Conocer los tipos de multas de tránsito es importante para evitar problemas y sanciones adicionales. ¿Sabías que el 90% de los conductores comete multas de tránsito a diario? La Ley 18.290, mejor conocida como Ley de Tránsito, es la moción que regula el tráfico y tránsito de vehículos de todo tipo, peatones y ciclistas en Chile.
En palabras propias, en su artículo 1, se estipula que vehículos, peatones, pasajeros y conductores que usen o transiten por caminos, calles, ciclovías y todo tipo de vías públicas son sujetos de esta ley. Por tal razón, debe existir una norma que regule y sancione todas las circunstancias que atenten contra la seguridad de todos quienes hacen uso de las vías y espacios públicos. En este post te mostraremos todo lo que rodea a las multas en Chile, los tipos que existen, las sanciones, quién te puede multar, cuándo, cómo y por qué.
En resumen, es importante estar informados sobre cómo saber a qué corresponde una multa de tránsito y pagar a tiempo. También es recomendable que mantengas tu auto en buen estado para evitar problemas mecánicos que te pudieran llevar a cometer infracciones, como tener que estacionar en la berma.
En Chile, se le conoce como parte de tránsito al documento que se emite cuando un conductor comete una infracción a la Ley de Tránsito.
Tipos de Multas en Chile
Como te adelantábamos, hay cuatro tipos de multas en la Ley de Tránsito, las que se clasifican según la gravedad de la falta en Leves, Menos Graves, Graves y Gravísimas. Dependiendo de eso, se establecen los montos a pagar especificados en el recuadro anterior. Además, hay otras sanciones, como la retención del vehículo o la suspensión de la licencia en casos de reincidencia, manejo en estado de ebriedad o accidentes graves, con lesiones y/o muertes. Cada una de estas infracciones pasa al Juzgado de Policía Local (JPL) correspondiente a la comuna donde se cometió la infracción. En el JPL de esa comuna se tomarán las acciones pertinentes según la falta y también se recibirá el pago por la violación a la norma.
Todas ellas se rigen por un rango de valores como el que te mostramos a continuación:
- Son las más severas y por eso tienen una multa más alta, de entre 1.5 a 3 UTM.
- Son las siguientes en severidad y su valor fluctúa entre 1 a 1.5 UTM.
- Tienen un valor de 0.5 A 1 UTM.
- Por último, existen las faltas leves, que tienen un valor de entre 0.2 a 0.5 UTM.
En CEA siempre estamos conscientes de las problemáticas que enfrentan día a día los conductores cuando se encuentran con una infracción por infringir la Ley del Tránsito (LEY N°18290). Al momento de obtener la licencia de conducir, las escuelas de conductores deben dar cátedra respecto a la normativa vigente sobre tránsito, los conductores deben tener nociones o conocer la normativa que rige al momento de conducir un vehículo motorizado.
La infracción de tránsito la entendemos como aquella acción que lleva el incumplimiento de la normativa que regula la circulación, comportamiento y forma de conducción, que conlleva a sanciones administrativas. En caso de reincidencia puede conllevar a órdenes de arresto o cumplimiento de las sanciones con reclusiones. En el caso de los 2 primeros, por la gravedad de la situación el Juez de Policía Local revisará la aplicación de suspender la licencia de conducir por un tiempo determinado e inclusive puede ser permanente. Si existe reincidencia, el juez podrá aplicar como sanción el doble de la multa establecida por cada infracción, contemplado en el art.
Tabla de Valores de Multas
| Tipo de Falta | Valor (UTM) | Valor Aproximado (CLP - Junio 2025) |
|---|---|---|
| Gravísimas | 1.5 - 3 | $103.178 - $206.355 |
| Graves | 1 - 1.5 | $68.785 - $103.178 |
| Menos Graves | 0.5 - 1 | $34.393 - $68.785 |
| Leves | 0.2 - 0.5 | $13.757 - $34.393 |
Faltas Gravísimas a la Ley de Tránsito
Como te expusimos en el recuadro de más arriba, una falta Gravísima implica una multa de 1,5 a 3 UTM. Además, hay otras sanciones más graves como la retención del auto o la suspensión de la licencia. Entre las faltas Gravísimas más comunes, podemos encontrar:
- No tener patente
- Manejar y hablar por celular u otro dispositivo (Ley No Chat)
- Conducir sin haber obtenido nunca la licencia de conducir
- No respetar la luz roja
- Pasarse un disco Pare
- Usar el transporte público usando una credencial para descuentos que no le pertenece
- No tener velocímetro
- Exceder el límite de velocidad establecido entre 20 y 60 km/h
- Conducir en estado de ebriedad. Esta última, podría incluso implicar cárcel.
