De acuerdo a la Ley de Tránsito (18.290), se establecen siete tipos de vehículos de emergencia que están autorizados por el Estado a circular por nuestras calles.
Todos ellos tienen diferentes objetivos y finalidades, por ende, tienen ciertas normas especiales y pueden realizar diferentes acciones para poder actuar de la forma más rápida posible.
Los vehículos de emergencia tienen diferentes artículos en la Ley de Tránsito, ya que como su objetivo es combatir una emergencia, obviamente deben actuar de diferente manera que los automóviles comunes.
Normas especiales para vehículos de emergencia
Ahora, te detallaremos cuáles son las normas especiales que tienen este tipo de vehículos:
- Todos los vehículos de emergencia pueden usar cualquier foco o luz adicional al conducir, las cuales pueden ser fijas o giratorias.
- En zonas urbanas está prohibido el uso de cualquier aparato sonoro de que estén provistos los vehículos, sin embargo, este tipo de vehículos en servicios urgentes SI lo pueden realizar.
- Siempre deben hacer uso de sus señales audibles, como por ejemplo la sirena. Eso sí, siempre teniendo cuidado con los peatones y vehículos.
Si circulas y te encuentras con este tipo de vehículos, siempre debes respetar su derecho preferente.
Al igual que los conductores, los peatones también deben respetar el derecho preferente.
¿Qué dice la Ley de Tránsito sobre los vehículos de emergencia en Chile?
Sobre los vehículos de emergencia en Chile, la Ley de Tránsito establece varias normas que te explicamos a continuación.
Sobre el uso de focos o luces
El artículo 71 indica que solo los vehículos de emergencia tienen permitido el uso de cualquier foco o luz adicional al conducir, que pueden ser fijas o giratorias. Si no conduces un vehículo de emergencia, entonces tienes prohibido portar este tipo de luces en tu auto.
Sobre el uso de aparatos sonoros
En el artículo 74 se establece que está prohibido en zonas urbanas el uso de “cualquier aparato sonoro de que estén provistos los vehículos”, como la bocina, en casos que no impliquen la prevención de un accidente, excepto para los vehículos de emergencia en servicios urgentes.
Sobre la obligación de los conductores
Según lo dispuesto en el artículo 142, si en la vía pública se aproxima un vehículo de emergencia haciendo uso de sus señales audibles y visuales, como conductor debes cumplir con las siguientes reglas:
- Si circulas en el mismo sentido que el vehículo de emergencia que se aproxima, debes respetar su derecho preferente de paso, conduciendo hacia al lado de la calzada desocupado, lo más cerca de lo posible de la solera o del eje de la calzada. En caso de ser necesario para el paso del vehículo de emergencia, debes detenerte.
- Si te acercas a un cruce por el que pasará un vehículo de emergencia, debes detenerte y respetar su paso.
Ahora, en el caso del conductor de un vehículo de emergencia:
- Cuando se aproxima a un cruce con luz roja del semáforo u otra señal de detención, como un disco PARE, debe reducir la velocidad y detenerse si es necesario, hasta estar seguro de que los demás vehículos le han cedido el paso, sin riesgo de accidente.
- Tiene permitido estacionar o detenerse en sitios prohibidos, haciendo uso de sus señales audibles y visuales, en caso de acudir a un llamado de urgencia.
Sobre las señales audibles y visibles
Los vehículos de emergencia deben hacer uso de sus señales audibles (como la sirena, por ejemplo) y visibles solo en los casos de llamada de urgencia, y siempre teniendo cuidado con los peatones y vehículos que estén en la misma vía, tal como se indica en el artículo 143.
Sobre el tránsito de los peatones
El artículo 162 indica que, al igual que los conductores, los peatones también deben respetar el derecho preferente de paso de los vehículos de emergencia.
¿Qué hacer si me encuentro con un vehículo de emergencia en la calle o carretera?
Si conduces cualquier vehículo y se aproxima un vehículo de emergencia haciendo uso de sus señales audibles y visibles, debes ceder el paso, ya que los vehículos de emergencia tienen derecho preferente de paso.
Para ello, debes desplazarte hacia el lado desocupado que tengas, o detenerte hasta que el vehículo de emergencia pueda pasar.
Esto también aplica para los peatones, quienes deberán esperar para cruzar la calle y no interferir en el paso de un vehículo de emergencia.
¿Cuáles son los vehículos de emergencias en Chile?
- Carabineros de Chile: su principal objetivo es garantizar, mantener el orden y la seguridad pública.
- Policía de Investigaciones (PDI): su finalidad es la investigación y resolución de delitos en el país. La Policía de Investigaciones de Chile es la policía civil encargada de la investigación y resolución de delitos en el país.
- Bomberos: son los encargados de prestar servicios de prevención y extinción de incendios.
- Brigadas Forestales de la Corporación Nacional Forestal (CONAF): son equipos especializados en la prevención y combate de incendios forestales en el territorio chileno.
- Fuerzas Armadas (FF.AA): en nuestro país las FF.AA son el Ejército, la Armada, y la Fuerza Aérea, estos depende del Ministerio de Defensa Nacional y responden en defensa del país.
