Requisitos para Conducir Vehículos de Gran Porte en Chile

  • Autor de la entrada:
  • Categoría de la entrada:blog

Para conducir un vehículo motorizado o de tracción animal en Chile, es necesario obtener una de las distintas licencias de conducir disponibles. Existen cuatro categorías principales divididas en seis clases diferentes: A, B, C, D, E y F, además de una licencia para conducir en el extranjero. Este artículo detalla los requisitos y normativas esenciales para quienes operan vehículos de gran porte en el país.

Tipos de Licencias de Conducir Clase A

Si tu trabajo implica el transporte de personas o cargas, debes prestar especial atención a las licencias de clase A. Para el transporte de personas, existen las clases A1 y A2, siendo la primera exclusiva para conducir taxis. La clase A3 permite el transporte de personas sin límite, habilitando la conducción de buses sin límite de capacidad.

En el caso del transporte de carga, la clase depende del tamaño y capacidad del camión. Puedes obtener la clase A4 para conducir camiones simples de hasta 3,5 toneladas.

Licencias Profesionales para Transporte de Carga

El artículo 12 de la Ley de Tránsito indica que para conducir vehículos de transporte de carga se requiere una de las siguientes licencias profesionales:

  • Licencia profesional clase A4: Para vehículos simples destinados al transporte de carga cuyo Peso Bruto Vehicular sea superior a 3.500 kilogramos.
  • Licencia profesional clase A5: Para conducir todo tipo de vehículos motorizados, simples o articulados, destinados al transporte de carga cuyo Peso Bruto Vehicular sea superior a 3.500 kilogramos.

Normativas Generales sobre el Transporte de Carga

La Ley de Tránsito establece varias normas con respecto a los vehículos de transporte de carga, que también aplican para las cargas peligrosas. Algunas de las indicaciones son:

Pesos Máximos de la Carga

El artículo 62 de la Ley de Tránsito indica que los vehículos que excedan los pesos máximos permitidos no pueden transitar. Sin embargo, el artículo 63 establece que pueden existir excepciones debidamente autorizadas y manteniendo las precauciones correspondientes.

Además, los artículos 65 y 67 indican que:

  • La carga no puede exceder los pesos máximos que las características técnicas del vehículo permitan.
  • La carga debe estar estibada y asegurada, evitando todo riesgo de caída desde el vehículo.
  • No se puede transportar personas en los espacios destinados a carga, salvo en casos justificados, y adoptando las medidas de seguridad necesarias. En ningún caso, los vehículos motorizados de tres ruedas destinados al transporte de carga pueden transportar personas en los espacios destinados a carga.

Carta de Porte

El artículo 64 de la Ley de Tránsito indica que todo vehículo que transporte carga de terceros debe justificarla con la carta de porte, a la que se refieren los artículos 173 y siguientes del Código de Comercio. En el documento, se especifica que la carta de porte es el documento que las partes otorgan para acreditar la existencia y condiciones del contrato, y la entrega de las mercaderías al porteador.

Medidas de Seguridad de los Vehículos de Transporte de Carga

Además de las medidas de seguridad generales que deben cumplir todos los vehículos motorizados, estas son las medidas específicas para los que transportan cargas:

  • Artículo 68: A los remolques y semirremolques les serán aplicables las normas referentes a revisión técnica y a seguridad, según su capacidad de carga y especialidad.
  • Artículo 75: En cuanto al espejo retrovisor, cuando se trate de un vehículo de carga, este debe contar con dos espejos laterales externos. Además, deben contar con un botiquín que contenga elementos de primeros auxilios y dos cuñas de seguridad.
  • Artículo 163: La circulación, el estacionamiento y el horario para las faenas de recolección de desechos y de carga y descarga de los vehículos, será reglamentada por las respectivas Municipalidades.

Transporte de Cargas Peligrosas

El transporte de carga puede ser peligroso para los usuarios de las vías y el medio ambiente si no se realiza adecuadamente y siguiendo los reglamentos vigentes.

¿Qué Indica la Ley de Tránsito sobre el Transporte de Carga Peligrosa?

El artículo 66 de la Ley de Tránsito indica que: “No se podrá transportar materias peligrosas en vehículos de alquiler ni en los destinados al transporte colectivo de personas”.

Transporte de Concentrados Minerales

El artículo 67 bis de la Ley de Tránsito indica que el transporte de concentrados minerales debe realizarse siempre por medios herméticos y con los grados de humedad necesarios para evitar su volatilidad (que se convierta en vapor). Para ello, el transporte de la carga peligrosa debe hacerse por medios estancos a pulverulentos, que impidan el paso de líquidos y sólidos, desde y hacia la carga que se transporta. El objetivo de todo esto es evitar cualquier derrame eventual o accidental durante el traslado.

En el artículo 67 ter, se menciona que la carga, transporte y descarga de minerales y concentrados minerales, se debe realizar de acuerdo con el reglamento expedido por los ministerios de Transportes y Telecomunicaciones, de Minería y del Medio Ambiente.

