Los servicios de transporte remunerado de pasajeros mueven a cientos de miles de chilenos todos los días, ya sea dentro de las ciudades o viajando de una urbe a otra a bordo de vehículos de diferentes tipos. En Chile, el transporte remunerado de pasajeros se regula por ley.
Para funcionar como transporte remunerado privado de pasajeros, las personas o empresas necesitan obtener la autorización necesaria, y para ello deben contar con ciertos requisitos y realizar trámites ante la autoridad pertinente. Estos servicios privados, que se caracterizan por recibir una remuneración directa o indirecta por llevar personas de un punto determinado a otro, deben contar con autorización para funcionar.
¿Cómo solicitar permiso para entregar servicios de transporte privado remunerado de pasajeros?
El Ministerio de Transportes es quien entrega la autorización para que servicios de transporte privado remunerado puedan funcionar como tales. Los trámites se realizan ante la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones correspondiente al lugar donde se busca entregar el servicio.
¿Quiénes pueden pedir la autorización?
Personas naturales o empresas pueden realizar el trámite de solicitud de autorización para transporte privado remunerado, concurriendo a las oficinas de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones. Se puede pedir autorización temporal, es decir para cierto tipo de viajes determinados en un periodo de tiempo fijo (generalmente 30 días), o un permiso para prestar ese servicio de manera regular.
Documentación requerida para la solicitud de autorización
Antes de realizar el trámite, los interesados necesitan reunir una serie de documentos, los cuales varían levemente según se trate de una persona o empresa. Estos son:
- Personas y empresas:
- Fotocopia de la cédula de identidad de quien realiza el trámite.
- Certificado de inscripción y de anotaciones vigentes en el Registro de Vehículos Motorizados del vehículo que realizará el servicio de transportes (Hay oficinas donde se obtienen en línea).
- Si el vehículo es propiedad de un tercero, se necesita que este firme el documento de petición indicando su autorización, o un escrito notarial en que indiquen que entregan el permiso para que su vehículo preste el servicio que se solicita, incluyendo además la firma de quien se hará responsable de su uso.
- Fotocopia del certificado de revisión técnica (Hay oficinas donde este se obtiene en línea).
- Fotocopia de las licencias de conducir de las personas que operarán los vehículos de transporte de pasajeros.
- Fotocopia del seguro obligatorio que se exige a los vehículos que entregan servicio de transporte privado remunerado de pasajeros.
- Formulario RENASTRE en el que se identifica el o los vehículos.
- Certificado de inscripción y Certificado de Anotaciones Vigentes (CAV), en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación.
- Solo empresas:
- Escritura social de la sociedad.
- Certificado de vigencia, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
- Escritura en la que conste la personería del representante legal con certificado de vigencia.
Con estos documentos en mano, se acude a la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, realizando el trámite de solicitud de autorización para prestar servicio de transporte privado remunerado de pasajeros. Tras solicitar el permiso, las autoridades pertinentes revisarán la información y documentación.
Otros antecedentes: La persona que realice el trámite debe indicar la ciudad o comuna en la que operará el servicio y el establecimiento educacional que atenderá. Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “Ingresa”. Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción.
El trámite está disponible durante todo el año en el sitio web de Subtrans, además de la oficina y correo electrónico de la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Transportes y Telecomunicaciones, en la que se encuentra inscrito el servicio.
No será necesario presentar la fotocopia del certificado de revisión técnica si la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Transportes y Telecomunicaciones respectiva está en línea con el Sistema de Gestión de Plantas de Revisiones Técnicas (PRT).
Cuando se trate de un servicio interurbano, debe presentar una fotocopia del documento que acredite que el vehículo tiene instalado y operativo un tacógrafo (ver artículo 17º numeral c del Decreto Supremo 80, de 2004), para cada vehículo de la flota.
Una vez en el sitio web de la Subsecretaría de Transportes, ingrese su RUN y escriba su ClaveÚnica, y haga clic en “Continuar”.
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