Las vías públicas en Chile se componen de caminos, calles, avenidas, ciclovías, autopistas, carreteras, vías rurales, vías urbanas, aceras, caminos vecinales o particulares destinados al uso público. Estas vías públicas están destinadas al tránsito de peatones, pasajeros, conductores, y cualquier clase de vehículos.
¿Qué está permitido en la vía pública?
De acuerdo con la Ley de Tránsito, está permitido circular por las vías públicas siempre y cuando se cumpla con las normas establecidas, y con las órdenes o señales de Carabineros relativas al tránsito. Lo primero que necesitas para transitar por la vía pública en un vehículo automotor de manera legal es tener tu licencia de conducir vigente, y junto con esto, todos los documentos del auto o moto al día:
- Padrón vehicular.
- Permiso de circulación.
- Certificado de SOAP.
- Certificado de Revisión Técnica, o certificado de homologación, en caso de que tu auto sea nuevo.
También, mientras conduces, debes cumplir con varios aspectos de la ley. Y, a su vez, las vías públicas deben contar con la señalización de tránsito necesaria para que los vehículos puedan circular de manera segura y ordenada.
En el caso de que las vías públicas se encuentren en mal estado o con falta de señalización, y a causa de esto te veas involucrado en un accidente de tránsito, la Municipalidad respectiva será responsable civilmente del accidente.
El Uso de las Luces en las Vías Públicas
La luces de un vehículo son muy importantes a la hora de transitar por las vías públicas urbanas. Los vehículos motorizados deben circular con luz baja en los caminos y vías rurales, con luz alta. Sobre el uso de las luces altas, debes estar muy atento, porque la luz alta causa encandilamiento, y si se acerca un vehículo en dirección contraria, debes apagarlas y usar las bajas. Así también, si se acerca un vehículo por atrás.
Circulación de Vehículos
En las vías públicas, existen reglas de circulación de los vehículos en cuanto a la posición en la que deben transitar. Los vehículos deben circular por la mitad derecha de la calzada, salvo en los siguientes casos:
- Cuando se adelante a otro vehículo que va en el mismo sentido.
- Cuando el tránsito por la mitad derecha de una calzada esté impedido por construcciones, reparaciones u otros incidentes que alteren la normal circulación.
- En la circulación urbana, cuando la calzada esté exclusivamente señalizada para el tránsito en un solo sentido.
Estacionamiento de Vehículos
En la vía pública, los vehículos deben estacionarse al lado derecho de la calzada, en el sentido del tránsito, a menos que las autoridades indiquen lo contrario. Así también, las municipalidades deben establecer, por cada tres cuadras, estacionamientos destinados exclusivamente a personas con discapacidad.
De igual forma, todo vehículo estacionado en una vía pública, sin alumbrado público, durante la noche o cuando las condiciones de visibilidad lo requieran, debe mantener encendidas sus luces de estacionamiento o de emergencia. Y si estás estacionado por una emergencia, por averías o desperfectos mecánicos, debes advertir el hecho por medio de los dispositivos de emergencias.
Además, si producto de un desperfecto o de un accidente, tu vehículo resulta dañado o destruido, no puede permanecer en la vía pública. Debes retirarlo a la brevedad para no entorpecer el tránsito. Y si no lo retiras dentro de veinticuatro horas, será puesto a disposición del Juzgado de Policía Local correspondiente.
Tránsito de Peatones
Los peatones en la vía pública deben respetar las siguientes normas en cuanto a su tránsito:
- Deben transitar por las aceras.
- Cuando no haya acera, deben hacerlo por las bermas o franjas laterales de la calzada por el costado izquierdo de estas, enfrentando los vehículos que circulen en sentido opuesto.
- No pueden permanecer en las calzadas de las calles, caminos o ciclovías, ni saltar vallas peatonales ni dispositivos existentes entre calzadas con tránsito opuesto.
- Deben cruzar las calzadas por pasos peatonales o pasos a desnivel.
- No pueden cruzar la calzada en forma diagonal o por el área de intersección de las calzadas.
- Deben respetar las señales de Carabineros.
