Permiso de Circulación para Renault Clio: Requisitos y Consideraciones en Chile

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El permiso de circulación es un impuesto que deben cancelar todos los dueños de vehículos motorizados entre el 1 de febrero y el 31 de marzo para circular legalmente por Chile. Si necesitas pagar este tributo, recuerda que puedes pagar el Permiso de Circulación en cualquier Municipalidad de Chile. De hecho, este trámite no está sujeto al lugar de tu residencia o a la zona por la que circulas.

A continuación, exploraremos los requisitos y consideraciones importantes para obtener el permiso de circulación de tu Renault Clio en Chile, así como también la nueva Ley Uber y sus implicaciones.

Requisitos para el Permiso de Circulación

Para ser elegible como socio conductor de Uber, existen algunos requisitos básicos y documentos obligatorios con los que tienes que cumplir tú y el vehículo. En primer lugar, los requisitos y documentos mínimos que debes tener para ser conductor, hasta el momento de esta redacción son los siguientes:

  • Licencia de conducir chilena (A o B).
  • Certificado de antecedentes actualizado.
  • Permiso de circulación al día.
  • Cédula de identidad chilena.
  • Ser mayor de 21 años.

Otro requisito para obtener este permiso es que tu auto no tenga multas impagas. Además, deberás asegurarte de que tu vehículo no se encuentra en el Registro de Pasajeros Infractores (RPI).

Conducir sin el permiso de circulación vigente es una infracción por la que podrías ser multado con el 1,5% del valor del permiso más el IPC acumulado. Aunque lo ideal es pagar permiso de circulación atrasado dentro de las fechas establecidas (1 de febrero al 31 de marzo), también es posible cancelarlo fuera de ese plazo.

Con toda la información a mano, recuerda siempre cumplir con tu obligación legal para circular libremente por las calles de Chile. En tanto, si estás atrasado con el pago, ponte al día para no tener problemas.

Requisitos del Vehículo para Uber

Al mismo tiempo, los vehículos tienen que cumplir con un mínimo de exigencias para entrar en el estándar de calidad y seguridad que Uber impone a todos los interesados en convertirse en socios. Estos son:

  • Antigüedad menor a 10 años desde la fecha de registro del vehículo indicada en el Permiso de Circulación.
  • 4 puertas.
  • Aire acondicionado.
  • Doble airbag delantero.
  • Cinturones de seguridad en buen estado.
  • Radio.

Adicionalmente, dependiendo de la categoría del servicio que quieras prestar, existen requisitos adicionales, como es el sistema de sujeción para niños pequeños, en el caso de Uber Kids, o el Tamaño de maletero de 300 litros mínimo, en el caso de Uber XL.

Modelos de Autos Elegibles para Uber en Chile

Tomando en consideración los requisitos antes expuestos, a continuación, te dejamos un listado de los modelos de auto más populares y que cumplen con todos los requisitos necesarios para ofrecer el servicio de Uber en Chile:

  • Renault Clio
  • Changan Hunter
  • Chevrolet Spark
  • Chevrolet Sail
  • Chevrolet Camaro
  • Chevrolet Onix
  • Chevrolet Astra
  • Citroën Xsara
  • Citroën Grand Picasso
  • Citroën Berlingo
  • Dodge Durango
  • Ford EcoSport
  • Ford Fiesta
  • Ford Explorer
  • Ford Sportbreak
  • Hyundai Ioniq
  • Hyundai Verna
  • Hyundai Santa Fe
  • Hyundai Grand i10
  • Jeep Wrangler
  • Kia Rio
  • Kia Cerato
  • Kia Morning
  • Kia Sportage
  • Kia Picanto
  • Mitsubishi Montero
  • Mitsubishi Pajero
  • Mitsubishi Challenger
  • Mitsubishi Outlander
  • Nissan X-Trail
  • Nissan Tida
  • Nissan Terrano
  • Nissan Versa
  • Nissan Qashqai
  • Peugeot 107
  • Peugeot 508
  • Peugeot 4008
  • Renault Stepway
  • Renault Sandero
  • Renault Duster
  • Renault Oroch
  • Suzuki Grand Vitara
  • Suzuki Grand Nomade
  • Suzuki S Presso
  • Suzuki Ignis
  • Suzuki Dzire
  • Suzuki Swift
  • Toyota Corolla
  • Toyota Hilux
  • Toyota Urban Cruiser

Ley Uber: ¿Qué dice la nueva normativa?

