El uso de balizas está legalmente reservado para vehículos pertenecientes a entidades de respuesta ante emergencias, como Carabineros de Chile, Bomberos, ambulancias, la Policía de Investigaciones y brigadas forestales de CONAF. Estos vehículos están habilitados para encender balizas y sirenas exclusivamente durante situaciones de emergencia, conforme a lo establecido en el artículo 143 de la Ley de Tránsito. Los vehículos particulares no pueden instalar ni utilizar balizas luminosas en ninguna circunstancia.
Aumento del Parque Automotriz y la Necesidad de Nuevas Medidas de Seguridad
Manifiestan que de acuerdo a cifras publicadas en 2022 por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), la cantidad de vehículos motorizados alcanzó casi los seis millones de unidades a fines de 2021, aumentando en un 81% desde 2010. En esta línea, agregan que en 2022 se registró una venta de más de 426 mil unidades de vehículos nuevos en el país, siendo la mayor cifra registrada históricamente en el mercado nacional.
Afirman que, este aumento en las ventas de vehículos fue acompañado por un incremento en los accidentes de tránsito. Exponen que reducir la cantidad de vehículos que transitan diariamente por el país es un trabajo que debe concretarse a largo plazo, y por mientras, se deben implementar medidas consecuentes con la realidad de las carreteras, autopistas urbanas y calles más transitadas de Chile.
La Experiencia Española: Balizas V16 como Alternativa a los Triángulos de Emergencia
Traen a colación la realidad internacional y comentan que hace un tiempo la Dirección General de Tráfico (DGT) de España, estableció que los conductores que experimenten averías o accidentes en autopistas o autovías no deben bajar de su vehículo para colocar los triángulos de emergencia, pues en 2021, 22 personas murieron atropellados en dicho país mientras los colocaban.
Esta medida fue remplazada por la instalación de balizas V16, las cuales serán obligatorias a partir de enero de 2026, lo cual evitará que los conductores tengan que bajarse del auto si tienen algún problema en las carreteras, evitando aumentar el riesgo de que el accidente se agrave aún más.
Propuesta para Incorporar Balizas Luminosas en la Legislación Chilena
A tal fin, la iniciativa incorpora en el numeral 7 del artículo 75 de la Ley 18.290, de Transito, luego de la palabra “determine”, la siguiente oración: “, dentro de los cuales se deberá incluir una baliza luminosa de señalización”.
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