En Chile, los sellos de los vehículos son un indicador importante de su estado técnico y su impacto ambiental. Estos sellos certifican que el vehículo ha pasado por una inspección técnica y cumple con los requisitos legales para circular.
Tipos de Sellos Vehiculares
Existen tres tipos principales de sellos que se aplican a los automóviles en Chile, cada uno representando el nivel de emisiones contaminantes y las restricciones de circulación:
- Sello Verde: Indica que el vehículo cumple con las regulaciones ambientales para circular por todo el país. Los autos deben revalidar este sello anualmente durante la revisión técnica.
- Sello Amarillo: Corresponde a vehículos cuyas normas de emisión están por encima de lo permitido en la Región Metropolitana, restringiendo su circulación en esta zona, pero permitiéndola en el resto del país.
- Sello Rojo: Distingue a los vehículos con un alto nivel de emisión de gases contaminantes, con restricciones para circular en las regiones Metropolitana, V y VI, excepto en días festivos.
Es importante destacar que un vehículo con sello amarillo o rojo no puede obtener el sello verde, sin importar las reparaciones que se le realicen.
¿Dónde se debe pegar el sello?
El sello, ya sea verde, amarillo o rojo, debe pegarse en el parabrisas, de forma que no obstaculice la visión del conductor.
Revisión Técnica y Sellos
Los vehículos son responsables de una parte importante de la contaminación ambiental en las ciudades chilenas. Por ello, deben demostrar que los niveles de gases tóxicos que emiten están dentro de los límites permitidos por ley. La revisión técnica es el proceso mediante el cual se verifica el cumplimiento de estas normativas.
Oportunidades para aprobar la Revisión Técnica
El proceso de Revisión Técnica de un vehículo cuenta con un máximo de dos oportunidades. Si un vehículo es rechazado en la primera instancia, tendrá derecho a una segunda oportunidad, siempre y cuando la segunda revisión se realice en un plazo no superior a 15 días corridos desde la fecha de la primera inspección.
Costo de la Segunda Revisión Técnica
El costo de la segunda revisión técnica depende de la causa del rechazo inicial:
- Si la causa del rechazo fue una prueba visual, la segunda revisión es gratuita, siempre que se realice dentro de los 15 días corridos.
- Si la causa del rechazo fue una prueba instrumental, la planta revisora podrá cobrar solo el valor de la prueba en la que el vehículo fue rechazado, siempre que la segunda revisión se realice dentro de los 15 días corridos.
Si el vehículo se presenta en la planta revisora después de los 15 días corridos, se considerará un nuevo proceso de revisión y se deberá cancelar la tarifa completa.
¿Qué hacer en caso de extravío de la documentación para la revisión técnica?
En caso de extravío de los documentos necesarios para realizar la revisión técnica, se debe solicitar el duplicado de la siguiente manera:
- Padrón: Solicitar duplicado en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados o un Certificado de Anotaciones Vigentes en el Registro Civil.
- Permiso de Circulación: Solicitar duplicado en la municipalidad donde se obtuvo el último permiso de circulación.
- Certificado de Revisión Técnica y de Gases: Solicitar duplicado en la planta revisora donde se realizó la última revisión técnica o en la municipalidad donde se obtuvo el último permiso de circulación.
Vehículos Antiguos o de Colección
Todo vehículo motorizado, incluyendo los antiguos o de colección, debe contar con revisión técnica aprobada y vigente para circular en las vías públicas del país. El Decreto Supremo Nº 74/2009 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones establece las normas para el reconocimiento de vehículos antiguos o históricos.
Trámite para Vehículos Importados
Para realizar la primera revisión técnica en el país de vehículos importados directamente, el usuario debe seguir estos pasos:
- Concurrir a la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y solicitar el formulario denominado Anexo 1.
- Llenar el formulario Anexo 1 con la información solicitada.
- Adjuntar al formulario la siguiente documentación:
- Copia simple de la Declaración de Internación del vehículo, extendida por el Servicio Nacional de Aduanas.
- Copia simple de la Solicitud de Inscripción del vehículo en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación.
- Copia simple de la Liberación de Derechos, extendida por el Servicio Nacional de Aduanas (solo para vehículos internados por Zonas Francas).
- Cualquier otra documentación que acredite que el vehículo fue internado directamente.
- Ingresar la solicitud en la Oficina de Partes de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes.
Restricciones Vehiculares en 2025
En 2025, las restricciones vehiculares afectarán a:
- Autos con sello verde inscritos antes del 1 de septiembre de 2011.
- Motos inscritas antes del 1 de septiembre de 2010.
- Autos sin convertidor catalítico (sin sello verde).
En caso de Preemergencia Ambiental, se sumarán vehículos de carga, incluidas camionetas, independientemente de su año de fabricación.
Calendario de Restricción Vehicular 2025
El calendario de la Restricción Vehicular 2025 fue publicado el 29 de abril de 2025 y se basa en la Resolución Exenta N°1893/2025 SRM-RM.