Sanciones a las Faltas Gravísimas
Considera que si se comete una falta Gravísima, además del monto entre 1,5 y 3 UTM, se te suspenderá la licencia por un período entre 5 a 45 días según la gravedad y consecuencias de la infracción. Si eres reincidente de una falta Gravísima, la Ley sostiene lo siguiente: "A los reincidentes de infracciones gravísimas cometidas en los últimos tres años, se les impondrá el doble de la multa establecida para cada infracción, la que se elevará al triple en caso de incurrirse nuevamente en dicha conducta. Lo anterior, sin perjuicio de las suspensiones o cancelaciones de licencias de conductor que corresponda". Además, si dentro de un año, se acumulan dos faltas gravísimas, la licencia queda suspendida entre 45 y 90 días. Ojo, si llegas a tener tres o más faltas gravísimas en el mismo período, te cancelarán la licencia de conducir.
Faltas Graves a la Ley de Tránsito
Las faltas Graves tienen una sanción que va de 1 a 1,5 UTM, además de otras consecuencias dependiendo de la gravedad de la infracción. Según el artículo 200 de la Ley de Tránsito; entre las faltas Graves más comunes podemos encontrar:
- Conducir con licencia diferente a la que corresponde.
- Adelantar en o cerca de un puente o túnel.
- Adelantar en una curva, por la berma o en un paso peatonal.
- Manejar sin las condiciones físicas o psíquicas adecuadas.
- Dejar manejar a alguien sin los requisitos para hacerlo.
- Desobedecer señales u órdenes de tránsito por parte de autoridades.
- No respetar las señales de tránsito.
- Manejar por el lado izquierdo a una velocidad menor a la máxima establecida.
- Manejar contra el tránsito.
- No respetar el paso preferente de peatones o de otro vehículo.
- Virar sin respetar la preferencia.
- Detenerse o estacionar en túneles, puentes o sobre un paso peatonal, entre otros lugares.
- Doblar en segunda fila.
- Manejar con problemas en la dirección o frenos.
- Conducir sin luces o con ellas apagadas cuando las condiciones lo requieren. Motos y similares, deben tener sus luces encendidas siempre.
- Manejar con los neumáticos en mal estado.
- No bajar las luces altas cuando viene un auto en contra o se alcanza a uno por atrás.
- Manejar con revisión técnica vencida.
- No tener el permiso de circulación al día.
- No tener SOAP.
- Estacionarse en lugares para personas con discapacidad, sin tener dicha condición.
- No usar cinturón de seguridad.
- Transitar con restricción vehicular.
- Cualquier infracción que el juez determine que provocó un accidente.
- Utilizar dispositivos para evadir fiscalización.
- Botar cigarros.
Sanciones a las Faltas Graves
Como te dijimos, cualquier falta Grave implica una multa de entre 1 a 1,5 UTM, además de figurar en el registro de sentencias ejecutoriadas de condenas del Registro Nacional de Conductores de Vehículos Motorizados. Dichas anotaciones se pueden eliminar luego de dos años sin haber cometido otra falta Grave o Gravísima. Además, la ley cuenta que si se reincide en las faltas Graves dentro de dos años, la multa será el doble, pudiendo llegar al triple si se reincide nuevamente. La suspensión de la licencia, en tanto, para quien comete dos o más faltas graves en 12 meses, va de entre 5 a 30 días.
Faltas Menos Graves
Son aquellas, cuya sanción va de 0,5 a 1 UTM y entre ellas destacan las siguientes:
- Estacionar donde no corresponde.
- No usar los intermitentes al doblar.
- Detenerse o estacionar en segunda fila.
- Arrojar desperdicios desde el auto en movimiento.
Faltas Leves
Son aquellas que no aparecen en todas las demás categorías. Las faltas de tránsito Leve tienen una sanción de 0,2 a 0,5 UTM.
