En el complejo mundo de las finanzas y las deudas, a menudo nos encontramos en la disyuntiva de transferir bienes para evitar un embargo frente a situaciones en las que los deudores se ven acosados por acreedores, donde el embargo de bienes podría convertirse en una realidad inminente.
Este artículo se centra en el delicado tema de qué hacer si te embargan el auto. Si bien puede ser una medida viable en ciertos casos, es esencial abordar esta estrategia con extrema precaución y planificación adecuada.
¿En qué situaciones un auto puede tener orden de embargo?
El caso de una orden de embargo comienza cuando una persona ha firmado un título ejecutivo, como un pagaré, una letra de cambio u otro contrato, en el que se compromete a pagar dentro de cierto plazo y en determinadas cuotas cierta suma de dinero.
En este tipo de contratos siempre se establece que en caso de no pago por parte del deudor, puede ser exigible la deuda. Esto significa que se puede establecer una demanda ejecutiva para recuperar el dinero adeudado.
Cuando esta demanda es autorizada por un tribunal competente, el tribunal le da la facultad a un ministro de fe, más precisamente, un receptor judicial para que pueda trabar un embargo en los bienes del deudor para poder recuperar el dinero.
Si el deudor es propietario de un auto, lo que hará el receptor judicial es ir al Registro Civil y, con el mandato que le ha otorgado el tribunal, interpondrá una orden de embargo en el vehículo.
¿Cómo saber si un vehículo tiene orden de embargo?
Las órdenes de embargo de un vehículo se encuentran inscritas en el Registro Civil. Autofact recopila esta información, junto con antecedentes de otras fuentes, para entregarte un completo informe del vehículo, que te permitirá realizar la compra de un auto usado con total seguridad.
Puedes saber si un auto tiene órdenes de embargo revisando el Informe Autofact.
¿Qué pasa si embargan mi auto?
Si nos vamos al otro lado de la vereda, pensando en que tú eres el propietario de un auto con orden de embargo, debes tener en cuenta dos aspectos:
- Regulariza tu situación: Si no quieres perder este bien, deberás ponerte al día o buscar alguna forma de repactar la deuda que dio origen a la orden de embargo sobre tu vehículo.
- Cuidado con la venta: No intentes vender tu auto, pues de acuerdo con el artículo 1464 del Código Civil, esto constituye un objeto ilícito de la enajenación. Vender un vehículo que se encuentra bajo embargo puede llevar a complicaciones significativas, tanto para el vendedor como para el comprador.
Cuando un vehículo embargado es vendido, la transacción no transfiere efectivamente el dominio al comprador. Esto se debe a que el vehículo sigue estando registrado a nombre del vendedor en el Registro de Vehículos Motorizados hasta que el embargo sea levantado.
Alternativas para enfrentar un embargo
Si recibiste una orden de embargo, es normal que te preocupes sobre qué puedes hacer, ya que es una situación angustiante. A continuación, te dejamos algunos tips si es que deseas enfrentar un embargo.
1. No vendas ni ocultes los bienes embargados
Si lamentablemente tus bienes fueron embargados, debes saber que sigues siendo dueño de ellos, por lo que puedes seguir utilizándolos, pero bajo ninguna circunstancia puedes venderlos o cedérselos a otra persona. Según el Código Civil, en caso de que vendas o cedas tus pertenencias, sólo logrará que salgas perjudicado legalmente.
Tampoco puedes esconder o trasladar a otro domicilio los bienes que fueron embargados, ya que estarías cometiendo un delito.
2. Bienes que no se pueden embargar
Si estás preocupado por tus bienes personales básicos, debes saber que la ley se encarga de señalar un listado de aquellas pertenencias que no pueden ser embargadas bajo ninguna circunstancia. Estos son, por ejemplo, las remuneraciones de un trabajador (hasta el 50%), pensiones de alimentos, herramientas de trabajo y utensilios caseros.
3. Sustitución del embargo
En el caso que dentro de los bienes embargados se encuentren bienes de valor especial para el deudor, la ley permite que todos aquellos bienes sean retirados del embargo haciendo un depósito previo en el tribunal con el dinero suficiente para completar el pago de la deuda original.
De esta forma, la deuda es saldada con dinero y es posible recuperar la pertenencia apreciada.
4. Inscripción del embargo
Esta condición es aplicable sólo a los bienes raíces, ya que en este caso, el embargo debe ser inscrito en el Conservador de Bienes Raíces. Esto funciona como una medida de protección para terceras personas que podrían resultar interesadas en comprar dicho bien raíz.
5. Presentar una tercería
Las tercerías se presentan mediante personas externas al demandante y al demandado. Permite que las personas demandadas por el Servicio de Tesorería, sus representantes legales o apoderados, puedan solicitar nulidad del embargo cuando sea pertinente. Esta solicitud no puede ser realizada por un tercero.
Otras estrategias legales
En situaciones en las que un embargo es inminente o ya está en marcha, es fundamental considerar alternativas legales que ofrezcan una resolución más favorable dentro de lo posible en esa etapa.
- Sustitución del Embargo: Puedes solicitar a la autoridad competente la sustitución del embargo ofreciendo otro bien de valor equivalente o superior.
- Pago de la Deuda: La forma más directa de levantar el embargo es pagar la deuda que lo originó.
- Solicitar la Nulidad del Embargo: Si el embargo tiene algún vicio legal o fue impuesto de manera incorrecta, puedes solicitar su nulidad ante los tribunales.
