La restricción vehicular es una medida que se aplica en la Región Metropolitana todos los años en determinados meses, limitando la cantidad de vehículos en circulación con el objetivo de disminuir la contaminación ambiental. Si tienes auto y te mueves en Santiago, Puente Alto o San Bernardo, aquí te explicamos cómo funciona. Si quieres saber más sobre las características de esta normativa, incluyendo su vigencia -clave para saber hasta cuándo dura la restricción vehicular-, en este artículo encontrarás toda la información necesaria.
¿Qué es la Restricción Vehicular?
La restricción vehicular en Chile busca gestionar el tránsito y reducir la contaminación en zonas urbanas. La restricción vehicular busca disminuir los niveles de contaminación en otoño e invierno, limitando vehículos según el último dígito de su placa. Afecta autos con y sin sello verde, además de motocicletas inscritas antes de 2010. Restringe el tránsito de vehículos en zonas como el Anillo de Américo Vespucio. Esta gestión de episodios críticos se realiza en los horarios de mayor tráfico vehicular, de 7:30 a 21:00 hrs, con multas por no cumplimiento.
Características de la Restricción Vehicular 2025
Esta disposición de la Ley de Tránsito comienza a regir el 2 de mayo, aplicándose de lunes a viernes entre las 7:30 y las 21:00 horas, en la provincia de Santiago, además de Puente Alto y San Bernardo. Esta medida se aplica a través de un calendario de restricción vehicular fijado por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Aquí, y según los distintos días de la semana, se indican dos o más dígitos -correspondientes al último número de la patente de los vehículos- que determinan a qué autos aplica la normativa cada día. Además, la medida se amplía en los días de preemergencia y emergencia ambiental, por lo que el Ministerio tiene la facultad de agregar dígitos adicionales al calendario.
¿A quién afecta la restricción vehicular?
- Vehículos sin sello verde o fabricados antes de 1 de septiembre 2011.
- Vehículos catalíticos según normativa vigente.
- Motos inscritas antes de de 1 de septiembre del año 2010.
- Vehículos de carga que no cumplen con normas de emisión.
Calendario de Restricción Vehicular 2025
Te presentamos el calendario oficial del Ministerio de Transportes para la restricción vehicular 2025:
Vehículos con sello verde (Automóviles, station wagons y similares inscritos antes del 1 de septiembre de 2011):
| Día | Último dígito de la patente con restricción |
|---|---|
| Lunes | 6-7 |
| Martes | 8-9 |
| Miércoles | 0-1 |
| Jueves | 2-3 |
| Viernes | 4-5 |
Vehículos sin sello verde (Automóviles, station wagons y similares de años anteriores al año 2002):
| Día | Último dígito de la patente con restricción |
|---|---|
| Lunes | 2-3-4-5 |
| Martes | 6-7-8-9 |
| Miércoles | 0-1-2-3 |
| Jueves | 4-5-6-7 |
| Viernes | 8-9-0-1 |
Información adicional:
- Zonas afectadas: Provincia de Santiago, incluye el Anillo de Américo Vespucio, además de las comunas de Puente Alto y San Bernardo, en RM.
- Horarios: De 07:30 a 21:00 horas, en días laborales.
- Periodos: La medida se aplicará entre el 2 de mayo y el 31 de agosto, los meses más críticos para la calidad del aire.
🚫 Los autos sin sello verde tienen prohibida la circulación dentro del anillo de Américo Vespucio durante los días y horarios que rige la Restricción Vehicular, cualquiera que sea el último dígito de su placa patente.
Restricción para motos y similares inscritos antes del 1 de septiembre de 2010
| Día | Último dígito de la patente con restricción |
|---|---|
| Lunes | 6 y 7 |
| Martes | 8 y 9 |
| Miércoles | 0 y 1 |
| Jueves | 2 y 3 |
| Viernes | 4 y 5 |
Esto aplica para motocicletas y similares, inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados antes del 1 de septiembre de 2010; de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, dentro de la provincia de Santiago y comunas de San Bernardo y Puente Alto, según su último dígito de placa patente.
Restricción para buses y vehículos de transporte de carga no catalíticos
| Día | Último dígito de la patente con restricción |
|---|---|
| Lunes | 2-3-4-5 |
| Martes | 6-7-8-9 |
| Miércoles | 0-1-2-3 |
| Jueves | 4-5-6-7 |
| Viernes | 8-9-0-1 |
Zonas y horario de restricción para buses: Buses de transporte privado remunerado de pasajeros, buses interurbanos y rurales sin sello verde, dentro de la provincia de Santiago y comunas de San Bernardo y Puente Alto, de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 10:00 y las 16:00 horas, según su último dígito de la patente.
