder el paso, ya que los vehículos de emergencia tienen derecho preferente de paso. Para ello, debes desplazarte hacia el lado desocupado que tengas, o detenerte hasta que el vehículo de emergencia pueda pasar.

Esto también aplica para los peatones, quienes deberán esperar para cruzar la calle y no interferir en el paso de un vehículo de emergencia.

Al llegar a un cruce donde tengas luz verde y escuches una sirena, reduce la velocidad hasta detenerte si fuera necesario. No solo los conductores tienen que colaborar, cualquier usuario de la vía debe hacerlo.

Al ver un auto de carabineros o cualquier otro con balizas activadas acercarse hacia ti, apártate de su camino tomando en cuenta tu entorno y así no provocarás un accidente.

Multas por No Respetar el Paso de Vehículos de Emergencia

Si utilizas dispositivos especiales propios de los vehículos de emergencia en tu auto, incurrirás en una infracción grave, cuya multa va de 1 a 1,5 UTM, es decir, entre $68.648 a $102.972, según el valor de la UTM de mayo de 2025.

Y si infringes cualquiera de las disposiciones del artículo 142, es decir, si no respetas el paso preferente de un vehículo de emergencia e interfieres en su paso, cometes una infracción menos grave, cuya multa va de 0,5 a 1 UTM, o sea, de $34.324 a $68.648.

Por ello, debes apegarte siempre a la Ley de Tránsito y respetar todas las normas de tránsito. Ten en cuenta que todos los días hay incidencias de este tipo en que el factor tiempo es fundamental. En 2022 hubo más de 84 mil accidentes de tránsito y casi 7 mil incendios forestales en Chile. Por lo tanto, cuando se aproxime una emergencia hacia tu posición, según el artículo 146 de la Ley de Tránsito, deberás actuar de una manera u otra dependiendo de su procedencia, de tu ubicación en la vía y de si vas conduciendo por la calle o transitando por la vereda.

Vehículos de Emergencia Autorizados en Chile

De acuerdo a la Ley de Tránsito (18.290), se establecen siete tipos de vehículos de emergencia que están autorizados por el Estado a circular por nuestras calles. Todos ellos tienen diferentes objetivos y finalidades, por ende, tienen ciertas normas especiales y pueden realizar diferentes acciones para poder actuar de la forma más rápida posible.

A continuación, te mostramos los vehículos de emergencia autorizados:

  • Carabineros de Chile: Su principal objetivo es garantizar, mantener el orden y la seguridad pública.
  • Policía de Investigaciones (PDI): Su finalidad es la investigación y resolución de delitos en el país. La Policía de Investigaciones de Chile es la policía civil encargada de la investigación y resolución de delitos en el país.
  • Bomberos: Son los encargados de prestar servicios de prevención y extinción de incendios.
  • Brigadas Forestales de la Corporación Nacional Forestal (CONAF): Son equipos especializados en la prevención y combate de incendios forestales en el territorio chileno.
  • Fuerzas Armadas (FF.AA): En nuestro país las FF.AA son el Ejército, la Armada, y la Fuerza Aérea, estos depende del Ministerio de Defensa Nacional y responden en defensa del país.
  • Servicio de Seguridad, Salvamento y Extinción de Incendios de la Dirección General de Aeronáutica Civil: Su labor es realizar labores de rescate y salvamento de personas víctimas de accidentes de aviación.

Normas Especiales para Vehículos de Emergencia

Los vehículos de emergencia tienen diferentes artículos en la Ley de Tránsito, ya que como su objetivo es combatir una emergencia, obviamente deben actuar de diferente manera que los automóviles comunes. Ahora, te detallaremos cuáles son las normas especiales que tienen este tipo de vehículos:

  • Todos los vehículos de emergencia pueden usar cualquier focos o luz adicional al conducir, las cuales pueden ser fijas o giratorias.
  • En zonas urbanas está prohibido el uso de cualquier aparato sonoro de que estén provistos los vehículos, sin embargo, este tipo de vehículos en servicios urgentes SI lo pueden realizar.
  • Siempre deben hacer uso de sus señales audibles, como por ejemplo la sirena. Eso sí, siempre teniendo cuidado con los peatones y vehículos.
  • Al igual que los conductores, los peatones también deben respetar el derecho preferente.
  • Si circulas y te encuentras con este tipo de vehículos, siempre debes respetar su derecho preferente.

En caso de no respetar el paso preferente, te enfrentas a una multa cuya infracción es catalogada como “menos grave”, por ende sus precios son de 0,5 a 1 UTM, algo así como $34.324 a $68.648. En caso de utilizar dispositivos especiales propios de estos vehículos la infracción es “grave”, por ende, la multa va de 1 a 1,5 UTM, es decir, $68.648 a $102.972.

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