Deporte de los Aficionados a Viajar en Automóviles y Medidas de Seguridad

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El deporte y los viajes en automóvil a menudo van de la mano, especialmente durante la temporada de esquí. Sin embargo, es crucial priorizar la seguridad al conducir hacia y desde los centros de esquí, así como al asistir a eventos deportivos masivos.

Recomendaciones para Conducir en Invierno

Con la llegada del invierno y el inicio de la temporada oficial de esquí, el Automóvil Club de Chile ofrece importantes recomendaciones para garantizar un viaje seguro:

  • Llevar cadenas, ya que Carabineros exige su uso al subir a los centros de esquí.
  • Antes de partir, asegúrese de llevar suficiente combustible, revise los frenos y el estado de los neumáticos. Las pendientes y las curvas exigen que éstos estén en óptimo estado.
  • Tenga a mano un bidón de líquido refrigerante.
  • No sobrecargue el auto, ni menos, con más pasajeros para el cual ha sido diseñado.
  • Ingrese a las curvas a una velocidad prudente para que así no necesite frenar durante el desarrollo de ésta.

Medidas contra la Violencia en Espectáculos Deportivos

La violencia en los espectáculos deportivos es un problema que requiere la atención de toda la comunidad, incluyendo autoridades, deportistas y aficionados. Para abordar este problema, se han propuesto y adoptado diversas medidas legales y preventivas.

Legislación y Normativas

Se han promulgado leyes y ordenanzas para reprimir desórdenes y hechos de violencia en estadios y otros centros deportivos. Estas leyes contemplan sanciones para quienes cometan actos violentos en el contexto de eventos deportivos.

El artículo 14 consagra la obligación de los clubes deportivos de cancelar la inscripción de sus socios o asociados que resulten sancionados conforme a esta normativa.

Entre las medidas que se recomiendan adoptar pueden mencionarse la movilización de las fuerzas de orden necesarias para hacer frente a las manifestaciones de violencia y desórdenes; intercambiar informaciones entre las fuerzas policiales; adoptar una legislación preventiva que permita aplicar penas o medidas administrativas apropiadas a los responsables; estimular la organización responsable y el buen comportamiento de los clubes y sus partidarios, y la nominación por éstos de agentes encargados de facilitar el control y la información de los espectadores y de acompañar a sus partidarios en, los partidos jugados en el exterior; hacer que la estructura de los estadios garantice la seguridad de los espectadores; separación eficaz de los grupos de aficionados rivales, reservando tribunas distintas para los visitantes; asegurar esta separación controlando rigurosamente la venta de entradas; prohibir el acceso de personas bajo la influencia del alcohol o de las drogas; dotar a los estadios de un sistema eficaz de comunicación con el público, para instar a los espectadores a conducirse correctamente; prohibir la introducción a los estadios de bebidas alcohólicas; restringir y de preferencia, prohibir; su venta en los mismos, asegurándose que las disponibles se contengan en envases no, peligrosos; adoptar las medidas pertinentes para impedir la introducción de objetos susceptibles de servir a actos de violencia, o de fuegos artificiales u otros objetos similares, etc.

Los centros o recintos deportivos destinados a la realización de espectáculos deportivos públicos, requerirán de una autorización otorgada por el Intendente de la Región respectiva, previo informe de Carabineros, que acredite que reúnen las condiciones de seguridad para efectuar tales eventos, sin perjuicio de las exigencias establecidas en la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcción. Los recintos indicados deben cumplir, además, con normas de evacuación.

Factores que Contribuyen a la Violencia

Durante la discusión en general del proyecto en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, los representantes del Gobierno hicieron presente que, sin perjuicio de las causas remotas que los estudiosos de temas sociales puedan esgrimir, la violencia en los espectáculos deportivos públicos se debe al surgimiento de las "barras bravas" en Chile, que nacen por imitación de las existentes en otros países, involucradas en sucesos delictuales de gravedad que han sido conocidos a través de la televisión y otros medios de comunicación.

Otros factores que contribuyen a la violencia incluyen:

  1. La existencia de grupos fanáticos ("hooliganismo").
  2. Las decisiones arbitrales.
  3. El rol del "director técnico".
  4. Las noticias deportivas de los medios de comunicación social.
  5. La marginación social.
  6. La infraestructura inadecuada de los estadios.
  7. La ingestión de alcohol.
  8. La ausencia de debidos controles policiales.
  9. La no aplicación de las normas penales y administrativas.
  10. La escasa educación social hacia el juego limpio.

Ejemplos de Legislación Internacional

  • Ley de Deporte de España: Crea la Comisión Nacional contra la Violencia en los Espectáculos Deportivos y la figura del Coordinador de Seguridad.
  • Ley de Delitos en el Fútbol de Inglaterra: Consagra disposiciones relativas a la conducta desordenada, lanzamiento de objetos, comportamiento de las barras, cánticos indecentes, ingreso no autorizado al campo de juego, entre otros.

Sanciones

El que en las circunstancias indicadas en el artículo precedente, cometiere alguno de los hechos previstos en los artículos 373, 392 y párrafo 3º. a) Inhabilitación de 6 meses a 3 años para concurrir a la clase de espectáculos deportivos que hayan motivado la condena. Para este efecto el condenado estará obligado a presentarse en la sede policial de su domicilio en la fecha de celebración de eventos deportivos futuros debiendo fijar el Tribunal el día y horario de presentación.

En caso de incumplimiento de las medidas que se decreten, se faculta al Intendente para suspender el espectáculo, previo informe de Carabineros.

Se aplicará siempre la pena accesoria de prohibición de asistir, durante el tiempo de la condena, a los futuros espectáculos deportivos púb...

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