Seguridad para Vehículos: Clases y Sistemas

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Conducir un vehículo es mucho más que ir del punto A al punto B. Es fundamental conocer los elementos de seguridad que te protegen en la carretera.

¿Cuál es la diferencia entre la seguridad activa y pasiva de un auto?

Debido a que esta serie de elementos enfocadas para salvaguardar a los ocupantes están desarrolladas para diferentes propósitos están catalogadas su función. Conjunto de todos aquellos elementos que contribuyen a proporcionar una mayor eficacia y estabilidad al vehículo en marcha, y en lo posible, evitar un accidente. Algunos de estos componentes reaccionan de forma inmediata antes, durante o tras haber ocurrido el impacto con el fin de optimizar la seguridad de los ocupantes.

Seguridad Activa

Los elementos de seguridad activa son todos aquellos sistemas que ayudan a prevenir la ocurrencia de un siniestro de tránsito. En esta clase de seguridad están aquellos elementos que facilitan el control del vehículo en cualquier situación. Aquí se incluye a los frenos, neumáticos, iluminación, suspensión y los sistemas electrónicos como el control de estabilidad, el ABS y el control de tracción. Por ejemplo:

  • Neumáticos
  • Luces
  • Frenos
  • Espejos retrovisores
  • Sensores

Seguridad Pasiva

Los elementos de seguridad pasiva son aquellos que ayudan a evitar o reducir las consecuencias de un siniestro de tránsito. Dentro de esta sección están incluidos los elementos encargados de proteger o minimizar la fuerza de impacto de los ocupantes y peatones en caso de un incidente. Estos elementos de seguridad no previenen la ocurrencia de un accidente, pero sí contribuyen a aminorar las consecuencias de los mismos. Por ejemplo:

  • Cinturón de seguridad
  • Apoyacabezas
  • Sistema ISOFIX
  • Airbag

A continuación, nos centraremos en los elementos de seguridad pasiva que se mencionan en el Libro para la Conducción en Chile, redactado por la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset).

Elementos de seguridad que deben tener los vehículos motorizados según el Decreto 26

Junto con la Ley de Tránsito, el Decreto 26, publicado en el año 2000, establece más especificaciones sobre los elementos de seguridad que deben tener los vehículos motorizados livianos y medianos para circular por el país.

Este decreto fue modificado por última vez en 2023, a través del Decreto 58. En el artículo 2 y 3, se indica que estos son los elementos de seguridad deben tener los vehículos obligatoriamente:

  • Cinturón de seguridad.
  • Vidrio de seguridad.
  • Desempañador de luneta trasera.
  • Apoyacabeza.
  • Espejo retrovisor interior.
  • Anclaje de asiento.
  • Columna de dirección retráctil.
  • Sistema de bolsa de aire (airbag).
  • Sistema antibloqueo de frenos (ABS).
  • Sistema de protección al ocupante.
  • Espejo retrovisor abatible.
  • Sistema recordatorio de uso de cinturón de seguridad.
  • Anclajes para los sistemas o asientos de seguridad para niños.
  • Programa electrónico de estabilidad (ESP).

Así también, los siguientes son elementos de seguridad no obligatorios:

  • Pretensor para cinturón de seguridad.
  • Sistema Avanzado de Frenado de Emergencia (AEB).
  • Detector de punto ciego (BSD).
  • Asistente de velocidad inteligente (ISA).
  • Asistente de mantenimiento de carril (LKA).

Uso del cinturón de seguridad en el auto

El uso del cinturón de seguridad es obligatorio en Chile para todos los ocupantes del vehículo, tanto para quienes van en los asientos delanteros, como traseros.

En el caso de los asientos traseros, el cinturón es obligatorio para vehículos fabricados desde el año 2002. De cualquier manera, es imperiosa su utilización, ya que, ante un impacto, las personas en los asientos traseros que no llevan puesto el cinturón pueden salir eyectadas, poniendo su vida en riesgo y también pueden golpear mortalmente a los otros ocupantes del vehículo. Cada pasajero debe ir bien sujeto con su respectivo cinturón y no puede compartirlo con otra persona.

Si no usas el cinturón, aparte de exponer tu seguridad, puedes ser sancionado con una multa que puede ir de 1 a 1,5 UTM, es decir, entre $68.293 y $103.385 de acuerdo con el valor de la UTM en julio de 2025.

¿Cuál es el objetivo del cinturón de seguridad?

