Restricción Vehicular para Vehículos de Carga en Santiago: Definición y Detalles

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La restricción vehicular es una medida implementada para controlar la circulación de vehículos en determinadas zonas y horarios, con el objetivo de mejorar la calidad del aire y reducir la congestión. En Santiago de Chile, esta medida afecta especialmente a los vehículos de carga, buscando regular su tránsito en áreas urbanas clave.

Áreas y Horarios de Restricción

Los vehículos de carga tienen restricciones específicas en diferentes áreas de Santiago:

  • Queda prohibida la circulación de camiones en Américo Vespucio en el sector de La Pirámide, entre El Salto y Av. Américo Vespucio, en la mañana entre las 08.00 hrs. y 09.30 hrs. y por las tardes de 18.30 a 20.00 hrs.
  • Los vehículos de carga no pueden transitar por las vías ubicadas al interior del Anillo Américo Vespucio, excluyendo las autopistas Av. Presidente Eduardo Frei Montalva (Ruta 5 Norte) y Av. General Velásquez.
  • De más de dos ejes y/o peso bruto vehicular superior a 18.000 kilos, salvo aquellas vías que, de conformidad al Plan Regulador Metropolitano de Santiago, pertenecen a las Zonas Industriales Exclusivas de las comunas de Cerro Navia, Conchalí, Pudahuel, Quilicura y Renca, de lunes a viernes: 07:30 - 10:00 hrs.
  • De peso bruto vehicular superior a 3.860 kilos, de una antigüedad superior a los 12 años.

Restricción Permanente para Autos sin Sello Verde y Motos

Autos sin Sello Verde y Motos 2002: Se mantiene la restricción permanente de transitar al interior del Anillo Américo Vespucio a todos los vehículos. Se suma la restricción a 6 dígitos fuera del Anillo (Provincia de Santiago más las comunas de Puente Alto y San Bernardo).

Restricción Permanente para Motos 2010: Provincia de Santiago, San Bernardo y Puente Alto.

Restricción Vehicular en Preemergencias Ambientales

Ante episodios críticos en la calidad del aire, el Gobierno puede decretar si se trata de una emergencia o una preemergencia ambiental.

Vehículos Afectados en Preemergencia Ambiental

En caso de que se decrete Preemergencia Ambiental, habrá restricción para los 2 dígitos ya establecidos y se suman los vehículos de carga, incluidas las camionetas, independiente de su año de fabricación. Rrevisa el calendario del Ministerio de Transportes para casos de preemergencia. En caso de Emergencia Ambiental, revisa el documento del Ministerio donde detalla el calendario en caso de emergencia.

  • Restricción para autos con Sello Verde en las provincias de Santiago, San Bernardo y Puente Alto.
  • Restricción al Transporte de Carga Con Sello Verde: Se restringe la circulación al Transporte de Carga Con Sello Verde de 2 dígitos aleatorios.

Vehículos Exentos de Restricción en Preemergencia Ambiental

Están exentos de restricción vehicular, incluso con preemergencia ambiental, los siguientes tipos de vehículos:

  • Los de fabricación posterior a septiembre de 2011.
  • Los autos híbridos.
  • Autos eléctricos.
  • Vehículos de Transantiago.

En tanto, los taxis, colectivos, buses rurales, interurbanos y privados de transporte de pasajeros tienen restricción entre las 10 de la mañana y las 16 horas. Esto también rige en toda la provincia de Santiago y en las comunas de San Bernardo y Puente Alto.

Calendario de la Restricción Vehicular 2025

El calendario de la Restricción Vehicular 2025 fue publicado este martes 29 de abril por el Gobierno de Chile y se sustenta en la Resolución Exenta N°1893/2025 SRM-RM.

Restricción para Autos con Sello Verde

Automóviles, station wagons y similares con sello verde, inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados antes del 1 de septiembre de 2011, de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, dentro de la provincia de Santiago y comunas de San Bernardo y Puente Alto, de acuerdo con su último dígito de placa patente.