En enero de 2023 fue aprobada la Ley EAT o "Ley Uber", en honor a la principal app de transporte que se usa en Chile (y la primera en llegar). Esta nueva ley, que fue publicada en mayo de 2023, busca regular el servicio prestado por la empresa de transporte para proteger a sus usuarios conductores, pasajeros y, además, asegurar que haya una competencia justa entre las empresas de transporte y que el servicio sea de calidad.

Algunas de las principales novedades que trae esta ley son:

  • Se exigirá licencia de conducir profesional (tipo A) a los conductores de Uber. Esto se comenzará a aplicar a partir de 18 meses desde vigencia de la Ley.
  • Las Empresas de Aplicaciones de Transporte (EAT) deben estar constituidas en Chile, tributar en el país e inscribirse en un registro donde se incluirá la información de la empresa, conductores y vehículos.
  • Se llevará un registro de las EAT que operan en Chile, así como de los conductores que presten el servicio a través de cada app.
  • Las EAT deben contar con un seguro para conductores y pasajeros.
  • Taxis ya inscritos como tal pueden registrarse en Uber y en cualquier otra app de transporte.
  • Habrá un catálogo de infracciones y sanciones específicas para los conductores de EAT.
  • Se instaura el deber de protección del empleador a través de una jornada de trabajo, remuneración u honorarios y la inclusión del socio conductor en el sistema de seguridad social del país.

Esta ley otorga a las empresas de aplicaciones de transporte un plazo de 6 meses para inscribir a los conductores y vehículos que presten su servicio en el país, luego no se podrán inscribir nuevos conductores por 18 meses.

Asimismo, hay un plazo de 12 meses para que los conductores de estas aplicaciones obtengan la licencia de conducir profesional, por lo que no se exigirá el documento durante todo el primer año de vigencia de esta nueva normativa.

IMPORTANTE: En abril de 2025, la Contraloría ha tomado razón del Reglamento de la Ley Uber. Ahora falta que este reglamento se publique en el Diario Oficial.

Infracciones impuestas por la nueva Ley EAT

La Ley Uber o Ley EAT establece multas específicas para empresas de transporte y los conductores que prestan su servicio. Estas son algunas de las faltas graves a la nueva norma:

Infracciones de las empresas de aplicaciones de transporte:

  • Operar sin encontrarse inscritas en el Registro.
  • Entregar al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones información falsa, incompleta, incorrecta o no actualizada.
  • Adulterar la información que deba ser entregada al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, aun cuando no sea requerida regularmente.
  • Operar en vehículos que no cumplan con las características establecidas en la presente ley y su reglamento, o cuyos conductores no posean licencia profesional para conducir vehículos de transporte de pasajeros o no cumplan los requisitos de la presente ley.
  • No entregar al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones la información individual referente a la caducidad, revocación, eliminación, suspensión o bloqueo de las cuentas de los conductores. Los conductores podrán recurrir ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones para denunciar el incumplimiento de este literal.
  • Comprometer, ofrecer o comercializar a cualquier título las inscripciones en el Registro.

En cualquiera de estas situaciones, la sanción será de 10 a 100 UTM, y de 20 a 200 UTM en caso de reincidencia.

Infracciones de los conductores:

  • Operar sin encontrarse inscritos en el Registro: suspensión de licencia de conducir por 6 meses, multa de 4 a 50 UTM y retiro del vehículo, por 15 días de custodia en depósitos municipales.
  • Alterar de cualquier forma el mecanismo de cobro o su funcionamiento de manera que arroje valores distintos de la tarifa informada.
  • Conducir por una ruta distinta de la sugerida en la aplicación, salvo excepciones.
  • Suplantar al conductor, alterar la información de usuario de la plataforma, entregar información incorrecta, imprecisa o falsa respecto de la identidad del conductor que impida al pasajero su identificación.
  • Recoger pasajeros en la vía pública sin que previamente se haya concertado el viaje mediante la EAT.

Para el caso de los conductores infractores, las multas van de 1 a 3 UTM. Además, las empresas y conductores que sean sorprendidos alterando el mecanismo de cobro o alteren los datos de geolocalización, se exponen a multas de entre 3 y 20 UTM.

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