Los cinturones de seguridad están diseñados para salvar vidas y reducir el riesgo de lesiones en caso de un siniestro de tránsito. Además, ofrecen mayor comodidad, mejor control del vehículo y ayudan a disminuir el cansancio durante la conducción.

De acuerdo con las estadísticas que comparte la Conaset, si una persona no lleva puesto el cinturón de seguridad durante un siniestro, el riesgo de sufrir una lesión medular aumenta en un 1.300% y la probabilidad de fallecer se incrementa en un 300%. Asimismo, un choque frontal a solo 30 o 40 km/h puede ser mortal si la cabeza de la persona golpea el parabrisas o el volante.

¿Cuáles son los efectos de un choque sin llevar puesto el cinturón de seguridad?

El Libro para la conducción lo grafica comparando el impacto del vehículo en km/h con la caída de una persona desde distintos pisos de un edificio sin red de seguridad. En la siguiente tabla te presentamos las equivalencias:

Velocidad del choqueEquivalencia en caída desde un edificio
30 km/hPiso 2
50 km/hPiso 4
70 km/hPiso 7
90 km/hPiso 11

¿Qué pasa con el cinturón después de un siniestro de tránsito?

Lo más probable es que este elemento quede dañado tras un siniestro, por lo que en la Conaset, recomiendan revisarlo después de una eventualidad, ya que su uso puede no ser seguro.

¿Cómo se debe usar el cinturón de seguridad de forma correcta?

Todos quienes viajan en el automóvil, INCLUYENDO LOS ASIENTOS TRASEROS deben usar SIEMPRE el cinturón de seguridad. Las personas que no usan el cinturón de seguridad tienen el doble de posibilidad de morir en un accidente de tránsito. Póngase el cinturón de forma adecuada y sin holguras; si pone la banda abdominal de forma incorrecta, es más probable que se deslice por debajo de ella. Debe estirarlo ligeramente hacia arriba para que quede bien ceñido a su cuerpo.

Banda torácica

La banda torácica debe pasar sobre la clavícula, a medio camino entre el hombro y el cuello, y debe descender por el centro del pecho. Si está colocada sobre el cuello o pecho, puede provocar graves lesiones durante el accidente. Si el cinturón está ubicado sobre el cuello o el pecho, puede causar lesiones graves en caso de siniestro. Si se coloca solo sobre el hombro, puede deslizarse durante el choque, disminuyendo significativamente su eficacia.

Banda abdominal

La banda abdominal debe situarse sobre los huesos de la cadera, siempre por debajo del abdomen, incluso en el caso de una persona embarazada.

Cinturón abrochado

Una vez que hayas abrochado el cinturón, estíralo suavemente hacia arriba para ajustarlo bien a tu cuerpo.

El uso del airbag como elemento de seguridad en el auto

El AIRBAG, Bolsa de aire o Airbag, forma parte del sistema de seguridad pasiva de los vehículos. El AIRBAG es una bolsa de aire que se infla en apenas unas milésimas de segundo al producirse el impacto, protegiendo a los ocupantes del vehículo por los siguientes motivos: En caso de colisión violenta se infla (de modo explosivo) con un gas inocuo permitiendo amortiguar el impacto de los ocupantes del vehículo.

El airbag es una bolsa de aire que se infla en fracciones de segundo al ocurrir un impacto. Hay varios tipos de airbags, como los siguientes:

  • Airbags frontales
  • Airbags laterales
  • Airbags de rodilla
  • Airbags de cortina
  • Airbags de cinturón
  • Airbags posteriores
  • Airbags de peatón

Al comprar un vehículo nuevo, la Conaset aconseja informarse sobre la presencia y el funcionamiento de los airbags en el vehículo.

¿Cómo me protegen los airbags del vehículo en caso de siniestro de tránsito?

Si usas tu cinturón de seguridad de manera correcta, los airbags pueden salvar tu vida. Ante un siniestro, los airbags cumplen las siguientes funciones:

  • Evita que las fuerzas de desaceleración produzcan daños en ellos, especialmente lesiones cervicales y en la cabeza.
  • Reducen el movimiento de los pasajeros para minimizar el riesgo de lesiones, especialmente en la cabeza, disminuyendo daños cervicales.
  • Previenen el impacto de los ocupantes contra elementos internos del vehículo, como el volante, el tablero, el parabrisas o las ventanas.
  • Protegen la cara y los ojos de fragmentos de cristal u otros objetos que puedan desprenderse, como los del parabrisas.