Día Último dígito de la patente con restricción
Lunes 6 y 7
Martes 8 y 9
Miércoles 0 y 1
Jueves 2 y 3
Viernes 4 y 5

Restricción para Autos sin Sello Verde Fuera del Anillo Américo Vespucio

Automóviles, station wagons y similares, sin sello verde, motocicletas y similares de años anteriores al año 2002; fuera del perímetro delimitado por el anillo Américo Vespucio, pero dentro de la provincia de Santiago y comunas de San Bernardo y Puente Alto, la restricción rige de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, de acuerdo con su último dígito de placa patente, en función del siguiente calendario:

Día Último dígito de la patente con restricción
Lunes 2-3-4-5
Martes 6-7-8-9
Miércoles 0-1-2-3
Jueves 4-5-6-7
Viernes 8-9-0-1

Restricción para Autos No Catalíticos Dentro del Anillo Américo Vespucio

Los autos no catalíticos tienen prohibida la circulación dentro del anillo de Américo Vespucio durante los días y horarios que rige la Restricción Vehicular. "Automóviles, station wagons y similares, sin sello verde, cualquiera sea su último dígito de su placa patente y motocicletas y similares de años anteriores al 2002; de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, en el área interior del perímetro delimitado por el anillo Américo Vespucio".

Restricción para Motos y Similares Inscritos Antes del 1 de Septiembre de 2010

Esto aplica para motocicletas y similares, inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados antes del 1 de septiembre de 2010; de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, dentro de la provincia de Santiago y comunas de San Bernardo y Puente Alto, según su último dígito de placa patente.

Día Último dígito de la patente con restricción
Lunes 6 y 7
Martes 8 y 9
Miércoles 0 y 1
Jueves 2 y 3
Viernes 4 y 5

Restricción para Buses y Vehículos de Transporte de Carga No Catalíticos

Día Último dígito de la patente con restricción
Lunes 2-3-4-5
Martes 6-7-8-9
Miércoles 0-1-2-3
Jueves 4-5-6-7
Viernes 8-9-0-1

Zonas y Horario de Restricción para Buses

Buses de transporte privado remunerado de pasajeros, buses interurbanos y rurales sin sello verde, dentro de la provincia de Santiago y comunas de San Bernardo y Puente Alto, de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 10:00 y las 16:00 horas, según su último dígito de la patente.

Zonas y Horario de Restricción para Vehículos de Carga

Vehículos de transporte de carga sin sello verde, en el área interior del perímetro delimitado por el anillo Américo Vespucio, de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 10:00 y las 18:00 horas, según su último dígito de la patente.

Vehículos Exentos de la Restricción Vehicular

Los siguientes vehículos quedan liberados de la restricción vehicular en la Región Metropolitana:

  • Vehículos eléctricos.
  • Vehículos híbridos.
  • Vehículos a gas que cumplan con el D.S. N.º 55/98, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y que tengan revisión técnica autorizando su circulación con este combustible.
  • Furgones escolares.
  • Vehículos importados por personas con discapacidad.
  • Vehículos importados por personas jurídicas sin fines de lucro.
  • Vehículos de uso particular destinados al transporte de personas que padezcan enfermedades que deban concurrir frecuentemente a centros de salud a sus controles y tratamientos. Esto debe acreditarse en la certificación del médico tratante o del centro de salud correspondiente.
  • Vehículos de uso particular que sirvan de único medio de transporte para una persona con discapacidad. Esto debe acreditarse con la credencial de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad.
  • Vehículos de empresas o instituciones relacionadas con la protección de la salud, las que deben solicitar los permisos correspondientes. Entre ellos se cuentan vehículos destinados al transporte de personas enfermas o con discapacidad y vehículos destinados a prestar servicios de asistencia, consulta o rescate médico.
  • Vehículos que presten servicio para la Comisión Chilena de Energía Nuclear abasteciendo de material radioactivo a hospitales y clínicas.
  • Coches mortuorios.
  • Vehículos que presten servicios de transporte público remunerado de pasajeros, excepto buses rurales e interurbanos, sin sello verde.
  • Vehículos destinados a la recolección de basura.
  • Vehículos de canales de televisión, los que deben estar equipados con antenas transmisoras para realizar contactos en directo.
  • Vehículos de uso particular de prestador individual de salud y que se desempeñe en establecimientos públicos o privados que cuenten con servicios de hospitalización y/o atención de urgencias. Para ello, estos establecimientos deben hacer una certificación especial para el prestador correspondiente.
  • Vehículos que cuenten con permiso para circular como parte de proyectos experimentales aprobados por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
  • Vehículos de uso particular que deban destinarse al transporte de personas que tengan algún trastorno del espectro autista (TEA), según la Ley 21.545 y que no les resulte adecuado para su salud utilizar medios de transporte público de pasajeros.