- Servicio de Seguridad, Salvamento y Extinción de Incendios de la Dirección General de Aeronáutica Civil: su labor es realizar labores de rescate y salvamento de personas víctimas de accidentes de aviación.
Multas por no respetar el paso de vehículos de emergencia
Si utilizas dispositivos especiales propios de los vehículos de emergencia en tu auto, incurrirás en una infracción grave.
Y si infringes cualquiera de las disposiciones del artículo 142, es decir, si no respetas el paso preferente de un vehículo de emergencia e interfieres en su paso, cometes una infracción menos grave.
Por ello, debes apegarte siempre a la Ley de Tránsito y respetar todas las normas de tránsito.
En caso de no respetar el paso preferente, te enfrentas a una multa cuya infracción es catalogada como “menos grave”, por ende sus precios son de 0,5 a 1 UTM, algo así como $34.324 a $68.648.
En caso de utilizar dispositivos especiales propios de estos vehículos la infracción es “grave”, por ende, la multa va de 1 a 1,5 UTM, es decir, $68.648 a $102.972.
Servicio de Atención Médico de Urgencias (SAMU)
El Servicio de Atención Médico de Urgencias (SAMU) es una institución dependiente del Ministerio de Salud, presente en todas las regiones de Chile, cuya labor es gestionar todas las llamadas realizadas al 131 de manera regional.
Cualquier persona en el territorio nacional puede llamar al 131, independiente si lo hace desde un teléfono fijo o celular.
En general, las informaciones que preguntamos son si quien llama está con el afectado o la afectada, la edad aproximada de la persona en situación de emergencia, su sexo, si respira, si está consciente, si habla, dirección y referencias del lugar.
Además, en casos de trauma (lesión o daño), preguntamos por su origen: volcamiento, colisión, caída de altura, lesión por arma, etc.
Preguntas frecuentes sobre el SAMU:
¿Cuándo llamar al SAMU?
Cuando tú o una persona que esté cerca de ti tenga una emergencia médica.
¿El SAMU cobra por sus servicios?
No, ya que al ser una institución pública tenemos por obligación atender a cualquier persona que llame al 131 y que presente una situación que sea evaluada como una emergencia médica por nuestros compañeros del Centro Regulador.
¿A qué centros asistenciales traslada el SAMU a los pacientes?
El SAMU traslada a los pacientes graves al centro hospitalario público o privado más cercano.
¿Todas las ambulancias que circulan por la calle pertenecen al SAMU?
No. Solamente las ambulancias del SAMU Metropolitano, con colores amarillo, azul y blanco y el logo de nuestra institución.
¿Qué tipos de ambulancias tiene el SAMU?
En el SAMU Metropolitano contamos, fundamentalmente, con dos tipos de ambulancias: Básicas y Avanzadas. Las primeras cuentan con personal y equipamiento necesario para solucionar urgencias médicas de menor complejidad.
¿De quién depende el SAMU?
El SAMU Metropolitano depende del Servicio de Salud Metropolitano Central y, por lo tanto, del Ministerio de Salud.
¿Cuál es la diferencia entre el SAMU y el Servicio de Atención Primaria de Urgencias (SAPU)?
El Servicio de Atención Primaria de Urgencias (SAPU), en cambio, corresponde a una unidad de Atención Primaria que atiende urgencias médicas en un lugar físico determinado.
¿Qué hacer en caso de un accidente laboral?
Según la ley, “se reconoce como accidente laboral toda lesión que sufre una persona a causa o con ocasión de su trabajo y que le produzca lesiones de incapacidad o muerte.
Por ley, quienes tienen que hacerse cargo de este tipo de accidentes es la mutualidad que cada empresa o trabajador tenga.
Si alguien llama al 131 y tras un par de consultas de un operador telefónico del Centro Regulador se determina que se trata de un accidente laboral no grave, el operador indicará que se debe llamar al número de emergencias de la mutualidad correspondiente.
¿Las personas a las que trasladamos son atendidas antes que otras en los centros asistenciales en que las ingresamos?
No.
¿Qué es el Triage?
Es un sistema de categorización del nivel de gravedad de una persona y, por lo mismo, determina quién es atendido primero en un centro de urgencia.
¿El SAMU entrega certificados de defunción?
No. En caso de que atendamos a una persona y fallezca en un traslado -o una vez ingresado- a un centro de salud, es un médico de dicho centro quien lo emite.
¿El SAMU realiza rescates en cerros?
No.
¿El SAMU traslada pacientes postrados?
No.
¿El SAMU atiende a pacientes con hospitalización domiciliaria?
Sólo si la persona postrada o con hospitalización domiciliaria sufre una emergencia médica puede ser atendida por personal del SAMU Metropolitano.
¿Dónde puedo hacer un reclamo o felicitación al SAMU?
Para eso está nuestra Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS).
¿Con qué personal cuentan las ambulancias del SAMU?
Todas nuestras ambulancias cuentan al menos con un Conductor y un Técnico del área de la salud.
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