Restricción para Autos con Sello Verde
Automóviles, station wagons y similares con sello verde, inscritos antes del 1 de septiembre de 2011, tendrán restricción de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, dentro de la provincia de Santiago y comunas de San Bernardo y Puente Alto, según su último dígito de placa patente.
| Día | Último dígito de la patente con restricción |
|---|---|
| Lunes | 6 y 7 |
| Martes | 8 y 9 |
| Miércoles | 0 y 1 |
| Jueves | 2 y 3 |
| Viernes | 4 y 5 |
Restricción para Autos sin Sello Verde fuera del Anillo de Américo Vespucio
Automóviles, station wagons y similares sin sello verde, motocicletas y similares de años anteriores al año 2002; fuera del perímetro delimitado por el anillo Américo Vespucio, pero dentro de la provincia de Santiago y comunas de San Bernardo y Puente Alto, la restricción rige de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, de acuerdo con su último dígito de placa patente, en función del siguiente calendario:
| Día | Último dígito de la patente con restricción |
|---|---|
| Lunes | 2-3-4-5 |
| Martes | 6-7-8-9 |
| Miércoles | 0-1-2-3 |
| Jueves | 4-5-6-7 |
| Viernes | 8-9-0-1 |
Restricción para Autos No Catalíticos dentro del Anillo de Américo Vespucio
Los autos no catalíticos tienen prohibida la circulación dentro del anillo de Américo Vespucio durante los días y horarios que rige la Restricción Vehicular.
"Automóviles, station wagons y similares, sin sello verde, cualquiera sea su último dígito de su placa patente y motocicletas y similares de años anteriores al 2002; de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, en el área interior del perímetro delimitado por el anillo Américo Vespucio".
Restricción para Motos y Similares inscritos antes del 1 de septiembre de 2010
Esto aplica para motocicletas y similares, inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados antes del 1 de septiembre de 2010; de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, dentro de la provincia de Santiago y comunas de San Bernardo y Puente Alto, según su último dígito de placa patente.
| Día | Último dígito de la patente con restricción |
|---|---|
| Lunes | 6 y 7 |
| Martes | 8 y 9 |
| Miércoles | 0 y 1 |
| Jueves | 2 y 3 |
| Viernes | 4 y 5 |
Restricción para Buses y Vehículos de Transporte de Carga no Catalíticos
| Día | Último dígito de la patente con restricción |
|---|---|
| Lunes | 2-3-4-5 |
| Martes | 6-7-8-9 |
| Miércoles | 0-1-2-3 |
| Jueves | 4-5-6-7 |
| Viernes | 8-9-0-1 |
Zonas y horario de restricción para buses
Buses de transporte privado remunerado de pasajeros, buses interurbanos y rurales sin sello verde, dentro de la provincia de Santiago y comunas de San Bernardo y Puente Alto, de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 10:00 y las 16:00 horas, según su último dígito de la patente.
Zonas y horario de restricción para vehículos de carga
Vehículos de transporte de carga sin sello verde, en el área interior del perímetro delimitado por el anillo Américo Vespucio, de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 10:00 y las 18:00 horas, según su último dígito de la patente.
Vehículos Exentos de Restricción Vehicular
Los siguientes vehículos están exentos de la restricción vehicular en la Región Metropolitana:
- Vehículos eléctricos.
- Vehículos híbridos.
- Vehículos a gas que cumplan con el D.S. N.º 55/98.
- Furgones escolares.
- Vehículos importados por personas con discapacidad.
- Vehículos importados por personas jurídicas sin fines de lucro.
- Vehículos destinados al transporte de personas con enfermedades que requieran controles y tratamientos frecuentes.
- Vehículos de uso particular que sean el único medio de transporte para una persona con discapacidad.
- Vehículos de empresas o instituciones relacionadas con la protección de la salud.
- Vehículos que presten servicio para la Comisión Chilena de Energía Nuclear.
- Coches mortuorios.
- Vehículos de transporte público remunerado de pasajeros (excepto buses rurales e interurbanos sin sello verde).
- Vehículos destinados a la recolección de basura.
- Vehículos de canales de televisión equipados con antenas transmisoras.
- Vehículos de uso particular de prestadores individuales de salud en establecimientos públicos o privados con servicios de hospitalización y/o urgencias.
- Vehículos con permiso para circular como parte de proyectos experimentales aprobados por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
- Vehículos de uso particular destinados al transporte de personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA).
Ingreso a Santiago desde Otra Región
Los vehículos que ingresen a la Provincia de Santiago y comuna de San Bernardo y Puente Alto, utilizando las vías especificadas en la resolución, estarán exentos de la restricción, siempre que acrediten que están ingresando a la ciudad.
Multa por No Respetar la Restricción Vehicular
La multa por circular con restricción vehicular puede ir de 1 a 1,5 UTM, lo que equivale a entre $68.785 y $103.177 (valor de la UTM en junio de 2025). Carabineros, inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones e inspectores municipales están facultados para fiscalizar el cumplimiento de la restricción.
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