Zonas y horario de restricción para vehículos de carga: Vehículos de transporte de carga sin sello verde, en el área interior del perímetro delimitado por el anillo Américo Vespucio, de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 10:00 y las 18:00 horas, según su último dígito de la patente.
Vehículos Exentos de la Restricción Vehicular
Por otro lado, la restricción vehicular no considera a vehículos cuya circulación es necesaria para el correcto funcionamiento de la región o bien, resulta menos dañina para el medio ambiente. Algunos ejemplos son:
- Vehículos eléctricos
- Furgones de transporte escolar
- Vehículos a gas
- Ambulancias y otros vehículos que presten servicios a centros de salud como hospitales o clínicas.
- Vehículos correspondientes a Carabineros, Bomberos, PDI y Gendarmería.
- Autos que se utilizan para el traslado de personas con discapacidad, o aquellos que han sido modificados para ser conducidos por personas con algún requerimiento especial.
En la misma línea, a causa del contexto de crisis sanitaria se estableció una exención especial para el personal de salud habilitado, que considera a todo vehículo particular que tenga la función de trasladar a personas que trabajen en centros de salud.
Los siguientes vehículos quedan liberados de la restricción vehicular en la Región Metropolitana:
- Vehículos eléctricos.
- Vehículos híbridos.
- Vehículos a gas que cumplan con el D.S. N.º 55/98, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y que tengan revisión técnica autorizando su circulación con este combustible.
- Furgones escolares.
- Vehículos importados por personas con discapacidad.
- Vehículos importados por personas jurídicas sin fines de lucro.
- Vehículos de uso particular destinados al transporte de personas que padezcan enfermedades que deban concurrir frecuentemente a centros de salud a sus controles y tratamientos. Esto debe acreditarse en la certificación del médico tratante o del centro de salud correspondiente.
- Vehículos de uso particular que sirvan de único medio de transporte para una persona con discapacidad. Esto debe acreditarse con la credencial de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad.
- Vehículos de empresas o instituciones relacionadas con la protección de la salud, las que deben solicitar los permisos correspondientes. Entre ellos se cuentan vehículos destinados al transporte de personas enfermas o con discapacidad y vehículos destinados a prestar servicios de asistencia, consulta o rescate médico.
- Vehículos que presten servicio para la Comisión Chilena de Energía Nuclear abasteciendo de material radioactivo a hospitales y clínicas.
- Coches mortuorios.
- Vehículos que presten servicios de transporte público remunerado de pasajeros, excepto buses rurales e interurbanos, sin sello verde.
- Vehículos destinados a la recolección de basura.
- Vehículos de canales de televisión, los que deben estar equipados con antenas transmisoras para realizar contactos en directo.
- Vehículos de uso particular de prestador individual de salud y que se desempeñe en establecimientos públicos o privados que cuenten con servicios de hospitalización y/o atención de urgencias. Para ello, estos establecimientos deben hacer una certificación especial para el prestador correspondiente.
- Vehículos que cuenten con permiso para circular como parte de proyectos experimentales aprobados por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
- Vehículos de uso particular que deban destinarse al transporte de personas que tengan algún trastorno del espectro autista (TEA), según la Ley 21.545 y que no les resulte adecuado para su salud utilizar medios de transporte público de pasajeros.
Multas por No Cumplir
No cumplir esta normativa puede generar una multa de hasta 1,5 UTM. Actualmente, la ley establece que la multa por restricción vehicular puede tener un monto de entre 1 a 1,5 UTM. Además, los conductores infractores podrían enfrentar problemas, como el retiro inmediato del vehículo. Estas infracciones pueden ser fiscalizadas por Carabineros, inspectores municipales e inspectores facultados por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
La multa por circular teniendo restricción vehicular puede ir de 1 a 1,5 UTM, es decir, entre $68.785 y $103.177, de acuerdo con el valor de la UTM en junio de 2025.
Para el proceso de fiscalización, la Ley de Tránsito faculta a Carabineros, inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones e inspectores municipales.
