A partir del 15 de mayo de 2025, todos los vehículos motorizados que circulen por Chile deberán contar con la placa patente grabada en sus vidrios y espejos laterales. Esta medida, establecida por la Ley N° 21.601, busca frenar el robo de vehículos y la venta ilegal de piezas, a través de una identificación visible, permanente y estandarizada.
¿Qué exige la ley N° 21.601?
La normativa establece la obligatoriedad de grabar la placa patente única (PPU) en todos los vidrios (parabrisas, luneta trasera, y vidrios laterales) y espejos laterales de tu vehículo. La normativa establece que los vehículos deben tener grabada su placa patente en:
- Mínimo 6 vidrios del vehículo (laterales, parabrisas y luneta).
- Ambos espejos laterales exteriores.
En el caso de vehículos con menos vidrios (como motocicletas), el grabado deberá realizarse en todos los espejos disponibles. En tanto, vehículos como taxis o camiones, que ya cuentan con la patente pintada en su estructura, solo deben grabar los espejos laterales y el parabrisas.
Además, ciertos vehículos están exentos, como los pertenecientes a las Fuerzas Armadas, de Orden o vehículos extranjeros en tránsito temporal, de acuerdo con el artículo 54 de la Ley de Tránsito.
Plazos para el cumplimiento de la Ley sobre el Grabado de Patente
La obligación de grabar la placa patente será exigible según las siguientes condiciones:
- Vehículos nuevos: Desde el cuarto mes de publicado el reglamento en el Diario Oficial. No se considerarán vehículos nuevos para la exigencia del reglamento aquellos vendidos entre el 11 de septiembre de 2023 y hasta el tercer mes contado desde la publicación del decreto en el Diario Oficial (comercializados hasta el 14 de agosto de 2024), los que tendrán un plazo de 12 meses para hacer su grabado de patente.
- Vehículos comercializados de forma previa al 11 de septiembre de 2023: transcurridos 12 meses desde la publicación del reglamento en el Diario Oficial.
Calendario del grabado de patente en Chile
| Tipo de vehículo | Plazo legal | Cuándo comienza a ser exigible |
|---|---|---|
| Autos usados y los que se vendan entre el 11 de septiembre de 2023 y 14 de agosto de 2024 | 12 meses desde la publicación del reglamento | 15 de mayo de 2025 |
| Autos nuevos (que se vendan después del 14 de agosto de 2024) | 4 meses desde la publicación del reglamento | 14 de septiembre de 2024 |
¿Cómo debe ser el grabado?
El 14 de mayo de 2024 se publicó finalmente el Reglamento que establece las características del grabado de las letras y dígitos de la placa patente en los vidrios y espejos laterales de los vehículos motorizados.
El grabado debe cumplir con características específicas para asegurar su eficacia:
- Permanente, con desgaste real del vidrio o espejo (arenado, tallado, ácido u otra técnica similar).
- Letra legible, en mayúscula, sin cursiva ni negrita.
Tamaño de las letras:
- Entre 7 y 10 mm de altura en vidrios.
- Entre 5 y 10 mm en espejos laterales.
¿Cómo deben ser las letras y dígitos del grabado de patente?
Las letras y dígitos en los vidrios deben tener entre 7 y 10 mm de altura, un ancho y un espesor de trazo acorde al tipo y altura de las letras y dígitos, de estilo normal, sin cursiva ni negrita. Las letras deben ser mayúsculas.
En el caso de los espejos laterales, las letras y dígitos deben tener entre 5 y 10 mm de altura, un ancho y un espesor de trazo acorde al tipo y altura de las letras y dígitos, de estilo normal, sin cursiva ni negrita. Las letras deben ser mayúsculas.
¿Cómo debe hacerse el proceso de grabado de patente?
Los caracteres deben grabarse siguiendo la superficie del vidrio o del espejo lateral, de tal forma que, para un observador externo al vehículo, su lectura horizontal sea de izquierda a derecha. El grabado de patente debe ser permanente, desgastando la superficie del vidrio y espejo lateral, de tal manera que no pueda ser borrado.
¿Cómo se debe grabar la patente en los vidrios laterales?
El reglamento indica que “en los vidrios laterales ubicados al costado del conductor, el grabado se efectuará en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo y en aquellos ubicados al costado del acompañante se realizará en el vértice inferior izquierdo desde el punto de vista de un observador externo. En ambos casos, el grabado de la placa patente única se realizará sin obstaculizar la lectura de otra información obligatoria que pueda ubicarse en esa zona”.
¿Cómo se debe grabar la patente en el parabrisas?
En el parabrisas, el grabado deberá hacerse en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo, sin obstaculizar la lectura u ocultar el VIN o cualquier otro elemento obligatorio que deba exhibirse en el parabrisas.
¿Cómo debe grabarse la patente en la luneta trasera?
En la luneta trasera el grabado se debe realizar en el vértice inferior izquierdo desde la perspectiva de un observador externo, sin entorpecer la lectura de otra información obligatoria que pueda ubicarse en esa zona.
¿Cómo se debe grabar la patente en los espejos laterales?
