Zócalo de Auto Definición en el Plan Regulador Comunal de Santiago

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El presente artículo aborda la modificación del Plan Regulador Comunal de Santiago, específicamente en lo relativo al Estudio Plan de Desarrollo y Valorización del Patrimonio Urbano - Arquitectónico de Santiago Poniente.

Esta modificación incorpora diversas definiciones generales y normas para Zonas Típicas, Zonas e Inmuebles de Conservación Histórica y Sectores Especiales. Además, incluye cambios a las normas generales de subdivisión, ocupación del suelo y edificación; cambios a la zonificación del Plan, tanto en la delimitación y extensión de sus distintas Zonas o Sectores como en la determinación de sus normas técnicas de usos de suelo y de edificación; cambios en la denominación y definición de Sectores Especiales; cambios en la vialidad a nivel Comunal, suprimiendo el ensanche de 11 vías Comunales.

La modificación al texto de la Ordenanza local se realiza modificando el Capítulo III de definiciones y normas generales sobre usos de suelo, subdivisión y ocupación de suelo y sobre edificación; agregando el nuevo Párrafo 1°, pasando el actual Párrafo 1° a ser 2º, y el actual Párrafo 2°, a ser el 3°, y pasando el actual Artículo 7 a ser Artículo 8 y así sucesivamente hasta el Artículo 18, que pasa a ser 19. Además se incorporan los siguientes nuevos Artículos 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26 y 27.

Definiciones Clave del Plan Regulador

Dentro de las modificaciones al Plan Regulador Comunal de Santiago, se incluye un párrafo dedicado a las definiciones. A continuación, se presentan algunas de las definiciones más relevantes:

  • Area Libre: Corresponde, en los proyectos de conjuntos con destino residencial, a aquella superficie de uso común abierta al menos por dos lados, preferentemente no cubierta, que puede ser destinada exclusivamente a jardines o áreas verdes, patio de juegos, terraza o circulación peatonal, circulaciones vehiculares y estacionamientos de superficie.
  • Cornisa: Elemento superior o de coronación de un inmueble, constituido como franja horizontal generalmente con elementos salientes respecto del plano de la fachada y con algún tipo de ornamentación; en algunos casos con juegos de transparencia / opacidad.
  • Cuerpo: Corresponde a aquella parte de la fachada comprendida entre el zócalo y la cornisa.
  • Eriazo: Sitio o terreno baldío que no presente ningún tipo de construcción, asimilándose a esta categoría aquellos predios ocupados como playas de estacionamientos.
  • Intervención de un Inmueble: Se define como el proceso o conjunto de acciones que implican obras de construcción, conservación, rehabilitación o restauración de un inmueble o conjunto.
  • Marquesina: Elemento de fachada de un edificio que se proyecta sobre el espacio público para proteger al peatón en su condición de acceso o de circulación.
  • Piso Retirado: Es aquel volumen formado por planos verticales de fachada, sea ésta frontal, lateral o posterior, y cuya altura máxima es de 3 metros e inscrito en una rasante de 45º aplicada desde el plomo de la fachada frontal a partir de la altura máxima de edificación.
  • Porcentaje de Area libre: Porcentaje de la superficie total del predio no edificable a la cual se le descuenta previamente las áreas declaradas de utilidad pública que pudieren afectarla por disposiciones del Plan Regulador Comunal.
  • Porcentaje de Jardines: Porcentaje de la superficie total del área libre del predio que debe destinarse a jardines, descontadas previamente las áreas declaradas de utilidad pública que pudieran afectarlo por disposiciones del Plan Regulador Comunal.
  • Sector Especial: Se define como aquellos cuyas características espaciales, morfológicas o funcionales presentan rasgos específicos que las identifican como tales.
  • Simetría de Espejo: Orden centrado en un eje, en torno al cual se generan dos partes idénticas al modo de un espejo.
  • Zócalo: Elemento base o soporte del inmueble, constituido como franja horizontal y generalmente poco decorado.

Normas Generales de Subdivisión y Ocupación del Suelo

Se han establecido normas generales de subdivisión y ocupación del suelo y de edificación para los Sectores Especiales B8, B9, B10, E3, E4, E5, D2, D3, D4 y D5 y las Zonas de Conservación Histórica B3 y D1. Todos los anteriores contenidos dentro del área delimitada por:

  • NORTE: EJE DE AV. PRESIDENTE BALMACEDA.
  • ORIENTE: EJE DE AV. MANUEL RODRIGUEZ PONIENTE.
  • SUR: FONDOS DE PREDIOS DE LA ACERA SUR DE AV. LIB. BDO. O'HIGGINS ENTRE MANUEL RODRIGUEZ PONIENTE Y UNION LATINOAMERICANA; EXCLUIDOS LOS PREDIOS CORRESPONDIENTES AL SECTOR DE CONSERVACION B4; EJE ARTURO GODOY ENTRE UNION LATINOAMERICANA Y BASCUÑAN GUERRERO, EJE BASCUÑAN GUERRERO ENTRE ARTURO GODOY Y SALVADOR SANFUENTES, SALVADOR SANFUENTES ENTRE BASCUÑAN GUERRERO Y EXPOSICION.
  • PONIENTE: EJE DE EXPOSICION ENTRE SALVADOR SANFUENTES Y AV. LIB. BDO. O'HIGGINS, EJE DE AV. MATUCANA ENTRE AV. LIB. BDO. O'HIGGINS Y AGUSTINAS, FONDOS DE PREDIOS DE ACERA PONIENTE DE AV. MATUCANA ENTRE AGUSTINAS Y SANTO DOMINGO, EJE AV. MATUCANA ENTRE SANTO DOMINGO Y CARRASCAL.

Los proyectos de densificación que se ejecuten a través de nuevas edificaciones, al momento de solicitar la recepción final, deberán tener materializados los jardines de acuerdo al porcentaje del área libre destinado a dicho efecto, según lo establecido para cada zona o sector.

No se permite la extracción de árboles en los lugares públicos salvo casos muy especiales calificados por la Dirección de Obras Municipales en conjunto con la Dirección de Ornato, Parques y Jardines. Los proyectos de edificación nueva deberán ubicar el acceso a los estacionamientos respetando la posición de los árboles existentes en el bandejón, y deberá disponerse la protección de los mismos durante el periodo de la construcción de la obra.

No obstante lo anterior, si por razones de fuerza mayor fuese necesario extraer un árbol existente, deberá procederse a su reposición mediante una planta similar, que tenga un desarrollo mínimo de 3 metros de alto.

En el caso de proyectarse antejardines, éstos deberán constituirse como jardín, con excepción del ingreso peatonal al edificio y el ingreso de autos al estacionamiento.

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