Planificación anticipada para evitar el embargo
La planificación anticipada es esencial cuando se trata de proteger tu patrimonio en general, y sobre todo en el caso de necesitar transferir bienes para evitar un embargo. En muchos casos, la anticipación es la única defensa efectiva contra las deudas y el riesgo de embargo.
Cuando un juicio ya está en curso y el acreedor está al acecho, es posible que las opciones de transferencia de bienes sean limitadas. De hecho, intentar transferir bienes una vez que en el proceso el embargo se ha decretado, simplemente traerá como efecto que ya no se pueden transferir bienes y tendrás que decidir sobre cual es la opción menos mala.
Acción pauliana
La acción pauliana es una herramienta legal que se utiliza para revertir las transferencias de bienes de deudores para perjudicar a sus acreedores. Si un acreedor sospecha que un deudor ha transferido bienes con el propósito de evitar el pago de una deuda, puede emprender una acción pauliana.
¿Te puedes oponer a un embargo?
SÍ, te puedes oponer a un embargo. Si ya fuiste notificado de la demanda y va el receptor judicial a tomar nota de tus bienes, te puedes oponer a que entre a tu casa. Para oponerte a un embargo no se debe realizar ningún trámite judicial, simplemente hay que negarse a que el receptor judicial entre a tu casa a tomar nota de tus cosas.
No te preocupes que el receptor no peleará, ni discutirá. Acatará lo que tu dices y se irá del lugar. Si el receptor judicial va a la casa del deudor y no lo encuentra, pedirá al igual que en punto anterior, la ayuda de fuerza pública y entrará a tu casa por la fuerza.
¿Cómo levantar un embargo?
Existen varias formas de levantar un embargo:
- Pagar la deuda: Es la opción más simple. Si pagas la deuda después de que se notificó la demanda, entonces se aclarará la situación y no podrán quitarte tus cosas.
- Repactar: Si renegocias tu deuda con las empresas a las que les debes, la antigua deuda por la que te iban a realizar el embargo desaparecerá y nacerá una nueva deuda. Esta nueva deuda no estará en proceso de cobranza judicial, y por lo tanto no te embargarán.
- Presentar excepciones: Las excepciones son alegatos que presenta un abogado frente a la demanda que le hicieron al deudor (por ejemplo que no está bien redactada). Estos alegatos son trabas que se ponen para alargar la tramitación del juicio y que por consiguiente éste no siga adelante.
- Tercerías: Las tercerías son un proceso legal en el que decimos que los bienes que quieren embargar no son nuestros, si no de una tercera persona. ¿Por qué hacemos esto? Porque si los bienes no son míos, entonces no los pueden embargar.
La prenda en autos
La prenda en autos es una figura legal ampliamente utilizada como garantía cuando se adquiere un vehículo a crédito o con financiamiento. Esta prenda significa que, aunque el vehículo esté a tu nombre, queda bajo un gravamen que permite al acreedor, generalmente una institución financiera, embargar y rematar el auto en caso de que no se cumplan los pagos acordados.
Una forma efectiva de evitar el embargo es realizar el traspaso del vehículo a nombre de un familiar o una persona de confianza. Al hacer este traspaso, el automóvil deja de estar registrado a tu nombre y, por tanto, no podrá ser embargado por las deudas que hayas contraído. Este es un recurso válido para proteger el patrimonio y evitar que el bien sea objeto de una acción judicial en tu contra.
Para traspasar un vehículo, necesitarás llevar a cabo un procedimiento en el Registro Civil, que incluye la firma de un contrato de compraventa o donación y la inscripción del nuevo propietario en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados.
Alternativas arriesgadas
Si no alcanzas a traspasar el auto antes de que el acreedor solicite el embargo, es posible que el tribunal dicte una orden judicial que permita a Carabineros de Chile proceder con la búsqueda y captura del vehículo para que sea rematado.
Si te encuentras en esta situación y no deseas perder el vehículo, existe una opción arriesgada: esconder el auto. Esta acción consiste en ocultar el vehículo de manera que no pueda ser localizado por Carabineros ni por los actuarios judiciales encargados del embargo. Legalmente, puedes alegar que el vehículo no está disponible o no puede ser encontrado.
Si el proceso judicial no avanza y no se toman acciones en un plazo de 3 años, puedes alegar "abandono del procedimiento", lo que significa que, por inactividad del acreedor, el proceso queda archivado y el embargo no puede continuar.
Prescripción de la deuda
Si ya has sido demandado y no has logrado hacer el traspaso del vehículo a tiempo, existe otra estrategia que podrías considerar: alegar la prescripción de la deuda. En el caso de las deudas asociadas a créditos prendarios, la ley chilena establece que si no has sido notificado de la demanda, o si no se ha tomado acción judicial alguna en el plazo de un año desde la fecha en que venció el pagaré, puedes solicitar la prescripción de la deuda.
Documentos Obligatorios
Si es persona natural representada por un tercero o persona jurídica debe adjuntar:
- Carta poder otorgada ante Notario o Poder Notarial: Tratándose de poderes y mandatos otorgados por escrito, en los cuales la firma del poderdante y mandatario aparecen autorizados ante notario, tendrá una vigencia de 6 meses contados desde su otorgamiento y para el o los trámites que en él se señalan. Vencido el plazo deberá otorgarse uno nuevo.
- Escritura pública: 1 año contado desde la fecha de su otorgamiento y para las diligencias que en ella se señalen.
La solicitud debe ser resuelta en el plazo de 12 días laborales siguientes a su recepción.