En los espejos laterales cuya forma sea o se aproxime a un cuadrado o a un rectángulo, el grabado se realizará siguiendo el borde de sus lados paralelos al suelo, de la forma más próxima a dicho borde. En los espejos laterales cuya forma sea circular u ovalada, el grabado se realizará de forma paralela al suelo, en una línea que une los puntos donde las letras y dígitos tocan el borde curvo del espejo. En ambos casos el grabado puede realizarse en la parte superior o inferior y no debe interferir con su función.
¿Qué pasará con los vehículos que tienen más de 6 vidrios?
En los vehículos motorizados que tengan más de seis vidrios, considerando la suma de los vidrios laterales, parabrisas y luneta trasera, se deberán grabar como mínimo seis, debiendo ser uno de ellos el parabrisas y los restantes, los de mayor superficie. En el caso de los vehículos motorizados que tengan seis o menos vidrios, se grabarán todos ellos.
Vehículos nuevos: responsabilidad de las concesionarias
Desde septiembre de 2024, las concesionarias deberán entregar todos los vehículos nuevos con la patente ya grabada, cumpliendo con los requisitos legales. Es decir, ningún automóvil nuevo podrá ser entregado sin este requisito.
¿Qué pasa si no cumplo?
El grabado será una condición obligatoria para aprobar la Revisión Técnica, y quienes no lo cumplan podrían arriesgar multas de hasta 1,5 UTM, en caso de ser fiscalizados.
- Revisión Técnica rechazada: No se podrá aprobar si no se verifica el grabado de patente.
- Multas de entre 1 y 1,5 UTM, si el vehículo es fiscalizado por Carabineros o autoridades competentes.
Además, circular sin cumplir esta exigencia será considerado una falta grave a la normativa de tránsito vigente.
La misma multa aplicará para las automotoras que vendan un vehículo sin la placa patente grabada de forma permanente en los vidrios y espejos laterales, cuando el grabado sea exigible conforme a la ley y sus reglamentos.
¿Cómo se fiscalizará el cumplimiento del grabado de patentes?
Según lo que indica el artículo 5° del Reglamento, existirán las siguientes instancias de fiscalización:
- Revisión Técnica: Cuando la medida sea exigible, de acuerdo con el calendario, cuando lleves tu vehículo a revisión técnica, el grabado de patente será uno de los elementos que se considerarán en la inspección de tu vehículo.
- Fiscalizaciones que efectúen Carabineros de Chile, inspectores fiscales y municipales, amparados en el artículo 4° de la Ley de Tránsito.
¿Qué dice el reglamento sobre el grabado de patente en taxis y camiones?
El reglamento señala que los vehículos motorizados que tengan la obligación de pintar su placa patente única en puertas y/o techo, como los camiones y taxis, solamente deberán grabar las letras y dígitos de la patente en el parabrisas y espejos laterales.
¿Qué vehículos estarán exentos del grabado de patente?
El reglamento considera algunas excepciones que te presentamos a continuación:
- Los vehículos señalados en el artículo 54 de la Ley de Tránsito, que son los siguientes:
- Vehículos nuevos en exhibición.
- Vehículos extranjeros en tránsito temporal con placa patente de su país de origen.
- Los vehículos nuevos con peso bruto vehicular igual o superior a 3.860 kilogramos, que solo puedan desplazarse por sus propios medios y únicamente para fines de traslado a dependencias del comercializador.
- Los vehículos pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a Carabineros de Chile, debidamente identificados y destinados exclusivamente a uso militar o policial, según el caso.
- Los vehículos comercializados con anterioridad a la entrada en vigor del reglamento, que tengan sus vidrios y espejos laterales grabados; siempre que el grabado permita la íntegra y correcta identificación de cada uno de los dígitos y letras de la placa patente grabada.
- Vehículos considerados como antiguos o históricos, de acuerdo con lo dispuesto en el título XIX de la Ley de Tránsito.
¿Aplica el grabado de patentes en motocicletas?
En el caso de los espejos retrovisores de la moto, sí. Todas las motocicletas deben grabar la patente en sus espejos retrovisores.
En el caso de los parabrisas, el grabado aplicará solo si este es de vidrio. Si el parabrisas de la moto es acrílico o de cualquier otro material distinto al vidrio, no será obligatorio grabar la patente en esa zona.
¿Cómo ayuda el grabado de patente en la prevención del robo o clonación de un auto?
El grabado de patente dificulta a los delincuentes el robo del vehículo, ya que, para revenderlo en el mercado negro, tendrían que reemplazar todas las piezas que están grabadas.
El grabado de patente entorpece el proceso de la clonación de la matrícula del vehículo, ya que, en caso de querer “gemelear” el auto, los delincuentes deben copiar el grabado con precisión, lo cual es muy difícil de hacer, principalmente si el grabado es profundo y resistente.
En caso de accidente o robo, el grabado de patente facilita la identificación del vehículo. El objetivo de la autoridad es que esta norma tenga un impacto positivo en la reducción del robo de vehículo y sus partes y piezas.
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