Suspensión y Cancelación de la Licencia de Conducir
Como te dijimos, la ley estipula la suspensión de la licencia por un período de tiempo, dependiendo de si la reincidencia es con faltas Gravísimas o Graves. En el primer caso, quien comete dos o más faltas Gravísimas recibirá una suspensión de 45 a 90 días, pero si superan las tres faltas, podrían cancelar la licencia. En cambio, quien comete dos o más faltas Graves en 12 meses, recibe una suspensión de licencia de 5 a 30 días.
La suspensión de la licencia está determinada específicamente por la conducta de quien maneja. Las reincidencias en el caso de faltas Graves y Gravísimas, conducir en estado de ebriedad o ser sorprendido conduciendo con la licencia cancelada trae más problemas. Siendo conductor de transporte público o particular, si es que fue condenado con la suspensión o inhabilitación de la licencia y es sorprendido conduciendo, puede ser castigado y condenado a presidio menor en su grado mínimo y una multa que alcanza las 10 UTM.
Eso sí, este tipo de presidios, en caso de antecedentes limpios del conductor, además de otras atenuantes, podrían traducirse en firma mensual o quincenal. La reincidencia, podría aumentar la pena en un grado.
Multas de Tránsito: Los Artículos que Sancionan el Manejo en Estado de Ebriedad
Los artículos 193 y 196 se refieren a quienes conducen en estado de ebriedad, siendo el primero enfocado en los conductores profesionales de transporte público y el segundo a los conductores de autos de uso particular.
Según el artículo 193 de la Ley de Tránsito, quien es sorprendido manejando bajo la influencia del alcohol, tendrá una multa de 1 a 5 UTM y su licencia será suspendida por 3 meses; pero, en caso de accidentes con daños materiales o lesiones leves, la suspensión podría llegar a los 6 meses. Esto va aumentando dependiendo de la gravedad de las lesiones. En caso de que se causen lesiones menos graves, habría prisión en su grado mínimo con una multa de entre 4 a 10 UTM y la suspensión de la licencia por 9 meses. Si las lesiones son graves, las potenciales penas serán de reclusión menor en su grado mínimo, con una multa de 11 a 20 UTM y una suspensión de 18 a 36 meses.
Cuando ocurre lo peor; es decir, hay muerte de algún involucrado en el accidente, la pena de reclusión menor en su grado máximo, que podría llegar a prisión efectiva, conlleva, además, una multa de 21 a 30 UTM , sin perjuicio de las demandas civiles que podrían recaer en contra del infractor. La suspensión de la licencia, en este caso, podría ser de entre 36 y 60 meses. Si se reincide, podría extenderse hasta los 72 meses.
Al final del artículo 193, se sostiene que las penas se pueden reemplazar siempre, por voluntad del infractor, por trabajos comunitarios y cursar charlas preventivas sobre el manejo en estado de ebriedad dictadas por el municipio donde se cometió la infracción.
Las Penas al Conductor Particular
La gran mayoría de los conductores en Chile, son personas comunes y corrientes, que circulan por calles, pistas, autopistas y carreteras. Según la Subsecretaría de Transportes, son millones de licencias clase B que se han entregado en los últimos años. Por tal motivo, es muy importante conocer las consecuencias de cometer la infracción, error y delito de conducir en estado de ebriedad.
Si eres sorprendido manejando en estado de ebriedad, o bajo la influencia del alcohol, podrías ser sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo y llevarte un parte de 2 a 10 UTM. Además, se decretará la suspensión de la licencia de conducir por 2 años si es primera vez, 5 años si eres sorprendido de nuevo y la cancelación de la licencia si ocurre una tercera vez; incluso, si en esa tercera vez no hay accidentes, daños materiales, ni lesiones leves. Para que sepas, las lesiones leves, son aquellas donde la enfermedad o incapacidad no dura más de una semana.
Si ocurre un accidente manejando en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol y se producen lesiones graves o menos graves, la pena es de presidio menor en su grado medio y una multa de 4 a 11 UTM También será suspendida la licencia, esta vez por un plazo de 3 a 5 años según la gravedad de las lesiones. Si se es reincidente, la licencia de conducir será cancelada.
El número 5 del artículo 196, sostiene que en caso de haber lesiones gravísimas, donde la víctima del accidente queda inhabilitada para trabajar, impedida de algún miembro o notablemente deforme, las penas serán de presidio menor en su grado máximo, pudiendo aumentar a presidio mayor en su grado mínimo si hay muertes. La multa va de 8 a 20 UTM y la inhabilitación para siempre para obtener la licencia, y por consiguiente, manejar cualquier tipo de vehículo. Además, el vehículo protagonista del accidente será llevado a los corrales.