Puede llegar a reducir un 20% la probabilidad de sufrir lesiones mortales.

¿Cuál es la relación del airbag con el cinturón de seguridad?

Los expertos indican que el uso del airbag frontal, en conjunto con el cinturón de seguridad, puede llegar a disminuir un 20% la probabilidad de sufrir lesiones mortales. El airbag no es eficaz si no se utiliza junto con el cinturón de seguridad.

¿Qué pasa si se activa el airbag frontal y no tengo puesto el cinturón?

El airbag puede ser contraproducente si no se usa en conjunto con el cinturón. De hecho, en caso de una colisión, el airbag se infla a una velocidad de hasta 300 km/h.

¿Cómo saber si el airbag está fallando?

Si el sistema de airbag presenta fallas en su estado de reposo, se encenderá la luz de advertencia en el tablero, y debe ser revisado lo antes posible.

La ley prohíbe poner una silla de seguridad infantil en el asiento delantero, peor aún si existe airbag de copiloto. Los menores de 12 años NO deben ir en el asiento del copiloto, por su estatura, la activación del airbag puede provocarle graves lesiones.

Los apoya cabezas como elementos de seguridad en el vehículo

Cuando un vehículo es impactado desde atrás, la aceleración hacia adelante empuja el cuerpo de la persona, provocando el llamado “efecto latigazo”. Los apoya cabezas sirven para prevenir lesiones cervicales cuando su vehículo es impactado por atrás.

Para evitarlo, es importante usar el apoya cabezas correctamente. No hacerlo puede resultar en un esguince cervical, que causa dolores musculares, reducción de la movilidad del cuello, mareos y puede durar meses.

Ajuste perfecto: El borde superior del apoyacabezas debe quedar a la altura de tus ojos o la parte superior de tu cabeza.

Elementos de seguridad que deben tener los vehículos motorizados según el Decreto 22

En el Decreto 22 se establecen los requisitos que deben cumplir los sistemas de frenos, luces, señalizadores, aparatos sonoros, vidrios, dispositivos de emergencia y rueda de repuesto.

Sistema de frenos

El artículo 1 del decreto, indica que los vehículos motorizados deben tener, a lo menos, dos sistemas de frenos de acción independientes uno del otro. Además, al menos, uno de estos deberá accionar sobre todas las ruedas del vehículo.

Vehículos motorizados de dos o tres ruedas

Por su parte, los vehículos motorizados de dos o tres ruedas, deben contar como mínimo con dos sistemas de frenos, uno que actúe sobre la rueda o ruedas delanteras y otro que actúe sobre la rueda o ruedas traseras.

Bicicletas y triciclos

Así también, las bicicletas y triciclos deben estar provistos, a lo menos, de un sistema de frenos, ya sea de pie o de mano, que accione sobre la rueda trasera o delantera.

Vehículos de tracción animal de cuatro ruedas

Los vehículos de tracción animal de cuatro ruedas deben contar con un freno que accione sobre dos ruedas, a lo menos.

Remolques

Los remolques con una capacidad de carga superior a 750 kilogramos, deben llevar sistemas de frenos independientes, que se accionen desde el vehículo tractor simultáneamente con los frenos de este, o contar con frenos de inercia.

Además, el remolque debe tener un dispositivo capaz de detenerlo automáticamente si, en movimiento, se desconecta o desprende del vehículo tractor. El frenado de remolques con un peso bruto vehicular de 3.500 kilogramos o menos, puede ser por inercia, es decir, realizado utilizando las fuerzas que provoca el acercamiento del vehículo remolcado al tractor.

Focos y exteriores

En el artículo 5, se indica que los vehículos, según su tipo o clase, deben estar provistos de los siguientes focos y luces exteriores:

Vehículos motorizados de cuatro o más ruedas

Parte delantera: Dos focos que permitan proyectar las luces bajas y altas, dos luces de estacionamiento, y dos destellantes de viraje.

Parte trasera: Dos luces de estacionamiento, dos destellantes de viraje, dos de frenos, dos de retroceso, dos luces rojas fijas y una que ilumine la placa patente. Los vehículos motorizados livianos pueden estar provistos con una o dos luces de retroceso.

Remolques y semirremolques

Las mismas luces definidas para la parte trasera de los vehículos motorizados de cuatro o más ruedas.

Vehículos motorizados de dos o tres ruedas

Parte delantera: Un foco que permita proyectar las luces bajas y altas.

Parte trasera: Luz roja fija, luz de freno y dos luces destellantes de viraje.