Exención para Vehículos que Ingresan a Santiago Desde Otra Región

De acuerdo con lo establecido en la resolución mencionada, los vehículos que ingresen a la Provincia de Santiago y comuna de San Bernardo y Puente Alto, utilizando las vías que conforman las rutas o ejes que se indican a continuación, estarán exentos de esta medida, siempre que acrediten que van ingresando a la ciudad.

  • Norte - Sur (ambos sentidos)
    1. Av. Presidente Eduardo Frei Montalva - Manuel Rodríguez - Viel - JJ. Prieto - Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central).
    2. Av. Presidente Eduardo Frei Montalva - Av. Apóstol Santiago - Joaquín Walker Martínez - Coronel Robles -Av. Padre Hurtado- Av. General Velásquez - Av. Cerrillos - Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central).
  • Sur - Norte (ambos sentidos)
    1. Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez - JJ Prieto - Viel - Manuel Rodríguez - Av. Presidente Eduardo Frei Montalva (Autopista Central).
    2. Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez - Av. General Velásquez - Coronel Robles - Av. Padre Hurtado - Joaquín Walker Martínez - Av. Apóstol Santiago - Av. Presidente Eduardo Frei (Autopista Central).
  • Norte - Costa (Ruta 68)

    Av. Presidente Eduardo Frei Montalva (Autopista Central) - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte) - Ruta 68.

  • Norte - Costa (Autopista del Sol)

    Av. Presidente Eduardo Frei Montalva (Autopista Central) - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte) - Autopista del Sol.

  • Sur - Costa (Ruta 68)
    1. Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) - Av. General Velásquez - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Sur) - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte) - Ruta 68.
    2. Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) - JJ Prieto - Viel - Manuel Rodríguez - Costanera Norte - Ruta 68.
  • Sur - Costa (Autopista del Sol)

    Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) - Av. General Velásquez - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Sur) - Autopista del Sol.

  • Sur - Costa Ruta 78 (Acceso Sur a Santiago)

    Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) - Autopista Acceso Sur a Santiago - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Sur) - Autopista del Sol.

  • Nor-Oriente (Acceso Nor-Oriente a Santiago)

    Acceso Nor-Oriente - Enlace Centenario (sector Puente Centenario)- Costanera Norte- Autopista Los Libertadores - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte).

  • Sur Norte (Acceso Sur a Santiago)

    Ruta 5 sur - Acceso Sur - Cardenal Raúl Silva Henríquez (ex Serena) - Av. Circunvalación Américo Vespucio.

Multas por No Respetar la Restricción Vehicular

La multa por circular teniendo restricción vehicular puede ir de 1 a 1,5 UTM, es decir, entre $68.785 y $103.177, de acuerdo con el valor de la UTM en junio de 2025.

Para el proceso de fiscalización, la Ley de Tránsito faculta a Carabineros, inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones e inspectores municipales.

Restricción Vehicular en Septiembre

No hay restricción vehicular en septiembre de 2025.

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