Impacto Ambiental
La restricción vehicular reduce la contaminación en ciudades densas como Santiago y en comunas como Puente Alto y San Bernardo, promoviendo el transporte sustentable. Desde su inicio, incluida la restricción 2024, ha sido clave para disminuir episodios críticos GEC, mejorando el ambiente y la calidad de vida.
Consejos para Cumplir con la Restricción Vehicular
- Usa transporte público: El Metro y RED te movilizan sin restricciones.
- Carpooling: Comparte viajes para reducir vehículos.
- Opta por eléctricos o híbridos: No están sujetos a restricciones.
- Infórmate: Revisa la UOCT para normativas.
- Planifica: Evita zonas como el Anillo de Américo Vespucio.
Preguntas Frecuentes
- ¿A qué hora empieza y termina la restricción vehicular? En general, rige de 07:30 a 21:00 horas, solo durante días de semana.
- ¿Dónde se aplica? La norma aplica mayormente a la provincia de Santiago, incluyendo el Anillo de Américo Vespucio y las comunas de Puente Alto y San Bernardo.
- ¿Cuánto dura el periodo de restricción? La medida se extiende entre el 2 de mayo y el 31 agosto.
- ¿Qué vehículos están afectados? La restricción afecta autos sin sello verde, motos inscritas antes de 2010 y algunos vehículos de carga según su antigüedad y emisiones. Revisa MTT.
- ¿Qué vehículos están exentos de la restricción vehicular en Chile? Están exentos vehículos de emergencia, transporte público, escolares registrados, diplomáticos, eléctricos, híbridos certificados, y transporte de personas con discapacidad (acreditados).
- ¿Qué diferencia hay respecto a las restricciones vehiculares de otros años? El único cambio que tendrá este año la restricción vehicular tiene relación con las exenciones, ya que este será un trámite que se podrá realizar de forma online a través de la página web de la Subsecretaría de Transportes.
- ¿Tengo restricción si ingreso a Santiago desde otra región? De acuerdo con lo establecido en la resolución mencionada, los vehículos que ingresen a la Provincia de Santiago y comuna de San Bernardo y Puente Alto, utilizando las vías que conforman las rutas o ejes que se indican a continuación, estarán exentos de esta medida, siempre que acrediten que van ingresando a la ciudad.
- Norte - Sur (ambos sentidos)
- Av. Presidente Eduardo Frei Montalva - Manuel Rodríguez - Viel - JJ. Prieto - Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central).
- Av. Presidente Eduardo Frei Montalva - Av. Apóstol Santiago - Joaquín Walker Martínez - Coronel Robles -Av. Padre Hurtado- Av. General Velásquez - Av. Cerrillos - Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central).
- Sur - Norte (ambos sentidos)
- Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez - JJ Prieto - Viel - Manuel Rodríguez - Av. Presidente Eduardo Frei Montalva (Autopista Central).
- Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez - Av. General Velásquez - Coronel Robles - Av. Padre Hurtado - Joaquín Walker Martínez - Av. Apóstol Santiago - Av. Presidente Eduardo Frei (Autopista Central).
- Norte - Costa (Ruta 68)
- Av. Presidente Eduardo Frei Montalva (Autopista Central) - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte) - Ruta 68.
- Norte - Costa (Autopista del Sol)
- Av. Presidente Eduardo Frei Montalva (Autopista Central) - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte) - Autopista del Sol.
- Sur - Costa (Ruta 68)
- Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) - Av. General Velásquez - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Sur) - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte) - Ruta 68.
- Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) - JJ Prieto - Viel - Manuel Rodríguez - Costanera Norte - Ruta 68.
- Sur - Costa (Autopista del Sol)
- Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) - Av. General Velásquez - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Sur) - Autopista del Sol.
- Sur - Costa Ruta 78 (Acceso Sur a Santiago)
- Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) - Autopista Acceso Sur a Santiago - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Sur) - Autopista del Sol.
- Nor-Oriente (Acceso Nor-Oriente a Santiago)
- Acceso Nor-Oriente - Enlace Centenario (sector Puente Centenario)- Costanera Norte- Autopista Los Libertadores - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte).
- Sur Norte (Acceso Sur a Santiago)
- Ruta 5 sur - Acceso Sur - Cardenal Raúl Silva Henríquez (ex Serena) - Av. Circunvalación Américo Vespucio.
- Norte - Sur (ambos sentidos)
- ¿Hay restricción vehicular en septiembre de 2025? No.
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