Reglamento para el Transporte de Minerales y Concentrado de Minerales

El reglamento, publicado en 2022, tiene por objetivo el impedir la emisión de partículas al aire libre en el transporte minerales y concentrado de minerales, establece lo siguiente:

  1. La carga de minerales y de concentrado de minerales debe efectuarse siempre adoptando las medidas tendientes a impedir la caída de material durante el traslado de la carga, como también la emisión de partículas al aire libre. Durante el proceso de carga, se debe velar en todo momento porque el contenedor de la carga no sea dañado. Así también, se debe distribuir uniformemente la carga en la superficie destinada a ella, para no sobrepasar los pesos por eje, ni el peso máximo permitido. Además, la carga debe cubrirse con una carpa o cerrar las tapas metálicas o el contenedor en que se transporta. Estos elementos deben estar en buen estado.
  2. El transporte de minerales y concentrado de mineral se debe realizar en los siguientes términos señalados en el artículo 2° del Decreto Supremo N° 75, de 1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones: Al transportar desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales, deben estar construidos de forma que no se escurran ni caigan al suelo. En las zonas urbanas, el transporte de materiales que produzcan polvo (como escombros, cemento o yeso) debe efectuarse cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas, plásticos, u otro sistema que impida su dispersión al aire.
  3. La descarga de minerales y de concentrado de minerales debe efectuarse adoptando las medidas necesarias impidan el derramamiento de material y/o la emisión de partículas al aire libre.

Vehículos y Equipamiento para el Transporte de Carga Peligrosa

Del artículo 3 al 16 se establecen las características y prohibiciones que deben tener los vehículos y el equipamiento obligatorio para transportar cargas peligrosas.

¿Cómo Transportar Cargas Peligrosas?

Los vehículos que se utilicen en el transporte de sustancias peligrosas deben tener una antigüedad máxima de 15 años. Durante las operaciones de carga, transporte, descarga, transbordo y limpieza, los vehículos deben portar los rótulos correspondientes, fácilmente visibles. Los vehículos deben estar equipados con tacógrafo u otro dispositivo electrónico que registre en el tiempo, como mínimo, la velocidad y distancia recorrida. Se debe contar con un sistema de radiocomunicaciones o portar un aparato de telefonía móvil celular de cobertura nacional.

Cuando su peso bruto vehicular sea de 3.500 kg o más, se debe llevar al menos una luz de seguridad. Las sustancias peligrosas deben ser acondicionadas de forma de soportar los riesgos de carga, transporte, descarga y transbordo. El embalaje externo de estas sustancias debe estar marcado y etiquetado de acuerdo con la correspondiente clasificación y tipo de peligro. Los bultos de un cargamento de productos peligrosos deben estibarse en forma conveniente en el vehículo y estar sujetos por medios apropiados, de forma que se evite el desplazamiento riesgoso.

Los bultos cuyos embalajes estén constituidos por materiales sensibles a la humedad, deben cargarse en vehículos cerrados o en vehículos abiertos debidamente protegidos con lona impermeable o similar. Después de la descarga de un vehículo en que se haya transportado sustancias peligrosas, este y los contenedores deben limpiarse antes de cualquier nuevo cargamento, a menos que se haya transportado productos peligrosos a granel y el nuevo cargamento esté compuesto del mismo producto que se transportó. El motor del vehículo debe estar detenido mientras se realiza la carga y descarga.

Otras Consideraciones Importantes

  • Distribución de la carga: La carga debe estar distribuida correctamente en la zona de carga del vehículo y acondicionada para evitar desplazamientos peligrosos o que afecten a la estabilidad del vehículo.
  • Restricciones de la carga: La carga no debe ocupar el techo de la cabina, sobrepasar el ancho de la carrocería por la parte delantera y por los laterales, sobresalir por la parte trasera más de 2 metros, comprometer la seguridad de ocupantes o de terceros, poder caerse total o parcialmente o ser arrastrada por el vehículo, exceder los pesos máximos autorizados, ocultar luces, placa patente, ni distintivos obligatorios que deba portar el vehículo, dificultar la libertad de movimientos, el campo de visión y la atención permanente a la conducción, producir ruido u otras molestias.
  • Señalización de la carga: La carga que sobresalga por la parte trasera más de 0,50 metros se debe señalizar con una luz roja por la noche, y si es de día con un banderín de género o plástico de color rojo de 0,50 metros de largo por 0,40 de ancho, amarrado al extremo de la carga.
  • Vehículos especiales: Los vehículos que transporten materiales sólidos o líquidos que puedan escurrirse y caer al suelo (desperdicios, arena, ripio, tierra, etc.), deben estar construidos de forma que esto no pueda ocurrir. En las zonas urbanas, la carga que produzca polvo que pueda dispersarse al aire (escombros, cemento, yeso, etc.) debe cubrirse total y eficazmente con lonas o plásticos u otro sistema.
  • Transporte de alimentos: Los vehículos destinados al transporte de alimentos, como carnes, pescados, mariscos, aves, etc., deben cumplir con las exigencias y requisitos específicos que señale la autoridad sanitaria.
  • Antigüedad de los vehículos: Los vehículos de carga con una capacidad de carga útil de 1.750 kg o más, que efectúen transporte de carga entre puntos que disten más de 80 kilómetros entre sí, y que utilicen las Rutas 5, 57 CH, 68, 78, 148, O50 y 60 CH, deben tener una antigüedad inferior o igual a 28 años.

Es importante estar al tanto de la fecha de vencimiento de tu documento. Ya conoces todos los tipos de licencias de conducir en Chile. Recuerda que este permiso es obligatorio y conlleva la responsabilidad de conducir con prudencia en las vías.

tags:

Deja una respuesta