Normas o "Leyes" Municipales
Cabe destacar que las municipalidades, cada una por sí sola, o en conjunto, pueden acordar ciertas medidas que regulen el funcionamiento del tránsito en sus comunas. De ahí, que los inspectores municipales quedan habilitados para cursar multas en lugares donde no se puede estacionar, por ejemplo.
Dichas normas, son adicionales a las que emanan desde el Ministerio de Transportes y que están plasmados en la ley. Eso sí, aún siendo adicionales, no pueden contrariar nada a la Ley de Tránsito 18.290. Normalmente, tales normas adicionales, tienen que ver con la prohibición de estacionar o detenerse en lugares donde la ley no prohíbe, pero sí lo hace la norma municipal, precisamente por alguna gestión en la comuna. Podría ser estar mal estacionado afuera de un edificio institucional o una zona destinada para fines especiales.
Todas las Multas Pasan por el Juzgado de Policía Local
Una vez que se comete alguna infracción, ésta llega al Juzgado de Policía Local correspondiente al lugar donde ocurrió la falta. Dependiendo de quién te saque el parte, llegará la multa al JPL. Si lo saca un Carabinero o un inspector, son ellos quienes emiten la denuncia correspondiente.
Si la infracción es por el mal uso de una autopista concesionada, entonces es el MOP, quien por orden de la empresa a cargo de la concesión, emite la denuncia al JPL de la comuna donde están los pórticos de la autopista donde no se registró el uso del TAG correctamente.
La cuestión es que, una vez recibida la sanción por parte del JPL, son ellos quienes deben esperar que el infractor acuda a pagar la multa, ser juzgado y/o apelar a dicha sanción impuesta. Si esto no ocurre, la multa es anotada en el Registro Civil y va a aparecer en el Certificado de Multas de ese vehículo. Recuerda que un Juzgado de Policía Local puede sancionar económicamente, suspender la licencia o incluso pedir orden de arresto.
Si eres sancionado como conductor, solo tú o un representante puede comparecer ante el juez, mientras que cualquier persona, sin autorización notarial, puede pagar la multa en caso de no haber audiencia en el juzgado. No existirá audiencia cuando la multa está asociada a la patente.
Multas MOP
Básicamente, si cometes una infracción en alguna autopista, la concesionaria hace la denuncia del hecho al Ministerio de Obras Públicas, para que la cartera de Estado efectúe la notificación de la multa al JPL de la municipalidad correspondiente.
Multas en Registro Civil
Como te dijimos, hay multas que se asocian al conductor de un auto y otras que se vinculan a la patente del vehículo, donde es el dueño el que se responsabiliza por la misma.
En casos muy específicos se puede obtener la rebaja ¨automática¨ para realizar el pago antes de los 5 días en que recibió la infracción, esta puede ir desde el 30% al 50% menos del valor total de la multa. Algunos juzgados para agilizar los procedimientos tienden a incorporar un apartado de rebaja en las notificaciones, la recomendación es leer con atención lo que aparece allí.
Procedencia de las Multas de Tránsito en Chile
Como ya sabes, en Chile, los distintos actores del tránsito se rigen por la Ley 18.290, cuyas actualizaciones se concentran en el DFL 1 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito.
De esta manera, las multas de tránsito, amparadas en la normativa vigente, pueden aplicarse por diferentes infracciones, como las siguientes:
- No obedecer las leyes del tránsito.
- No respetar las indicaciones de Carabineros.
- Transitar sin TAG.
- Conducir por vías exclusivas para el transporte público de pasajeros.
- Circular en días de restricción vehicular.
- Por participar en competencias de velocidad clandestinas.
En el Informe Autofact podrás encontrar todas las multas de tránsito asociadas a una patente. Por lo que, si estás a punto de comprar un auto usado o quieres saber si tu auto registra multas empadronadas, puedes descargarlo sólo ingresando el número de placa de tu vehículo.
¿Qué son los Partes de Cortesía?
Un parte de cortesía corresponde a un documento que se emite al conductor que comete una infracción a la Ley de Tránsito, pero que no conlleva una multa ni otro tipo de sanción.
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