- En los pasos peatonales no regulados, los peatones tienen derecho preferente de paso respecto de los vehículos.
¿Qué está prohibido hacer en la vía pública?
Existen una serie de prohibiciones en cuanto al tránsito y uso de las vías públicas. A continuación, se detallan algunas de ellas:
Detenciones y Estacionamientos Prohibidos
La Ley de Tránsito prohíbe las siguientes detenciones y estacionamientos en la vía pública:
- En cualquier lugar en que las señales oficiales lo prohíban.
- En aceras, pasos de peatones o lugares destinados exclusivamente al tránsito de peatones.
- En doble fila, respecto a otro vehículo detenido o estacionado en la calzada junto a la cuneta.
- A los lados, sobre o entre los refugios para peatones, platabandas o bandejones.
- Al costado o al lado opuesto de cualquier obstrucción de tránsito, excavación o trabajos en una calzada.
- En los puentes, túneles, estructuras elevadas y pasos bajo y sobre nivel de las vías públicas, en las cuestas, en las curvas de los caminos.
- Dentro de un cruce.
- En las calzadas o bermas de los caminos públicos de dos o más pistas de circulación en un mismo sentido.
- En las ciclovías.
Además de las aceras y veredas, el artículo 154 de la Ley de Tránsito indica otros lugares donde está prohibido estacionar o detenerse. Tampoco es posible detenerse en puentes, túneles, estructuras elevadas o pasos bajo nivel de las vías públicas, ni en cuestas o curvas de caminos.
También está prohibido estacionar a cinco metros de los grifos para incendio y a diez metros de la entrada de un cuartel de bombas o postas de primeros auxilios y hospitales, a veinte metros de un cruce ferroviario a nivel, a diez metros de una esquina, a veinte metros de las señales verticales que indiquen la existencia de una parada de vehículos de locomoción colectiva (las Municipalidades pueden aumentar dicha distancia), a tres metros de las puertas de iglesias, establecimientos educacionales, hoteles y salas de espectáculos o de entretenimientos, durante las horas de afluencia de público o de funciones, a diez metros de un signo “PARE”, “CEDA EL PASO”, de advertencia de peligro, tales como “ESCUELA”, “CURVA” o “PUENTE ANGOSTO”, y a 15 metros de la puerta principal de entrada a recintos militares, policiales o de Gendarmería de Chile.
Otras Prohibiciones
Así también, está prohibido en las vías públicas:
- Destinar las calzadas de calles o caminos a otro uso que no sea el tránsito de vehículos.
- Practicar cualquier juego o deporte.
- Llevar a cabo comercio ambulante en calzadas o bermas sin autorización.
- Instalar quioscos, casetas o similares sin el permiso correspondiente.
- Colocar bultos, canastos u objetos similares, cuyo tamaño moleste a los peatones o entorpezca el tránsito.
- Instalar propaganda u objetos que entorpezcan el tránsito de peatones o vehículos, o la visibilidad de señales de tránsito.
- Ejecutar cualquier trabajo en las aceras o calzada sin permiso.
- Realizar trabajos de mecánica que no sean de emergencia.
- Lavar vehículos.
- Depositar escombros u otros materiales sin autorización.
- Instalar bombas surtidoras de combustibles.
- Dejar animales sueltos o amarrados de manera que obstaculicen el tránsito.
Estacionamiento frente a una casa
Aquellos conductores que se suben a la vereda y estacionan frente de una casa tienen una serie de consecuencias que dependen de si el lugar está señalizado como estacionamiento privado. Si el dueño de casa llama a Carabineros, el conductor puede ser multado y se le pedirán una serie de documentos para realizar la fiscalización.
La primera medida, y más fácil solución, es intentar ponerse en contacto con el dueño del vehículo para pedirle que lo mueva. En caso de no que no logres ubicar al dueño, deberías ponerte en contacto con Seguridad Ciudadana de la municipalidad de la comuna donde resides o a Carabineros de Chile, para que puedan ayudarte a solucionar esta situación.