Triciclos y bicicletas

Parte delantera: Un foco que permita proyectar luz frontal.

Parte trasera: Luz roja fija.

Vehículos a tracción animal y carretones de mano

Deben llevar un farol en la parte delantera de cada uno de los costados que sobresalga de su estructura y que proyecten luz blanca hacia adelante y roja hacia atrás, en forma perfectamente visible.

Color de las luces

El artículo 6, indica que las luces de los vehículos deben proyectar los siguientes colores, dependiendo de su ubicación:

  • Luces proyectadas hacia adelante: Pueden ser blancas o amarillas.
  • Luces proyectadas hacia atrás: Deben ser de color rojo.
  • Luces de retroceso: Deben ser blancas.
  • Luces de viraje traseras y de estacionamiento: Pueden ser rojas o amarillas.

A su vez, los vehículos de más de 2,1 metros de ancho, deben llevar:

  • Luces amarillas frontales, a ambos extremos de la parte superior de la carrocería, en forma que indiquen, claramente, el ancho y altura máxima del vehículo. En los extremos laterales de la parte superior trasera, deberán llevar luces rojas.

Luces de circulación diurna

El artículo 9 indica que los vehículos motorizados que, de fábrica, hayan sido dotados de luces de circulación diurna, podrán utilizarlas.

Las luces de circulación diurna son dos luces blancas o amarillas frontales, que indican que un vehículo está en movimiento o se dispone a hacerlo, las que deben encenderse conjuntamente con el encendido del vehículo y solo pueden estar encendidas conjuntamente con las luces traseras fijas.

Al circular por rutas interurbanas, incluso cuando estas rutas atraviesan zonas urbanas, se debe andar con las luces de circulación diurnas encendidas, y de no contar con estas, se debe hacer con las luces bajas encendidas.

Luces antiniebla

Los vehículos motorizados de cuatro o más ruedas, pueden estar provistos en su parte delantera de dos luces antiniebla de color blanco o amarillo y en su parte trasera con una o dos luces antiniebla de color rojo.

Estas luces solo deben llevarse encendidas cuando las condiciones meteorológicas o ambientales sean especialmente desfavorables para la visión, como niebla espesa, lluvia intensa o fuerte nevada.

Bocina y aparatos sonoros

El artículo 12 establece que los vehículos deben estar provistos de un aparato sonoro que solo puede emitir sonidos monocordes de intensidad moderada.

Por otra parte, los vehículos policiales, carros bomba y ambulancias pueden usar, en actos de servicio urgentes, dispositivos de sonido especial.

Rueda de repuesto

El artículo 14 establece que la rueda de repuesto obligatoria indicada en la Ley de Tránsito no es exigible para los vehículos que, de fábrica, cuenten con un sistema alternativo al cambio de ruedas.

Este sistema alternativo debe ser acreditado ante el Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV) del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y formará parte del proceso de homologación del vehículo.

Vidrios

En su artículo 16, se indica que los vidrios de los vehículos livianos, medianos y pesados, deben cumplir con las normas de seguridad que se describen en la Resolución Nº 48, de 2000, del Ministerio de Transportes. Esta exigencia es obligatoria para los vehículos cuyo año de fabricación sea 2007 o posterior.

Dispositivos para casos de emergencia

Los dispositivos para casos de emergencia, mencionados en la Ley de Tránsito, que todo vehículo debe portar, son los siguientes:

Triángulos

  • Deben ser a lo menos 2 y tener la forma de triángulo equilátero.
  • Deben ser visibles tanto de día como de noche, por lo que sus lados deben contar con material que asegure su retrorreflexión.
  • Deben ser confeccionados con materiales que al ser embestidos por un vehículo, no lo dañen.
  • Deben ser estables, de manera tal que su ubicación y posición no se alteren por la vibración y corrientes de aire provocadas por el paso de los demás vehículos.
  • En caso de emergencia, deben colocarse uno por delante y otro por detrás del vehículo, en forma tal que sean visibles por los demás conductores. En vías de sentido único de tránsito o de más de tres pistas de circulación en un mismo sentido, se puede colocar uno solo, ubicado detrás del vehículo.

Chaleco de alta visibilidad

  • Debe ser confeccionado con material fluorescente.
  • Debe encontrarse siempre en un lugar del vehículo que sea accesible desde el interior.
  • Debe ser de color amarillo.
  • Debe contar con bandas de material retrorreflectante de un ancho no inferior a 50 mm.

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