Si buscas evitar que se estacionen frente a tu casa, puedes seguir algunos consejos para que no entorpezcan las salidas de vehículos. De todas formas tienes la posibilidad de colocar en tu portón algunas señaléticas como "prohibido estacionar" si es que en tu comuna lo permiten.
Multas por Infracciones en la Vía Pública
Si no cumples con las normativas, te arriesgas a las siguientes multas de tránsito:
| Infracción | Multa (UTM) | Multa (aproximada en pesos chilenos) |
|---|---|---|
| Conducir sin licencia | 1,5 - 3 | $103.898 a $207.795 |
| Desobedecer las órdenes de tránsito | 1 - 1,5 | $69.265 a $103.898 |
| Manejar con la revisión técnica vencida | 1 - 1,5 | $69.265 a $103.898 |
| Conducir sin permiso de circulación o sin SOAP | 1 - 1,5 | $69.265 a $103.898 |
| Sobrepasar en un paso para peatones | 1 - 1,5 | $69.265 a $103.898 |
| No respetar las señales de tránsito | 1 - 1,5 | $69.265 a $103.898 |
| Tomarse de otros vehículos en movimiento | 1 - 1,5 | $69.265 a $103.898 |
| Conducir por la izquierda del eje de la calzada | 1 - 1,5 | $69.265 a $103.898 |
| Detener o estacionar un vehículo en lugares prohibidos | 1 - 1,5 | $69.265 a $103.898 |
| Manejar sin luces cuando es obligatorio | 1 - 1,5 | $69.265 a $103.898 |
| No bajar la luz en carretera | 1 - 1,5 | $69.265 a $103.898 |
| Estacionarse en lugares exclusivos para personas con discapacidad | 1 - 1,5 | $69.265 a $103.898 |
| Detener o estacionar en doble fila | 1 - 1,5 | $69.265 a $103.898 |
| Circular por la mitad izquierda de la calzada | 1 - 1,5 | $69.265 a $103.898 |
| Mantener animales sueltos en la vía pública | 1 - 1,5 | $69.265 a $103.898 |
| Conducir usando indebidamente las luces | 0,5 - 1 | $34.633 a $69.265 |
| Infringir las disposiciones sobre vehículos de emergencia | 0,5 - 1 | $34.633 a $69.265 |
| Deteriorar o alterar cualquier señal de tránsito | 0,5 - 1 | $34.633 a $69.265 |
| Transitar un peatón por donde no debe | 0,5 - 1 | $34.633 a $69.265 |
Es importante aclarar que si no es específica en la infracción, pero sí se encuentra prohibida en la Ley de Tránsito, entonces se trata de una falta leve, cuya multa va de 0,2 a 0,5 UTM, es decir, de $13.853 a $34.633, de acuerdo al valor de la UTM de septiembre de 2025.
Cuando vayas a retirar tu auto, debes pagar: el costo del traslado, bodegaje y otros generados por este motivo.
Una cosa a tener en cuenta es que si tienes un Seguro de Auto, la póliza no cubre sanciones generadas por estacionar donde está prohibido. Sin embargo, en caso de que lo hagas por una urgencia, si alguien te choca por estar mal parado (dependiendo del seguro con el que cuentes) puedes hacer uso de tu Seguro Automotriz.
En los casos de detenerse y estacionar en una acera, o de no detenerse junto a ella al tomar o dejar pasajeros, se incurre en una infracción de calificación grave. Por otro lado, los peatones que no transiten por la acera o los conductores que mojen con agua la acera o a peatones están cometiendo una infracción menos grave. Por lo que aquellos automovilistas o motociclistas que se estacionen en lugares prohibidos pueden sufrir el retiro de circulación de su vehículo.
Es importante aclarar que si no es específica en la infracción, pero sí se encuentra prohibida en la Ley de Tránsito, entonces se trata de una falta leve, cuya multa va de 0,2 a 0,5 UTM, es decir, de $13.853 a $34.633, de acuerdo al valor de la UTM de septiembre de 2025.
Respetar estas normas es muy importante para mantener una buena convivencia vial y, de esta forma, prevenir accidentes de tránsito y contar con vías públicas seguras y ordenadas.
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